Acuerdo por el que se Crea el Sistema de Datos Personales denominado “Solicitud de Apoyo Económico para el Proyecto de Rehabilitación que Previamente Fueron Aprobados por la Comisión para la Reconstrucción de los Inmuebles de Uso Habitacional Sujetos al Régimen de Propiedad en Condominio o Copropiedad que Hayan Sufrido Daños con Motivo del Fenómeno Sísmico del 19 de Septiembre de 2017 y que han sido Dictaminados como Inmuebles Parcialmente Habitables o No Habitables que Pueden Ser Rehabilitados en la Ciudad de México”

INSTITUTO PARA LA SEGURIDAD DE LAS CONSTRUCCIONES

DR. EN ING. RENATO BERRÓN RUIZ, Director General, del Instituto para la Seguridad de las Construcciones en el Distrito Federal, con fundamento en los artículos 6 y 16 párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 54 de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México, 5 y 9, fracción VII, de la Ley del Instituto para la Seguridad de las Construcciones del Distrito Federal; 3 fracciones XXIX, XXXIII y XXXIV, 6, 9, 10, 12 y 36 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados en la Ciudad de México; 169 y 186 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, artículos 1, 3, 4, fracciones II, VIII y XIII, 5, 6, 20, párrafos veintidós y treinta y cuatro; 17, 30, párrafos primero y segundo, 31, 32, 33 de la Ley para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad de México en una cada vez más Resiliente, numerales Primero, Tercero, Quinto, Sexto y Séptimo de los Lineamientos y Tabulador de Pagos de Proyectos de Rehabilitación y Reconstrucción, para inmuebles afectados por el "fenómeno sísmico del diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete", así como en los artículos 1º, 7 y 10 de la Declaratoria de Emergencia y artículos 1º, 2 y 4 de la Declaratoria de Desastre y Acuerdo por el que se delega en la persona titular de la Dirección General del Instituto para la seguridad de las Construcciones en el Distrito Federal, hoy en la Ciudad de México, la facultad que se indica; publicado en Gaceta Oficial número 377 Bis de fecha 01 de agosto de 2018 se hace del conocimiento de los habitantes de la Ciudad de México para los efectos legales correspondientes y

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevé, que el derecho a la información será garantizado por el Estado, en consecuencia, la Federación, los Estados y la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, se regirán por el principio de protección, respecto de la información relativa a la vida privada de las personas, así como de sus datos personales en posesión de los Sujetos Obligados, con las excepciones que establezcan las leyes y la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados en la Ciudad de México Tiene por objeto establecer las bases, principios y procedimientos para garantizar el derecho que tiene toda...

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