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Acuerdo por el que se crea el Sistema de avisos de accidentes de Trabajo y se dan a conocer los formatos para informar los accidentes y defunciones de los trabajadores
Autor | José Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín |
Páginas | 601-605 |
Page 601
(Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de diciembre de 2015)
ACUERDO Y FORMATOS SIAAT
ARTÍCULO 1. Objeto del Acuerdo
El presente Acuerdo tiene por objeto establecer el Sistema de Avisos de Accidentes de Trabajo, así como dar a conocer los formatos median-te los cuales los patrones, trabajadores o familiares presenten ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, bajo protesta de decir verdad, los avisos de accidentes de trabajo, así como las defunciones como consecuencia de accidentes o enfermedades de trabajo.
ARTÍCULO 2. Definición de conceptos
Para los efectos del presente Acuerdo, se entenderá por:
I. Accidente de trabajo: Toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se presente. Quedan incluidos en la definición los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar del trabajoydeésteaaquel;
II. Acuse de recibo electrónico: Elmensajededatosqueseemiteogenera a través de medios electrónicos para acreditar de manera fehaciente la fecha y hora de recepción del aviso de accidente de trabajo;
III. Aviso de accidente de trabajo: Aquel que el patrón hace del conocimiento de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, del Inspector del Trabajo y la Junta de Conciliación y Arbitraje, por medios electrónicos o escritos dentro de las 72 horas siguientes de la ocurrencia de un accidente de trabajo o tan pronto tenga conocimiento de la muerte de un trabajador por riesgo de trabajo;
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IV. Centro de trabajo: El lugar o lugares, tales como edificios, locales, instalaciones y áreas, donde se realicen actividades de explotación, aprovechamiento, producción, comercialización, transporte y almacenamiento o prestación de servicios, en los que laboren personas que estén sujetas a una relación de trabajo;
V. Código QR: Código de barras bidimensional que contiene información codificada para validar los avisos que den los patrones en el SIAAT;
VI. Defunción: La muerte producida en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se presente;
VII. Enfermedad de trabajo: Todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo, o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios;
VIII. Firma electrónica avanzada: El conjunto de datos y caracteres que permite la identificación del firmante, que ha sido creada por medios electrónicos bajo su exclusivo control, de manera que está vinculada únicamente al mismo y a los datos a los que se refiere, lo que permite que sea detectable cualquier modificación ulterior de estos, la cual produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa;
IX. Riesgos de trabajo: Son los accidentes y...
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