Acuerdo por el que se crea el Programa de Verificación Laboral Voluntaria

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas559-562

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(Publicado en el Diario Oficial de la Federación del 1o. de noviembre de 2021)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

LUISA MARÍA ALCALDE LUJAN, Secretaria del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 123, Apartado A, fracciones I aXIII, XVy XXXI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 14,16,26y 40 de la Ley Orgánica de laAdministración Pública Federal; 132, fracciones, I, XV, XVI, XVII, XXIV, 527, 527-Ay 529 de la Ley Federal del Trabajo; 1,2,4,5,6,10,18y22 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; 1,2 fracción VI, 12,22,23,46 y 47 del Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones; y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 123, Apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 132 de la Ley Federal del Trabajo, los patrones están obligados a cumplir con la normativi-dad laboral en las materias de Condiciones Generales de Trabajo, Seguridad y Salud y, Capacitación y Adiestramiento, además de organizar el trabajo de tal manera que éste resulte con la mayor garantía para salvaguardar la seguridad, salud y vida de las personas trabajadoras, así como a respetar sus derechos en términos de la legislación aplicable;

Que la Ley Federal del Trabajo, que sienta la incorporación del principio de trabajo digno o decente como aquél en el cual se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador; se recibe capacitación continua para el incremento de la productividad con beneficios compartidos, y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo, entre otros aspectos;

Que el Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones vigente, prevé en sus artículos 2, fracción VI, 46 y 47 lo referente a los Mecanismos Alternos a la Inspección, los cuales se definen como los esquemas que la Autoridad del Trabajo pone a disposición de los patrones para que informen o acrediten el cumplimiento de la normatividad laboral, incluida la utilización de los organismos privados para la evaluación de la conformidad, debidamente acreditados y aprobados, así como las acciones de con-certación y colaboración a través de convenios, avisos de funcionamiento,

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cuestionarios, evaluaciones o requerimientos análogos para que los patrones o...

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