Acuerdo por el que se crea el Comité Organizador de la Entrega de la Condecoración y Premios en materia de Salud Pública.

Fecha de entrada en vigor16 Junio 2023
EmisorCONSEJO DE SALUBRIDAD GENERAL
Fecha de publicación15 Junio 2023
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
ACUERDO por el que se crea el Comité Organizador de la Entrega de la Condecoración y Premios en materia de Salud Pública
ACUERDO por el que se crea el Comité Organizador de la Entrega de la Condecoración y Premios en materia de Salud Pública. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Consejo de Salubridad General.
El Consejo de Salubridad General, con fundamento en los artículos 4o., párrafo cuarto y 73, fracción XVI, bases 1a. y 3a. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4o., fracción II, 15, 16 y 17, fracción IX de la Ley General de Salud y 1, 9, fracción XXI, 14 y 23 del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General, y
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4o., párrafo cuarto, reconoce el derecho humano que tiene toda persona en nuestro país a la protección de la salud, señalando que la Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general;
Que, en términos de lo dispuesto en los artículos 73, fracción XVI, bases 1a. y 3a. de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos y 4o., fracción II de la Ley General de Salud, el Consejo de Salubridad General tiene el carácter de autoridad sanitaria y sus disposiciones generales son obligatorias para las autoridades administrativas del país;
Que el Decreto por el que se establecen los criterios para el otorgamiento de condecoración y premios en materia de salud pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de marzo de 1997, así como reformado y adicionado por los diversos publicados en el citado órgano de difusión oficial, el 19 de marzo de 2004; el 6 de enero de 2006; el 27 de febrero de 2008; el 22 de junio de 2011, y 20 de julio de 2016, establece los criterios para el otorgamiento de condecoración y premios en materia de salud pública, a través del Consejo de Salubridad General;
Que el otorgamiento de la condecoración "Eduardo Liceaga", de Ciencias Médicas y Administración Sanitario Asistencial, y de los premios "Doctor Miguel Otero", de Investigación Clínica; "Doctor Gerardo Varela", de Salud Pública; "Doctor Manuel Velasco Suárez", de Neurología y Neurocirugía; "Dr. Guillermo Soberón Acevedo", de Desarrollo de Instituciones; "Doctor Ramón de la Fuente Muñiz", de Salud Mental; "Doctor Ignacio Chávez", al Humanismo Médico, "Martín de la Cruz", de Investigación Química y Biológica; "Doctora Margarita Chorné y Salazar", de Odontología; "Doctor Miguel Francisco Jiménez", de Primer Nivel de Atención; "Enfermera Refugio Esteves Reyes", a la Prestación de servicios profesionales de Enfermería en zonas o circunstancias de conflicto o de desastre; "Enfermera Isabel Cendala y Gómez", al mérito en Enfermería, y "Auxiliar de Enfermería Lucía Salcido", por una excelente trayectoria y trascendente labor en su campo; se hacen con la finalidad de reconocer, incentivar y estimular a las personas que se han distinguido por sus méritos a favor de la salud en México;
Que el artículo 3 del Decreto citado, dispone que, para el otorgamiento de la condecoración y los premios, corresponde al Consejo de Salubridad General, fijar los modelos y las características de las medallas y diplomas; determinar las bases de su otorgamiento y expedir las convocatorias; emitir los dictámenes para su otorgamiento; fijar las cantidades en numerario; establecer las fechas en que deban otorgarse, y llevar el libro de registro de las condecoraciones y premios que se otorguen;
Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 9, fracción XXI del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General, a éste le corresponde crear comisiones y comités que coadyuven al desarrollo de sus trabajos;
Que, con la finalidad de optimizar, eficientizar, así como garantizar la transparencia, objetividad e igualdad de la entrega de la condecoración y premios a que se refiere este Acuerdo, se considera conveniente contar con un comité que apoye las actividades del Consejo de Salubridad General en esta tarea, y
Que, en virtud de las anteriores consideraciones, en la Primera Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de mayo de 2023, el pleno del Consejo de Salubridad General, acordó emitir el siguiente
ACUERDO
Artículo 1. Se crea el Comité Organizador de la Entrega de la Condecoración y Premios en materia de Salud Pública, en lo sucesivo el Comité, el cual tendrá por objeto apoyar al Consejo de Salubridad General en las tareas para el otorgamiento de la...

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