Acuerdo por el que se crea el Comité Interno de Mejora Regulatoria de la Comisión de Conciliación y Arbitraje Médico del Estado de México y se establecen los lineamientos para su operación y funcionamiento.

Miércoles 30 de noviembre de 2022 Sección Primera Tomo: CCXIV No. 101
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Al margen Escudo del Estado de México.
DR. EULALIO FRANCISCO LÓPEZ MILLÁN, COMISIÓN DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE MÉDICO DEL
ESTADO DE MÉXICO Y PRESIDENTE DEL COMITÉ INTERNO DE MEJORA REGULATORIA DE ESTA
DEPENDENCIA, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 78 DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, 3, 13, 14 Y 19 FRACIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA
DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, 5 FRACCIÓN IV, 27 Y 28 DE LA LEY PARA LA
MEJORA REGULATORIA DEL ESTADO DE MÉXICO Y SUS MUNICIPIOS; ASÍ COMO LOS ARTÍCULOS 23
FRACCIÓN II, 26, 27, 28, 29 Y 30 DEL REGLAMENTO DE LA LEY PARA LA MEJORA REGULATORIA DEL
ESTADO DE MÉXICO Y SUS MUNICIPIOS; Y ARTÍCULO 15, FRACCIÓN I, VI, XI Y XXI DEL REGLAMENTO
INTERNO DE LA COMISIÓN DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE MÉDICO DEL ESTADO DE MÉXICO; Y
C O N S I D E R A N D O
Que la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios, publicada en el Periódico Oficial
“Gaceta del Gobierno”, el 17 de septiembre de 2018, tiene como objeto la mejora integral, continua y permanente de
la regulación estatal y municipal, mediante la coordinación entre las autoridades de mejora regulatoria, los poderes
del Estado, los ayuntamientos y la sociedad civil.
Asimismo, el Reglamento de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios, publicado el 31
de julio de 2019 en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, en cumplimiento a la Ley para la Mejora Regulatoria del
Estado de México y sus Municipios tiene como objeto regular las disposiciones de la Ley, establecer los principios y la
bases que deberán observar los sujetos obligados, en el ámbito de sus respectivas competencias en materia de
Mejora Regulatoria.
Que la importancia de la Mejora Regulatoria es fortalecer la competitividad del Estado de México y sus ventajas
comparativas, ya que su eficaz ejecución influirá positivamente en la economía y en la decisión de los particulares
para invertir sus recursos en esta entidad.
El Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023, es resultado de un esfuerzo plural e incluyente, en el que la
sociedad mexiquense participó con corresponsabilidad en la toma de decisiones y en la construcción del porvenir que
queremos para nuestras familias.
Que, como resultado de las consultas públicas, los insumos provistos por las diferentes dependencias, además de las
opiniones y propuestas de especialistas nacionales e internacionales en la materia y de la sociedad, se integró el Plan
de Desarrollo del Estado de México 2017-2023 que propone impulsar y consolidar la acción de gobierno a través de
los cuatro pilares y tres ejes transversales:
Pilar Social: Estado de México Socialmente Responsable, Solidario e Incluyente.
Pilar Económico: Estado de México Competitivo, Productivo e Innovador.
Pilar Territorial: Estado de México Ordenado, Sustentable y Resiliente.
Pilar Seguridad: Estado de México con Seguridad y Justicia.
Ejes Transversales: Igualdad de Género, Gobierno Capaz y Responsable; y Conectividad y Tecnología para
el Buen Gobierno.
Que la Comisión de Conciliación y Arbitraje Médico del Estado de México, como carácter jurídico descentralizado,
debe continuar los procesos de mejora regulatoria y simplificación de trámites, así como fortalecer las acciones de
acompañamiento, asesoría y atención empresarial, de modo que el Gobierno del Estado de México se consolide
como un aliado estratégico para la creación de nuevas empresas, al igual que para la diversificación y consolidación
de las existentes.
Que la Comisión de Conciliación y Arbitraje Médico del Estado de México , tiene el propósito contribuir a la solución de
los conflictos suscitados entre los usuarios y prestadores de los servicios médicos.
Que para dar cumplimiento a lo anterior y derivado de las disposiciones del Reglamento de la Ley para la Mejora
Regulatoria del Estado de México y sus Municipios, es necesario normar el funcionamiento del Comité Interno de
Mejora Regulatoria de esta Institución; asimismo en conformidad al Reglamento Interior de la Comisión de
Conciliación y Arbitraje Médico del Estado de México publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del
Estado de México el jueves 11 de octubre de 2018, el cual tiene como objeto regular la organización y el
funcionamiento de la Comisión de Conciliación y Arbitraje Médico del Estado de México.

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