Acuerdo por el que se crea el Comité Interno de Mejora Regulatoria de la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos y se establecen los lineamientos para su operación y funcionamiento.

SECRETARÍA DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
LICENCIADO RODRIGO ESPELETA ALADRO, SECRETARIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Y PRESIDENTE
DEL COMITÉ INTERNO DE MEJORA REGULATORIA DE ESTA DEPENDENCIA, CON FUNDAMENTO EN LO
DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 78 Y 139 BIS DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MÉXICO, 13,Y 38 TER DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE
MÉXICO, 5, 27 Y 28 DE LA LEY PARA LA MEJORA REGULATORIA DEL ESTADO DE MÉXICO Y SUS MUNICIPIOS,
23, FRACCIÓN II, 26, 27, 29 Y 30 DEL REGLAMENTO DE LA LEY PARA LA MEJORA REGULATORIA DEL ESTADO
DE MÉXICO Y SUS MUNICIPIOS, 7 FRACCIÓN XXXVI, XXXVII Y XLV DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA
SECRETARÍA DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, Y
C O N S I D E R A N D O
Que la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México señala que la Secretaría de Justicia y Derechos
Humanos tiene entre otros, el propósito de planear, programar, dirigir, resolver, controlar y evaluar las funciones de mejora
regulatoria. Por lo que, es fundamental dar continuidad a los procesos de mejora regulatoria y simplificación de trámites, así
como fortalecer las acciones de acompañamiento, asesoría y atención empresarial, de modo que el Gobierno del Estado de
México se consolide como un aliado estratégico para la creación de nuevas empresas, al igual que para la diversificación y
consolidación de las existentes.
Que la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios, publicada en el Periódico Oficial Gaceta del
Gobierno el 17 de septiembre de 2018, tiene como objeto la mejora integral, continua y permanente de la regulación estatal
y municipal, mediante la coordinación entre las autoridades de mejora regulatoria, los poderes del Estado, los ayuntamientos
y la sociedad civil.
Que el Reglamento de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios, publicado el 31 de julio de
2019 en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno, tiene como objeto establecer los principios y las bases que deberán
observar los sujetos obligados, en el ámbito de sus respectivas competencias en materia de Mejora Regulatoria.
Que la importancia de la Mejora Regulatoria es fortalecer la competitividad del Estado de México y sus ventajas
comparativas, ya que su eficaz ejecución influirá positivamente en la economía y en la decisión de los particulares para
invertir sus recursos en esta entidad.
Que en cumplimiento a las disposiciones jurídicas en la materia, resulta necesario crear el Comité Interno de Mejora
Regulatoria de la Secretaria de Justicia y Derechos Humanos y normar su funcionamiento, de conformidad con el
Reglamento Interior de la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del
Gobierno” del Estado de México el 4 de febrero de 2021.
En mérito de lo expuesto, se expide el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL COMITÉ INTERNO DE MEJORA REGULATORIA DE LA SECRETARÍA DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Y SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA SU O PERACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO
CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Se crea el Comité Interno de Mejora Regulatoria de la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, como la
instancia facultada para auxiliar a la persona que funja como Enlace de Mejora Regulatoria en el cumplimiento de sus
funciones y con el objeto de establecer un proceso permanente de calidad y la implementación de sistemas para contribuir a
la desregulación, la simplificación y la prestación eficiente y eficaz del servicio público, con base en la Ley para la Mejora
Regulatoria del Estado de México y sus Municipios, el Reglamento de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de
México y sus Municipios y los planes y programas que acuerde el Consejo Estatal de Mejora Regulatoria.
Artículo 2. Los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer los procedimientos que se observarán para la
integración de los Programas Anuales de Mejora Regulatoria, de los análisis de impacto regulatorio, de los reportes de
avance, el informe anual de avance programático, la agenda regulatoria, los trámites y servicios, así como del proceso de
calidad regulatoria y los que resulten necesarios para el cumplimiento de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de
México y sus Municipios y su Reglamento de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios.
Artículo 3. Para efectos de estos Lineamientos, se entiende por:
I. Comisión Estatal: A la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria;

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