Acuerdo por el que se crea el Comité Interno de Mejora Regulatoria de la Secretaría de Infraestructura y se establecen los Lineamientos para su Operación y Funcionamiento

Página 2 17 de octubre de 2016
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA
MAESTRO ERASTO MARTÍNEZ ROJAS, SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA DEL GOBIERNO
DEL ESTADO DE MÉXICO Y PRESIDENTE DEL COMITÉ INTERNO DE MEJORA REGULATORIA DE
ESTA DEPENDENCIA, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 78 DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 3, 14, 17 Y 19
FRACCIÓN III, 23 Y 24 FRACCIONES I Y LVI DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; 5 FRACCIÓN IV DE LA LEY PARA LA MEJORA REGULATORIA
DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS; 28 FRACCIONES III Y IV, 32, 33, 34 Y 35 DE SU
REGLAMENTO; 6 Y 7 FRACCIONES IV Y XI DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE
INFRAESTRUCTURA, Y
CONSIDERANDO
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017, en su Pilar 2 denominado Estado Progresista,
establece dentro de su objetivo I. Promover una economía que genere condiciones de competitividad;
apartado 1.4. Generar una simplificación administrativa y adecuación normativa, para lo cual se requiere,
entre otras acciones, instrumentar un programa integral que incluya modificaciones al marco normativo y a
los procesos administrativos a fin de simplificar los trámites e incrementar la eficiencia del marco
regulatorio, para lograr la disminución de requisitos, costos y tiempos en estrecha colaboración con los
municipios de la entidad.
Que el 6 de septiembre de 2010, mediante Decreto número 148 de la LVII Legislatura del Estado de
México, se publicó en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno", la Ley para la Mejora Regulatoria del
Estado de México y Municipios, que tiene por objeto la mejora integral, continua y permanente de la
regulación estatal y municipal, mediante la coordinación entre los poderes del Estado, los ayuntamientos y
la sociedad civil.
Que a fin de hacer efectiva la observancia a lo preceptuado en la Ley antes citada, mediante el
establecimiento de los mecanismos pertinentes en instrumentos normativos adecuados, con fecha 15 de
febrero de 2012, fue publicado en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno", el Reglamento de la Ley para
la Mejora Regulatoria del Estado de México y Municipios, el cual, en su artículo 28 fracciones III y IV
establece la obligación a los titulares de las dependencias de constituir un Comité Interno de Mejora
Regulatoria y emitir los lineamientos para su operación.
Que para el debido cumplimiento de la Ley y de su Reglamento, así como para facilitar !a implementación
de la mejora regulatoria en las dependencias y municipios de la Administración Pública, los titulares de las
mismas deberán emitir los Lineamientos para la Operación del Comité Interno de Mejora Regulatoria,
conforme a lo dispuesto en el artículo 28 fracción IV del Reglamento de la Ley para la Mejora Regulatoria
del Estado de México y Municipios.
Que la Secretaría de Infraestructura del Estado de México, como lo establece el artículo 32 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, es la dependencia encargada del desarrollo y
administración de la infraestructura vial primaria y de la regulación de las comunicaciones de jurisdicción
local, que comprende los sistemas de transporte masivo o de alta capacidad así como de ejecutar las
obras públicas que tenga a su cargo y promover y ejecutar las acciones tendientes al desarrollo de la
infraestructura hidráulica y eléctrica en la entidad.

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