Acuerdo por el que se crea el Comité Interinstitucional de Evaluación de Circularidad de la Ciudad de México

12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 4 de marzo de 2024 JEFATURA DE GOBIERNO DR. MARTÍ BATRES GUADARRAMA, Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4o. párrafo quinto, 122 apartado A, base III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 13 apartado A, numeral 1, 32 apartado A, numeral 1 y apartado C, numeral 1, incisos a), b) y q) de la Constitución Política de la Ciudad de México; 7 párrafo primero, 8 tercer párrafo, 10 fracciones II, IV y XXII, 11 fracción I, 16 fracciones V, VII, X, XI y XVII, 20 fracción V, 21 primer párrafo, 22 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 8 fracciones I y VIII de la Ley de Economía Circular de la Ciudad de México; 11 párrafo primero de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; 13 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; así como 2 fracción I, 5 y 6 del Reglamento de Economía Circular de la Ciudad de México y CONSIDERANDO Que el artículo 4o, párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, por lo que corresponde al Estado garantizar el respeto a este derecho. Que de conformidad con el artículo 25 párrafos primero y séptimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estado tiene la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable; y bajo los criterios de equidad social, productividad y sustentabilidad, apoyará e impulsará a las empresas de los sectores social y privado de la economía, sujetándolos a las modalidades que dicte el interés público y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos, cuidando su conservación y el medio ambiente. Que la Constitución Política de la Ciudad de México, en sus artículos 10 apartado A y 13 apartado A, reconoce los derechos al desarrollo sustentable y a un medio ambiente sano, en su artículo 3 numeral 2, inciso a) establece que la Ciudad de México asume como principio el desarrollo económico sustentable y solidario con visión metropolitana, y en su artículo 17 numeral 3, señala que las políticas económicas tendrán como propósito el respeto, protección, promoción y realización de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales para el bienestar de la población y la prosperidad de la ciudad, de acuerdo a los...

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