Acuerdo por el que se constituyen los órganos internos de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano en materia de blindaje electoral, su órgano desconcentrado y las entidades a ella sectorizadas y agrupadas.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- DESARROLLO TERRITORIAL.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano. ROMÁN GUILLERMO MEYER FALCÓN, Secretario de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11, 12, 14, 17, 26 y 41 fracción XXVIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 442 apartado 1, inciso d) y f), 447 y 449 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 7 fracciones II, IV y VI, 8 y 9 fracción I de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; 1, 2, 5, 6 fracciones I, XVI, XXVI y XXXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, y

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 41 prevé la forma en que los poderes de la Unión se renovarán a través de elecciones libres, auténticas y periódicas;

Que el apartado C, fracción III del mismo artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental;

Que en la fracción V del mismo artículo se establece que la organización y promoción de las elecciones es una función estatal que se realiza a través del Instituto Nacional Electoral y de los organismos públicos locales en las Entidades Federativas, en los términos que establece la propia Constitución;

Que al Congreso de la Unión corresponde la facultad para expedir las leyes generales reglamentarias que desarrollen los principios y bases en materia electoral y en ese sentido ha legislado creando un Sistema Nacional Anticorrupción, dentro del cual se han establecido disposiciones y lineamientos en los cuales se encuentra la prohibición de distraer u ocupar recursos económicos, financieros, humanos y materiales propios de las Dependencias y Entidades tanto de la Administración Pública Federal como estatales o municipales para el apoyo de las actividades electorales;

Que los servidores públicos del gobierno federal deberán recibir, ejercer e informar respecto de los recursos económicos, financieros, humanos y materiales que reciban para la correcta ejecución de los programas que tengan asignados de acuerdo a la dependencia o entidad de que se trate, pudiendo incurrir en responsabilidad, en los casos en que los distraigan para otra actividad distinta, como es el caso de la electoral;

Por lo anterior...

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