Acuerdo del Consejo de la Judicatura que propone al Pleno del Tribunal Superior de Justicia que los asuntos en materia penal del sistema tradicional cuya tramitación corresponda a los juzgados mixtos de Cadereyta de Montes, Tolimán y Amealco de Bonfil, continúen su secuela legal en el Juzgado Único Penal con sede en San Juan del Río, Querétaro.

Fecha de publicación07 Febrero 2020
Fecha de disposición07 Febrero 2020
Número de Gaceta10
7 de febrero de 2020 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 4123
PODER JUDICIAL
CONSEJO DE LA JUDICATURA
ACUERDO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA QUE PROPONE AL PLENO DEL TRIBUNAL SUPERIOR
DE JUSTICIA QUE LOS ASUNTOS EN MATERIA PENAL DEL SISTEMA TRADICIONAL CUYA
TRAMITACIÓN CORRESPONDA A LOS JUZGADOS MIXTOS DE CADEREYTA DE MONTES, TOLIMÁN Y
AMEALCO DE BONFIL, CONTINÚEN SU SECUELA LEGAL EN EL JUZGADO ÚNICO PENAL CON SEDE EN
SAN JUAN DEL RÍO, QUERÉTARO.
CONSIDERANDO
Conforme a los artículos cuarto transitorio del Decreto por el que se reforman adicionan diversas disposiciones
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18
de junio de 2008, y tercero transitorio del Código Nacional de Procedimientos Penales, mediante los que se
establece la regla de carga cero para el nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Oral; traen como
consecuencia que los procedimientos penales iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del nuevo proceso
penal, que se encuentren en trámite se continúen substanciando hasta su conclusión conforme a la legislación
vigente, hasta antes de la entrada en vigor de la reforma.
Por su parte, el artículo 47, fracción XIII, del Reglamento del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del
Estado de Querétaro, señala que corresponde al Consejo de la Judicatura proponer al Pleno del Tribunal, la
realización de actos para modernizar la estructura orgánica, los sistemas y procedimientos administrativos, así
como las medidas que impliquen el buen servicio al público por parte de los órganos del Poder Judicial.
En atención a que la carga laboral en materia penal sistema tradicional- de los Juzgados Mixtos de Primera
Instancia de Cadereyta de Montes, Tolimán y Amealco de Bonfil, que continúan conociendo del citado sistema
mixto (tradicional), anterior a la entrada en vigor del Sistema Penal Acusatorio y Oral, se ha visto
considerablemente disminuida, como lo indica el reporte de asuntos radicados arrojado en los resultados de las
visitas judiciales practicadas en los despachos judiciales antes mencionados, así como en los registros que obran
en las bases de datos de la Dirección de Tecnologías de la Información, consecuencia de la paulatina conclusión
de los asuntos penales del sistema anterior.
Por tal motivo, velando por las necesidades del servicio, para una mejor administración de justicia y eficiencia de
los recursos humanos, materiales y tecnológicos, con la finalidad de adoptar las providencias necesarias para el
correcto manejo administrativo del Poder Judicial, en atención a que la mayoría de asuntos jurisdiccionales que
se encuentran en trámite en los juzgados mixtos citados con antelación, corresponden a las materias civil,
mercantil y familiar, y que son exiguos los asuntos que se encuentran en curso correspondientes a la materia
penal del sistema tradicional, como se hizo alusión en el párrafo que antecede; es menester que sea el Juzgado
Único Penal con sede en San Juan del Río, Querétaro, el órgano que continúe conociendo, hasta su conclusión,
de los asuntos en materia penal -sistema tradicional-, del Tercer, Cuarto y Sexto Distrito Judicial del Estado de

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