Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba el lugar de la Credencial para Votar que deberá marcar el instrumento que será utilizado el día de la Jornada Electoral de los Procesos Electorales Locales Concurrentes con el Proceso Electoral Federal 2023-2024, así como de los Procesos Electorales Extraordinarios que, en su caso, tengan lugar en 2024.

Fecha de publicación22 Agosto 2023
EmisorINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
SecciónUNICA. Organismos Autonomos
ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba el lugar de la Credencial para Votar que deberá marcar el instrumento que será utilizado el día de la Jornada Electoral de los Procesos Electorales Locales Concurrentes co
ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba el lugar de la Credencial para Votar que deberá marcar el instrumento que será utilizado el día de la Jornada Electoral de los Procesos Electorales Locales Concurrentes con el Proceso Electoral Federal 2023-2024, así como de los Procesos Electorales Extraordinarios que, en su caso, tengan lugar en 2024. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG434/2023.
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBA EL LUGAR DE LA CREDENCIAL PARA VOTAR QUE DEBERÁ MARCAR EL INSTRUMENTO QUE SERÁ UTILIZADO EL DÍA DE LA JORNADA ELECTORAL DE LOS PROCESOS ELECTORALES LOCALES CONCURRENTES CON EL PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2023-2024, ASÍ COMO DE LOS PROCESOS ELECTORALES EXTRAORDINARIOS QUE, EN SU CASO, TENGAN LUGAR EN 2024
GLOSARIO
Consejo General
Consejo General del Instituto Nacional Electoral.
CPEUM/
Constitución
CPV
Credencial(es) para Votar.
CPVE
Credencial(es) para Votar desde el Extranjero.
CRFE
Comisión del Registro Federal de Electores.
DEOE
Dirección Ejecutiva de Organización Electoral.
DERFE
Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores.
DOF
Diario Oficial de la Federación.
INE/Instituto
Instituto Nacional Electoral.
LGIPE/Ley
LNE
Lista(s) Nominal(es) del Electorado.
MDC
Mesa(s) Directiva(s) de Casilla.
OPL
Organismo(s) Público(s) Local(es).
PEE
Proceso(s) Electoral(es) Extraordinario(s).
PEF
Proceso(s) Electoral(es) Federal(es).
PEL
Proceso(s) Electoral(es) Local(es).
RE
Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral.
SRE
Secretaría de Relaciones Exteriores.
TEPJF
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
ANTECEDENTES
1. Aprobación de los modelos de CPV y CPVE. Del 21 de noviembre de 2012 al 23 de febrero de 2023, esta autoridad electoral nacional ha aprobado los siguientes modelos de CPV y CPVE vigentes para que la ciudadanía ejerza su derecho al sufragio y como medio de identificación:
No.
NÚMERO
FECHA
ACUERDO
1
CG732/2012
21.11.2012
Modificación del modelo de la CPV aprobado mediante Acuerdo CG317/2008 del Consejo General del otrora Instituto Federal Electoral, cuyas credenciales fueron emitidas a partir del 25 de noviembre de 2013.
2
INE/CG36/2014
30.05.2014
Actualización del modelo de la CPV con base en la reforma política y electoral, a efecto de incluir la nomenclatura del INE, cuyas credenciales fueron emitidas a partir del mes de julio de 2014.
3
INE/CG875/2015
14.10.2015
Aprobación del modelo de la CPVE, cuyas credenciales fueron emitidas a partir del mes de febrero de 2016.
4
INE/CG1499/2018
19.12.2018
Actualización del modelo de la CPV y la CPVE, que considera la integración de los códigos bidimensionales QR (quick response), cuyas credenciales fueron emitidas a partir del mes de diciembre de 2019.
5
INE/CG539/2019
20.11.2019
Aprobación del uso, funcionalidad y verificación de la información contenida en los códigos bidimensionales QR que forman parte del modelo de CPV y de CPVE aprobado mediante diverso INE/CG1499/2018.
6
INE/CG123/2023
23.02.2023
Incorporación del dato en la CPV que reconozca a las personas no binarias, en acatamiento a las sentencias dictadas en los expedientes SM-JDC-396/2020 y SM-JDC-1011/2021 por la Sala Regional Monterrey del TEPJF; así como, aprobación para identificar en la CPV como persona no binaria solo en el apartado de sexo, a quienes manifiesten su deseo de que se les reconozca con ese carácter sin presentar documento de identidad.
2. Propuesta sobre el lugar de la CPV que deberá marcar el instrumento que será utilizado en los PEL concurrentes con el PEF23-24, así como los PEE que, en su caso, tengan lugar en 2024. El 9 de mayo de 2023, mediante oficio INE/DERFE/0509/2023, así como el día 29 de ese mismo mes a través de una actualización enviada como alcance, la DERFE presentó a la DEOE la propuesta sobre el lugar de la CPV que deberá marcar el instrumento a utilizarse en las elecciones concurrentes del 2 de junio de 2024, así como las elecciones extraordinarias que, en su caso, tengan lugar en 2024, considerando el tipo de credencial con que cuentan las personas ciudadanas.
Posteriormente, el 31 de mayo de 2023, la DEOE entregó a la DERFE las observaciones, comentarios y propuestas de adecuación a la propuesta sobre el lugar de la CPV que deberá marcar el instrumento a utilizarse en las elecciones concurrentes del 2 de junio de 2024, así como las elecciones extraordinarias que en su caso tengan lugar en 2024, considerando el tipo de credencial con que cuentan las personas ciudadanas, considerando además que dichos procesos electorales son concurrentes y que se utilizará el modelo de casilla única.
3. Modificación del RE y sus anexos 4.1 y 4.2. El 31 de mayo de 2023, este Consejo General aprobó, mediante Acuerdo INE/CG292/2023, los modelos y la producción de los materiales electorales -entre los que se encuentra la marcadora de credenciales- y del líquido indeleble que se utilizarán en los PEL concurrentes con el PEF23-24, así como las modificaciones al RE y sus anexos 4.1 y 4.2.
4. Presentación de la propuesta y aprobación del proyecto de acuerdo por la CRFE. El 12 de julio de 2023, la DEOE y la DERFE presentaron a la CRFE la propuesta sobre el lugar de la CPV que deberá marcar el instrumento que será utilizado el día de la jornada electoral de los PEL concurrentes con el PEF23-24, así como de los PEE que, en su caso, tengan lugar en 2024, en términos del artículo 97 del RE; asimismo, mediante Acuerdo INE/CRFE34/05SE/2023, la CRFE aprobó someter a la consideración de este órgano superior de dirección, el correspondiente proyecto de acuerdo.
CONSIDERANDOS
PRIMERO. Competencia.
Este Consejo General es competente para aprobar el lugar de la CPV que deberá marcar el instrumento que será utilizado el día de la jornada electoral de los PEL concurrentes con los PEF23-24, así como de los PEE que, en su caso, tengan lugar en 2024, conforme a lo previsto en los artículos 41, párrafo tercero, Base V, párrafo primero, Apartado A, párrafos primero y segundo; Apartado B, párrafo primero, inciso a), numerales 3, 5 y 7 de la CPEUM; 29; 30, párrafos 1, incisos a), c), d), e) y f), y 2; 31, párrafo 1; 32, párrafos 1, inciso a), fracciones III y V, y 2, inciso i); 34, párrafo 1, inciso a); 35; 36; 44, párrafo 1, incisos ñ), gg) y jj) de la LGIPE; 4, párrafo 1, fracción I, Apartado A), inciso a); 5, párrafo 1, incisos g), r) y x) del Reglamento Interior del INE; 97 del RE.
SEGUNDO. Razones jurídicas que sustentan la determinación.
I. Marco constitucional y convencional.
Acorde a lo establecido en el artículo , párrafo primero, de la CPEUM, todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la propia Carta Magna y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que la misma establece.
En términos del párrafo segundo de la disposición aludida, las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con la CPEUM y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
El párrafo tercero del artículo referido dispone que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad...

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