Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se da inicio formal a la organización y aprobación de los trabajos de modificación de los instrumentos normativos y administrativos del Instituto y se crea el Comité Técnico para la Implementación de la Reforma Electoral 2023.

Fecha de publicación16 Marzo 2023
EmisorINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
SecciónUNICA. Organismos Autonomos
ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se da inicio formal a la organización y aprobación de los trabajos de modificación de los instrumentos normativos y administrativos del Instituto y se crea el Comité Técnico para la
ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se da inicio formal a la organización y aprobación de los trabajos de modificación de los instrumentos normativos y administrativos del Instituto y se crea el Comité Técnico para la Implementación de la Reforma Electoral 2023. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG135/2023.
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE DA INICIO FORMAL A LA ORGANIZACIÓN Y APROBACIÓN DE LOS TRABAJOS DE MODIFICACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS NORMATIVOS Y ADMINISTRATIVOS DEL INSTITUTO Y SE CREA EL COMITÉ TÉCNICO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA REFORMA ELECTORAL 2023
GLOSARIO
Consejo General
Consejo General del Instituto Nacional Electoral
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Decreto
Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la LeyGeneral de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la LeyGeneral de Partidos Políticos, de la LeyOrgánica del Poder Judicial de la Federación y se expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral
DEA
Dirección Ejecutiva de Administración
DOF
Diario Oficial de la Federación
INE/Instituto
Instituto Nacional Electoral
JGE
Junta General Ejecutiva
LGIPE
Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales
Reglamento Interior
Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral
ANTECEDENTES
I. Reforma Constitucional Electoral 2014. El 10 de febrero de 2014 se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución en materia político-electoral e incluyeron diversas disposiciones que modificaron la denominación, estructura, funciones y objetivos del Instituto Federal Electoral para transformarse en INE.
II. Reforma Legal Electoral 2014. El 23 de mayo de 2014 se publicó en el DOF el Decreto por el que se expide la LGIPE, que abrogó al CódigoFederal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
III. Presentación de iniciativas de ley en Cámara de Diputados. El 6 de diciembre de 2022, la LXV legislatura de la Cámara de Diputados celebró sesión ordinaria y entre otras cuestiones, tanto el titular del Poder Ejecutivo, como el Grupo Parlamentario de morena presentaron respectivamente iniciativas con proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la LGIPE, de la LeyGeneral de Partidos Políticos, de la LeyOrgánica del Poder Judicial de la Federación; y se expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.
Por lo que hace a la iniciativa presentada por el Titular del Ejecutivo Federal, de conformidad con los artículos 73 y 74, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados se determinó turnar a las Comisiones Unidas de Reforma Política-Electoral de Gobernación y Población y de Justicia para su Dictamen y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para su opinión. En cuanto a la segunda iniciativa presentada por el Grupo Parlamentario de morena, fue aprobada en lo particular y en lo general en la misma fecha en que fue presentada, y se ordenó remitir a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales correspondientes.
IV. Discusión en la Cámara de Senadores. El 14 de diciembre de 2022 tuvo verificativo la sesión ordinaria de la Cámara de Senadores, procediéndose a discutir la minuta con proyecto de decreto de la iniciativa de ley que ha quedado precisada en el punto que antecede la cual fue votada en esa misma fecha; sin embargo, la minuta se devolvió con modificaciones a la Cámara de Diputados.
V. Aprobación del Presupuesto para el ejercicio fiscal 2023. El 14 de diciembre de 2022, en sesión extraordinaria, mediante acuerdo INE/CG880/2022, el Consejo General aprobó el Presupuesto que refleja la reducción realizada por la Cámara de Diputados.
VI. Discusión en Cámara de Diputados y devolución a la Cámara de Senadores. El 15 de diciembre de 2022, la Cámara de Diputados discutió nuevamente el proyecto de decreto, y remitió a los Secretarios de la Cámara de Senadores el expediente con la minuta(1) del proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la LGIPE, de la LeyGeneral de Partidos Políticos, de la LeyOrgánica del Poder Judicial de la Federación y se expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral, aprobado en esa fecha.
VII. Reforma a la LeyGeneral de Comunicación Social y de la LeyGeneral de Responsabilidades Administrativas. El 27 de diciembre de 2022 se publicó en el DOF, el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la LeyGeneral de Comunicación Social y de la LeyGeneral de Responsabilidades Administrativas, en materia de propaganda gubernamental.
Al respecto, se destacan los siguientes artículos transitorios:
Tercero. Los Entes Públicos, en un plazo máximo de 120 días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, adecuarán conforme a éste, sus disposiciones legales y reglamentarias.
Cuarto. Se derogan las disposiciones que se opongan al presente Decreto.
...
VIII. Controversia Constitucional. El de febrero de 2023, el Instituto presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nacional una controversia constitucional en contra del "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la LeyGeneral de Comunicación Social y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas".
IX. Aprobación del Decreto. El 22 de febrero de 2023, la Cámara de Senadores aprobó el proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la LGIPE, de la LeyGeneral de Partidos Políticos, de la LeyOrgánica del Poder Judicial de la Federación y se expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.
X. Promulgación y publicación en el DOF. El 2 de marzo de 2023, en uso de las facultades que le otorga la Constitución al Presidente de la República, se promulgó la reforma legal en materia político-electoral.
En términos del Decreto se destacan los artículos transitorios que a continuación se insertan:
Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
...
Tercero. Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al presente Decreto.
Las disposiciones generales emitidas por el Instituto Nacional Electoral con antelación a la entrada en vigor del presente Decreto seguirán vigentes, en lo que no se opongan a la Constitución y el presente Decreto, hasta en tanto el Consejo General del Instituto Nacional Electoral emita aquéllas que deban sustituirlas.
Cuarto. El presente Decreto no será aplicable en los procesos electorales del Estado de México y de Coahuila en 2023.
Quinto. Los módulos de atención ciudadana del Registro Federal de Electores con que cuente el Instituto Nacional Electoral seguirán operando de forma normal. No deberá
alterarse su cantidad con motivo de la restructuración administrativa.
...
Séptimo. Entre enero y abril de 2023, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral identificará la normativa que se deberá adecuar conforme al presente Decreto, para garantizar que, antes del inicio del proceso electoral 2023-2024, haya emitido la necesaria para proveer el cumplimiento de lo dispuesto en las reformas contenidas.
...
Octavo. Los acuerdos mediante los cuales el Instituto Nacional Electoral haya ejercido la facultad de atracción a la entrada en vigor del presente Decreto, conservarán su vigencia y objeto en sus términos y, en lo aplicable, se ejecutarán en la organización de los procesos electorales federal y locales de 2023-2024.
Noveno. Las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente Decreto se realizarán con cargo al presupuesto aprobado al Instituto Nacional Electoral, por ...

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