Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba la modificación a los Lineamientos del Instituto Nacional Electoral para la organización de la Revocación de Mandato en cumplimiento al Acuerdo INE/CG13/2022, y derivado de la negativa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a la solicitud de otorgar de manera excepcional recursos adicionales para el Proceso de Revocación de Mandato.

Fecha de publicación15 Febrero 2022
SecciónUNICA. Organismos Autonomos
EmisorINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba la modificación a los Lineamientos del Instituto Nacional Electoral para la organización de la Revocación de Mandato en cumplimiento al Acuerdo INE/CG13/2022, y derivado d
ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba la modificación a los Lineamientos del Instituto Nacional Electoral para la organización de la Revocación de Mandato en cumplimiento al Acuerdo INE/CG13/2022, y derivado de la negativa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a la solicitud de otorgar de manera excepcional recursos adicionales para el Proceso de Revocación de Mandato. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG51/2022.
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN A LOS LINEAMIENTOS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL PARA LA ORGANIZACIÓN DE LA REVOCACIÓN DE MANDATO EN CUMPLIMIENTO AL ACUERDO INE/CG13/2022, Y DERIVADO DE LA NEGATIVA DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO A LA SOLICITUD DE OTORGAR DE MANERA EXCEPCIONAL RECURSOS ADICIONALES PARA EL PROCESO DE REVOCACIÓN DE MANDATO
GLOSARIO
APP
Aplicación Móvil de firmas de apoyo de la ciudadanía INE
CAE
Capacitadora o Capacitador Asistente Electoral de Revocación de Mandato
CAI
Coordinación de Asuntos Internacionales
CIP
Cartera Institucional de Proyectos del Instituto Nacional Electoral
Consejo General
Consejo General del Instituto Nacional Electoral
Constitución/CPEUM
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
COTSPEL
Comisión Temporal de Seguimiento de los Procesos Electorales Locales 2021-2022
DECEyEC
Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica
Decreto
Decreto por el que se declaran reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución en materia de Consulta Popular y Revocación de Mandato, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2019
DEOE
Dirección Ejecutiva de Organización Electoral
DEPPP
Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos
DERFE
Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores
DOF
Diario Oficial de la Federación
INE / Instituto
Instituto Nacional Electoral
JGE
Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral
LFRM
Ley Federal de Revocación de Mandato
LGIPE
Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales
Lineamientos
Lineamientos del Instituto Nacional Electoral para la organización de la Revocación de Mandato del Presidente de la República electo para el periodo constitucional 2018-2024
MDC
Mesa Directiva de Casilla para la Revocación de Mandato
MDP
Millones de pesos
OPL
Organismos Públicos Locales
PIyCPRM
Plan Integral y Calendario del Proceso de Revocación de Mandato del Presidente de la República 2021-2022
PIMDCyCE de RM
Programa de Integración de Mesas Directivas de Casilla y Capacitación Electoral para el proceso de Revocación de Mandato
Presupuesto de Egresos
2022
Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022
RM
Revocación de Mandato
Sala Superior
Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
SCJN
Suprema Corte de Justicia de la Nación
SE
Supervisor o Supervisora Electoral de la Revocación de Mandato
Secretaría
Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral
SHCP
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
SIRM
Sistema de Información sobre el desarrollo de la Revocación de Mandato
TEPJF
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
UTSI
Unidad Técnica de Servicios de Informática
UTVOPL
Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales
VMRE
Voto de los Mexicanos Residentes en el Extranjero
ANTECEDENTES
I. Reforma constitucional 2014. El 10 de febrero de 2014, se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución, en materia político-electoral, entre otras, el artículo 41, relativa a las atribuciones del INE en materia de RM y Consulta Popular.
II. Decreto por el que se declaran reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución, en materia de RM. El 20 de diciembre de 2019, se publicó en el DOF el Decreto mediante el cual se adiciona una fracción IX al artículo 35; un inciso c), al apartado B de la Base V del artículo 41; un párrafo séptimo al artículo 84; un tercer párrafo a la fracción III del apartado A del artículo 122 de la Constitución; dichas disposiciones para regular la figura de RM. Asimismo, en los artículos transitorios, en lo conducente, se previó lo siguiente:
Transitorios
[...]
Segundo. Dentro de los 180 días siguientes a la publicación de este Decreto, el Congreso de la Unión deberá expedir la ley a que se refiere el Apartado 8o. de la fracción IX del artículo 35.
Tercero. Para efectos de la revocación de mandato a que hace referencia esta Constitución tanto a nivel federal como local, deberá entenderse como el instrumento de participación solicitado por la ciudadanía para determinar la conclusión anticipada en el desempeño del cargo a partir de la pérdida de la confianza.
Cuarto. En el caso de solicitarse el proceso de revocación de mandato del Presidente de la República electo para el periodo constitucional 2018-2024, la solicitud de firmas comenzará durante el mes de noviembre y hasta el 15 de diciembre del año 2021.La petición correspondiente deberá presentarse dentro de los primeros quince días del mes de diciembre de 2021. En el supuesto de que la solicitud sea procedente, el Instituto Nacional Electoral emitirá la convocatoria dentro de los veinte días siguientes al vencimiento del plazo para la presentación de la solicitud. La jornada de votación será a los sesenta días de expedida la convocatoria.
Quinto. El ejercicio de las atribuciones que esta Constitución le confiere al Instituto Nacional Electoral en materia de consultas populares y revocación de mandato, se cubrirán con base en la disponibilidad presupuestaria para el presente ejercicio y los subsecuentes.
[...]
(Énfasis añadido)
En dicho Decreto se destaca la atribución que se le otorga al INE de tener a su cargo, de manera directa, la organización, difusión, desarrollo y cómputo de la RM. Resalta el hecho de que sea el INE o, en su caso, los OPL, las únicas autoridades facultadas para difundir la RM, en el ámbito de sus respectivas competencias.
III. Aprobación del procedimiento para la conformación de las Unidades Territoriales de la Consulta Popular. El 14 de junio de 2021, la Comisión de Capacitación y Organización Electoral aprobó el acuerdo INE/CCOE022/2021, mediante el que se estableció el procedimiento para la conformación de las Unidades Territoriales de la Consulta Popular.
IV. Sentencia SUP-JDC-1127/2021 y SUP-JE-219/2021 acumulados. El 25 de agosto de 2021, la Sala Superior dictó sentencia en los juicios ciudadanos referidos, en los que determinó declarar fundada la omisión atribuida al Congreso de la Unión de emitir la ley reglamentaria en materia de RM, determinando que una vez que iniciara el periodo ordinario de sesiones de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, dentro de los 30 días siguientes a que esto sucediera debería emitir una ley que regule el apartado de la fracción IX del artíc...

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