Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral relativo a la solicitud de sustitución de candidatura a Diputación Federal por el principio de representación proporcional presentada por el Partido de la Revolución Democrática para el Proceso Electoral Federal 2020-2021.

Fecha de publicación25 Agosto 2021
SecciónUNICA. Organismos Autonomos
ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral relativo a la solicitud de sustitución de candidatura a Diputación Federal por el principio de representación proporcional presentada por el Partido de la Revolución Democrática para el Proceso
ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral relativo a la solicitud de sustitución de candidatura a Diputación Federal por el principio de representación proporcional presentada por el Partido de la Revolución Democrática para el Proceso Electoral Federal 2020-2021. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG1432/2021.
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL RELATIVO A LA SOLICITUD DE SUSTITUCIÓN DE CANDIDATURA A DIPUTACIÓN FEDERAL POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL PRESENTADA POR EL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA PARA EL PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2020-2021
GLOSARIO
Consejo General
Consejo General del Instituto Nacional Electoral
Consejos Distritales
Consejos Distritales del Instituto Nacional Electoral
Criterios aplicables
Criterios aplicables para el registro de candidaturas a Diputaciones por ambos principios que presenten los Partidos Políticos Nacionales y, en su caso, las coaliciones ante los Consejos del Instituto, para el Proceso Electoral Federal 2020-2021.
DEPPP
Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos
DOF
Diario Oficial de la Federación
INE/Instituto
Instituto Nacional Electoral
LGIPE
PEF
Proceso Electoral Federal
PRD
Partido de la Revolución Democrática
PPN
Partido(s) Político(s) Nacional(es)
SNR
Sistema Nacional de Registro de Precandidatos y Candidatos, así como de los Aspirantes y Candidatos Independientes
TEPJF
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
ANTECEDENTES
I. Lineamientos en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género. En fecha veintiocho de octubre de dos mil veinte, mediante Acuerdo INE/CG517/2020, se aprobaron los "Lineamientos para que los Partidos Políticos Nacionales y, en su caso, los Partidos Políticos Locales, prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la violencia política contra las mujeres en razón de género".
II. Criterios para el registro de candidaturas. En sesión celebrada el dieciocho de noviembre de dos mil veinte, el Consejo General aprobó los criterios aplicables para el registro de candidaturas a diputaciones por ambos principios que presenten los PPN y, en su caso, las coaliciones ante los consejos del Instituto, para el PEF 2020-2021, mediante Acuerdo identificado con la clave INE/CG572/2020.
III. Impugnación del Acuerdo INE/CG572/2020. Inconformes con los criterios establecidos en el referido Acuerdo del Consejo General, los partidos políticos Acción Nacional, de la Revolución Democrática, del Trabajo, Verde Ecologista de México y Encuentro Solidario, así como José Alfredo Chavarría Rivera, interpusieron medios de impugnación para controvertir tales criterios.
IV. Sentencia del TEPJF que modifica Acuerdo INE/CG572/2020. En sesión celebrada el veintinueve de diciembre de dos mil veinte, la Sala Superior del TEPJF dictó sentencia en los expedientes SUP-RAP-121/2020 y acumulados, mediante la cual modificó el Acuerdo INE/CG572/2020 a efecto de que este Consejo General determinara los veintiún Distritos en los que deberán postularse candidaturas a diputaciones federales por el principio de mayoría relativa según la acción afirmativa indígena y fijó los Lineamientos para que se establecieran las medidas afirmativas tendentes a garantizar las condiciones de igualdad sustantiva para la participación política de las
personas con discapacidad, así como de otros grupos en situación de vulnerabilidad.
V. Acatamiento de la Sentencia SUP-RAP-121/2020 del TEPJF. En sesión celebrada el quince de enero de dos mil veintiuno, se aprobó el Acuerdo del Consejo General por el que, en acatamiento a la sentencia dictada por la Sala Superior del TEPJF en el expediente SUP-RAP-121/2020 y acumulados, se modifican los criterios aplicables para el registro de candidaturas a diputaciones por ambos principios que presenten los PPN y, en su caso, las coaliciones ante los Consejos del Instituto, para el PEF 2020-2021, aprobados mediante Acuerdo INE/CG572/2020, identificado con la clave INE/CG18/2021.
VI. Consulta del Partido Acción Nacional. En fecha diecisiete de enero de dos mil veintiuno, el Representante Propietario del Partido Acción Nacional ante el Consejo General, formuló una consulta en relación con la forma en que esta autoridad contabilizará a una persona o fórmula que se ubique en más de un grupo en situación de vulnerabilidad, para el cumplimiento de las acciones afirmativas establecidas por este Consejo General para el registro de candidaturas a diputaciones federales por ambos principios. Dicha consulta fue respondida por el Consejo General en sesión extraordinaria celebrada el quince de febrero de dos mil veintiuno, mediante el Acuerdo identificado con la clave INE/CG108/2021.
VII. Impugnación del Acuerdo INE/CG18/2021. Desacorde con los criterios establecidos en el referido Acuerdo INE/CG18/2021 del Consejo General, los partidos Acción Nacional, Verde Ecologista de México, del Trabajo y Encuentro Solidario, así como David Gerardo Herrera Herrerías, Juan José Corrales Gómez y Oscar Hernández Santibáñez, interpusieron medios de impugnación a efecto de controvertir los criterios aplicables al registro de candidaturas.
VIII. Designación Gamaliel Ochoa Serrano como candidato. El treinta y uno de enero de dos mil veintiuno, el Cuarto Pleno Extraordinario del X Consejo Nacional del PRD aprobó el "Resolutivo mediante el cual se eligen las candidaturas a las diputaciones federales por el principio de representación proporcional del Partido de la Revolución Democrática, a la LXV legislatura de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para el Proceso Electoral Federal ordinario 2020-2021 contenidas en el Dictamen aprobado por la Dirección Nacional Ejecutiva en el acuerdo 77/PRD/DNE/2021", en el cual se designó a Gamaliel Ochoa Serrano como candidato propietario a Diputado Federal por el principio de representación proporcional en el número 2 de la lista correspondiente a la primera circunscripción electoral plurinominal.
IX. Sustitución de Gamaliel Ochoa Serrano como candidato. El veintitrés de febrero de dos mil veintiuno, la Dirección Nacional Ejecutiva del PRD emitió el "Acuerdo 101/PRD/DNE/2021, de la Dirección Nacional Ejecutiva del Partido de la Revolución Democrática mediante el cual se designa la candidatura propietaria a la diputación federal por la primera circunscripción, prelación dos, para el Proceso Electoral Federal ordirario 2020-2021", en el cual se sustituyó a Gamaliel Ochoa Serrano como candidato de dicho partido político a diputado federal por el principio de representación proporcional en el número dos de la lista correspondiente a la primera circunscripción electoral, por Miguel Ángel Lazalde Ramos.
X. Sentencia del TEPJF que modifica el Acuerdo INE/CG18/2021. En sesión celebrada el veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno, la Sala Superior del TEPJF dictó sentencia en los expedientes SUP-RAP-21/2021 y acumulados, mediante la cual ordenó modificar el Acuerdo impugnado para efectos de diseñar e implementar medidas afirmativas para personas mexicanas migrantes y residentes en el extranjero, llevar a cabo un estudio respecto de la eficacia y funcionamiento de las acciones afirmativas implementadas en este PEF y dar la posibilidad de que cada persona registrada como candidata pueda solicitar la protección de sus datos respecto de la acción afirmativa por la que participa.
XI. Acatamiento de la Sentencia SUP-RAP-21/2021 del TEPJF. En acatamiento a la sentencia dictada por la Sala Superior del TEPJF en el expediente SUP-RAP-21/2021 y acumulados, el cuatro de marzo de dos mil veintiuno el Consejo General aprobó el Acuerdo mediante el cual se modifican los criterios aplicables para el registro de candidaturas a diputaciones por ambos principios que presenten los PPN y, en su caso,...

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