Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral mediante el cual se designa al servidor público que integrará y presidirá el Comité de Transparencia del Instituto Nacional Electoral; y por el cual se integra el Grupo de Trabajo a que se refiere el artículo 24, párrafo 1, fracción VI del Reglamento del Instituto Nacional Electoral en materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG363/2016.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL MEDIANTE EL CUAL SE DESIGNA AL SERVIDOR PÚBLICO QUE INTEGRARÁ Y PRESIDIRÁ EL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL; Y POR EL CUAL SE INTEGRA EL GRUPO DE TRABAJO A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 24, PÁRRAFO 1, FRACCIÓN VI DEL REGLAMENTO DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN MATERIA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

ANTECEDENTES

  1. Reforma constitucional en materia política-electoral. El 10 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral.

  2. Creación del Instituto Nacional Electoral. En el Decreto de reforma constitucional se incluyen diversas disposiciones que modifican la denominación, estructura, funciones y objetivos del Instituto Federal Electoral para transformarse en Instituto Nacional Electoral, entre las que destacan la modificación de la estructura de su Consejo General y la inclusión en el texto constitucional del procedimiento para la selección y designación de sus integrantes.

  3. Expedición de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE). El 23 de mayo de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se expidió la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, misma que abrogó al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

  4. Reforma constitucional en materia de transparencia. El Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado el 7 de febrero de 2014 en el Diario Oficial de la Federación, amplía el catálogo de sujetos obligados directos en materia de transparencia y acceso a la información pública para incorporar a los partidos políticos y órganos constitucionales autónomos, y modifica la estructura, funciones y objetivos del organismo garante en materia de acceso a la información y protección de datos personales.

  5. Expedición de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP). El 4 de mayo de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se expide la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, con vigencia a partir del a 5 de mayo de 2015. De acuerdo con el artículo 1°, párrafo segundo, de la referida Ley General de Transparencia, ésta tiene por objeto establecer los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la Federación, las Entidades Federativas y los municipios.

  6. Bases de interpretación y aplicación de la LGTAIP. El 17 de junio de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el acuerdo por el que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), establece las bases de interpretación y aplicación de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, con el objeto de brindar certeza, objetividad, legalidad y seguridad jurídica a los sujetos obligados de dicha ley, así como a las personas, respecto del alcance y aplicación de dicha ley.

  7. Reglamento de Transparencia del INE. El 27 de abril de 2016, mediante Acuerdo INE/CG281/2016, el Consejo General aprobó el Reglamento del Instituto Nacional Electoral en materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

  8. Ley Federal de Transparencia. El 9 de mayo de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la

Información Pública, misma que entró en vigor al día siguiente.

CONSIDERANDO

PRIMERO. Competencia.

El Consejo General es competente para emitir el presente Acuerdo, de conformidad con el artículo 44, párrafo 1, incisos b) y jj), de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que establece como atribuciones de dicho órgano colegiado vigilar la oportuna integración y adecuado funcionamiento de los órganos del Instituto, así como dictar los acuerdos necesarios para hacer efectivas sus atribuciones y las demás señaladas en la propia Ley General o en otra legislación aplicable.

Asimismo, el Consejo General es el órgano superior de dirección del Instituto Nacional Electoral, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad guíen todas las actividades del Instituto, como se establece en el...

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