Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se emiten los Lineamientos para la impresión de documentos y producción de materiales electorales para los procesos electorales federales y locales y para el voto de los ciudadanos residentes en el extranjero

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EmisorInstituto Nacional Electoral

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG950/2015.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA IMPRESIÓN DE DOCUMENTOS Y PRODUCCIÓN DE MATERIALES ELECTORALES PARA LOS PROCESOS ELECTORALES FEDERALES Y LOCALES Y PARA EL VOTO DE LOS CIUDADANOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 6 de abril de 1990, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el texto de la reforma concerniente al artículo 41 Constitucional, el cual dio origen al Instituto Federal Electoral como un organismo público autónomo encargado de realizar la función estatal de organizar las elecciones.

  2. El 15 de agosto de 1990, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto por el que el Congreso de la Unión expidió el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

  3. Para las elecciones federales de 1999-2000, 2002-2003, 2005-2006, 2008- 2009 y 2011-2012, el Consejo General del mismo Instituto aprobó Acuerdos por los que se establecieron los criterios generales que debían contener todos los convenios de apoyo y colaboración y/o anexos técnicos suscritos por el entonces Instituto Federal Electoral con los gobiernos estatales, institutos electorales y demás organismos equivalentes en los estados de la República y en el Distrito Federal y suscribió los respectivos Acuerdos con las entidades federativas cuya jornada fue coincidente con la federal.

  4. Durante la organización de las elecciones federales el otrora Instituto Federal Electoral, celebró en diversos procesos coincidentes locales con los federales, convenios de apoyo y colaboración en materia de elecciones concurrentes con las autoridades competentes de los estados de Colima, Guanajuato, Jalisco, Nuevo León y San Luis Potosí, en los cuales se introdujo la operación de la casilla única, adopción que se observó fundamentalmente por el interés de la institución federal y los órganos estatales de optimizar y coordinar el desarrollo de actividades y procedimientos en las etapas de preparación de la elección y la Jornada Electoral, garantizando conjuntamente que el elector emitiera su voto con seguridad, en secreto y libertad, propiciando ahorros importantes en la logística electoral.

  5. El 30 de junio de 2005, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reformó la denominación del Libro Sexto, adicionándose los artículos 273 al 300 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, todos relativos al voto de los mexicanos residentes en el extranjero.

  6. Con fecha 14 de enero de 2008, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se expidió el nuevo Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Con tal Decreto, el Libro Sexto "Del Voto de los mexicanos residentes en el extranjero" quedó comprendido en los artículos del 313 al 339 del citado ordenamiento legal.

  7. El 18 de enero de 2011, mediante Acuerdo CG06/2011 el Consejo General del Instituto Federal Electoral creó, con carácter temporal, la Comisión del Voto de los Mexicanos Residentes en el Extranjero del Instituto Federal Electoral, a efecto de supervisar el desarrollo de los trabajos, actividades y proyectos que en materia del voto de los mexicanos residentes en el extranjero, se realizaron para la elección presidencial de 2012.

  8. Con fecha 25 de julio de 2011, en sesión ordinaria celebrada por el Consejo General del Instituto Federal Electoral emitió el Acuerdo número CG230/2011, por el que se aprobaron los Lineamientos generales para la conformación de la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 5 de septiembre de 2011.

  9. El 25 de enero de 2012, en sesión ordinaria, el Consejo General del Instituto Federal Electoral, emitió el Acuerdo número CG33/2012 por el que se aprobó el formato de la boleta para la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, el instructivo para su uso, así como los formatos de las actas para escrutinio y cómputo, y de los demás documentos y materiales que se utilizaron para atender el voto de los ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero, durante el Proceso Electoral Federal 2011-2012.

  10. Con fecha 14 de marzo del 2012, el Consejo General del Instituto Federal Electoral en su sesión extraordinaria aprobó el Acuerdo por el que se emitieron los Lineamientos para la Producción, Integración, Recepción y Envío del Paquete Electoral Postal y Recepción del Sobre Postal Voto, para el Proceso Electoral Federal 2011- 2012.

  11. El 10 de febrero de 2014, se publicó el decreto en el Diario Oficial de la Federación por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia político-electoral.

  12. Con fecha 3 de abril de 2014, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó el Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se propuso la integración del Consejo General del Instituto Nacional Electoral.

  13. El 4 de abril de 2014, los Consejeros Electorales del Instituto Nacional Electoral, rindieron protesta en sesión convocada para tal efecto, conforme a lo dispuesto por el artículo 110, numeral 7 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, vigente en ese momento.

  14. Con fecha 23 de mayo de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se expide la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley General de Partidos Políticos, ambas disposiciones jurídicas rectoras en materia electoral.

  15. El 6 de junio de 2014, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral mediante Acuerdo CG46/2014 aprobó entre otras, la integración de la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, misma que se instaló formalmente el 30 de junio de 2014.

  16. Con fecha 13 de agosto de 2014 el Consejo General del Instituto Nacional Electoral mediante Acuerdo CG114/2014, aprobó el Modelo de Casilla Única para las elecciones concurrentes celebradas en el año 2015.

  17. El 22 de octubre de 2014, en sesión extraordinaria y a través del Acuerdo CG218/2014, el Consejo General del citado instituto, aprobó los "Lineamientos para la impresión de documentos y producción de materiales electorales para los Procesos Electorales Federales y Locales", en los que se señalan los requisitos que deben contener en su diseño cada uno de los documentos electorales a utilizarse para el Proceso Electoral Federal 2014-2015.

  18. Con fecha 20 de noviembre de 2014, se aprobó el Acuerdo CG280/2014, por el cual el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó los diseños y la impresión de la boleta y los demás formatos de la documentación electoral de la elección de diputados federales para el Proceso Electoral Federal 2014-2015.

  19. El 25 de febrero del 2015, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, en sesión ordinaria y a través del Acuerdo CG71/2015, aprobó la modificación a los diseños de la boleta de la elección de Diputados Federales para el Proceso Electoral Federal 2014-2015, aprobados mediante el diverso CG349/2014, en cumplimiento a lo ordenado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

  20. El 1, 5 y 6 de marzo de 2015, los Partidos Políticos Nacionales Movimiento Ciudadano, MORENA y Encuentro Social, respectivamente, interpusieron Recurso de Apelación ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en contra del Acuerdo CG/71/2015 aprobado en sesión ordinaria, el 25 de febrero de 2015 por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral.

  21. Con fecha 1 de abril de 2015, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvió el Recurso de Apelación SUP-RAP-75/2015 y Acumulados, interpuestos por los Partidos Políticos Nacionales Movimiento Ciudadano, MORENA y Encuentro Social, CONFIRMANDO el Acuerdo CG71/2015 "por el que se modifican los diseños de la boleta de la elección de Diputados Federales para el Proceso Electoral 2014-2015, aprobados mediante el diverso CG349/2014, en cumplimiento a lo ordenado por la H. Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación al resolver los expedientes acumulados SUP-RAP-262/2014, SUP-RAP-1/2015 y SUP-RAP-2/2015".

  22. El 30 de septiembre de 2015, en sesión extraordinaria del Consejo General y mediante Acuerdo CG861/2015, se aprobó la comisión, con carácter temporal, para el seguimiento de los Procesos Electorales Locales 2015-2016.

  23. Con fecha 30 de octubre de 2015, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral en su sesión extraordinaria emitió el Acuerdo CG920/2015, por el que se aprobaron los Lineamientos del Instituto Nacional Electoral para la organización del voto de las y los mexicanos residentes en el extranjero en las entidades federativas que correspondan, durante los Procesos Electorales Locales de 2015-2016.

CONSIDERANDO

Considerandos Generales

  1. Que el artículo 34 de la Constitución Política de los Estados Unidos señala que son ciudadanos de la República los varones y mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan los requisitos de haber cumplido 18 años y tener un modo honesto de vivir.

  2. Que de conformidad con los artículos 41, Base V, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el Instituto Nacional Electoral es un organismo público autónomo dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los Partidos Políticos Nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene la ley.

  3. Que el artículo 41, Base V, apartado A de nuestra Carta Magna y 30, numeral 2 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, señalan que todas las actividades del Instituto se regirán por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad...

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