Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que en acatamiento a la sentencia emitida por la H. Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el recurso de apelación identificado con el número de expediente SUP-RAP-791/2015, se da respuesta a la consulta planteada por el representante propietario del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo General, relacionada con el plazo para presentar acuerdo de candidatura común, para la elección extraordinaria de Gobernador en el Estado de Colima

Fecha de disposición11 Enero 2016
Fecha de publicación11 Enero 2016
EmisorINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
SecciónTERCERA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG1003/2015.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE EN ACATAMIENTO A LA SENTENCIA EMITIDA POR LA H. SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN EN EL RECURSO DE APELACIÓN IDENTIFICADO CON EL NÚMERO DE EXPEDIENTE SUP-RAP-791/2015, SE DA RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR EL REPRESENTANTE PROPIETARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA ANTE EL CONSEJO GENERAL, RELACIONADA CON EL PLAZO PARA PRESENTAR ACUERDO DE CANDIDATURA COMÚN, PARA LA ELECCIÓN EXTRAORDINARIA DE GOBERNADOR EN EL ESTADO DE COLIMA

ANTECEDENTES

  1. El 10 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia político-electoral y por el que se establece la extinción del Instituto Federal Electoral, dando origen al Instituto Nacional Electoral.

  2. El inciso a), del párrafo segundo, del Apartado C, de la Base V del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que el Instituto Nacional Electoral podrá asumir directamente la realización de las actividades propias de la función electoral que corresponden a los órganos electorales locales.

  3. El 23 de mayo de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se expide la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que abroga al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

  4. El 6 de junio de 2014, el H. Congreso del estado de Colima, aprobó el Decreto No. 315, mediante el cual se reforman, adicionan y derogan, diversas disposiciones del Código Electoral del estado de Colima. El mismo fue publicado en el Periódico Oficial del estado de Colima el catorce de junio siguiente.

  5. El 14 de octubre de 2014, inició el Proceso Electoral Local 2014-2015, en el estado de Colima, para elegir entre otros, al Gobernador de la citada entidad federativa.

  6. El 7 de junio del año en curso, se llevó a cabo la Jornada Electoral, para elegir, entre otros, al Gobernador del estado de Colima.

  7. Del 12 al 14 de junio de 2015, el Consejo General del Instituto Electoral Local, realizó el cómputo estatal de la Elección de Gobernador del estado de Colima, llevó a cabo el recuento de votos en la totalidad de las casillas instaladas para esa Elección y al finalizar realizó de nueva cuenta el cómputo estatal de la Elección de Gobernador, declaró la validez de la Elección y en consecuencia expidió la constancia de mayoría al candidato postulado por la Coalición integrada por los Partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza.

  8. Inconformes con lo anterior, entre el 13 y el 17 de junio del año en curso, los Partidos Revolucionario Institucional, Acción Nacional, Nueva Alianza y la Coalición integrada por los partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, interpusieron sendos juicios de inconformidad ante el Tribunal Electoral del estado de Colima. Los mismos que fueron radicados bajo la clave JI-01/2015 y acumulados.

  9. El 7 de agosto de 2015, el Tribunal Electoral del estado de Colima, resolvió los juicios de inconformidad identificados con la clave JI/01/2015 y acumulados, en el sentido de declarar la validez de la votación emitida en todas las casillas que fueron materia de impugnación y en consecuencia

    declarar improcedente la pretensión de invalidar la Elección de Gobernador del estado de Colima.

    En contra de tal determinación, el 11 de agosto siguiente, se presentaron dos medios de impugnación por parte del Partido Acción Nacional y Jorge Luis Preciado Rodríguez, mismos que fueron radicados ante la H. Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (en adelante Sala Superior), bajo los números de expediente SUP-JRC-678/2015 y SUP-JDC-1272/2015, respectivamente.

  10. El 30 de septiembre del año en curso, en sesión extraordinaria, se aprobó el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se crea con carácter temporal la Comisión para el Seguimiento de los Procesos Electorales Locales 2015-2016" identificado con la clave INE/CG861/2015.

  11. El 22 de octubre siguiente, la Sala Superior resolvió los juicios identificados con las claves SUP-JRC-678/2015 y SUP-JDC-1272/2015, en los que determinó, entre otras cosas, declarar la nulidad de la Elección de Gobernador del estado de Colima, y se instruyó a este Instituto a que procediera a organizar la elección extraordinaria.

  12. El 30 de octubre del año en curso, en sesión extraordinaria fue aprobado el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se asume directamente y con lo que se inicia la realización de las actividades propias de la función electoral inherente a la Elección Extraordinaria en el estado de Colima, en cumplimiento de la sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación recaída al juicio de revisión constitucional electoral SUP-JRC-678/2015 y su ACUMULADO" identificado con la clave INE/CG902/2015.

  13. Mediante Decreto No. 09, aprobado el 4 de noviembre de 2015, y publicado en el Periódico Oficial del estado de Colima el 7 de noviembre siguiente, el H. Congreso del estado de Colima expidió la...

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