Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se aprueban los Lineamientos para la destrucción de los votos válidos, los votos nulos, las boletas sobrantes y la demás documentación del Proceso Electoral Federal 2014-2015

Fecha de disposición27 Octubre 2015
Fecha de publicación27 Octubre 2015
EmisorINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG840/2015.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE LOS VOTOS VÁLIDOS, LOS VOTOS NULOS, LAS BOLETAS SOBRANTES Y LA DEMÁS DOCUMENTACIÓN DEL PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2014-2015

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 6 de abril de 1990, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el texto de la reforma concerniente al artículo 41 Constitucional, el cual dio origen al Instituto Federal Electoral como un organismo público autónomo encargado de realizar la función estatal de organizar las elecciones.

  2. El 15 de agosto de 1990, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto por el que el Congreso de la Unión expidió el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

  3. Con fecha 20 de julio de 1994, en sesión ordinaria, se aprobó el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se establecen los "Lineamientos a las Juntas Distritales Ejecutivas para la destrucción de la documentación electoral a la conclusión del Proceso Electoral Federal de 1994".

  4. El 29 de septiembre de 1995, en sesión ordinaria, y mediante Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral, se aprobó el establecimiento de los criterios para que las Juntas Distritales Ejecutivas procedieran a la destrucción de los sobres que contienen los expedientes de las elecciones federales de 1994.

  5. Con fecha 27 de junio de 1997, el Instituto Federal Electoral, mediante sesión extraordinaria, aprobó el Acuerdo por el que se establece el plazo para la destrucción de la documentación electoral, a la conclusión del Proceso Electoral Federal de 1997.

  6. En cumplimiento al Acuerdo señalado en el numeral anterior, en sesión ordinaria celebrada el 30 de enero de 1998, se aprobó el Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral, por el que se establecen los "Lineamientos para el estudio y análisis de la documentación electoral y por el que se emiten criterios para que las Juntas Ejecutivas Distritales procedan a la destrucción de los sobres que contienen la documentación electoral de las elecciones federales de 1997".

  7. En relación al Acuerdo del numeral anterior, el día 6 de febrero de 1998, el Partido Revolucionario Institucional interpuso un recurso de apelación, inconformándose del mismo.

  8. El 18 de marzo de 1998, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió en el expediente SUP-RAP-004/98:

    (...)

    PRIMERO.- "Queda intocada la parte del Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral, de treinta de enero, mediante la cual se establecen los mecanismos y se faculta a las Juntas Ejecutivas Distritales, para proceder a la destrucción de los expedientes..."

    SEGUNDO.- "Se revoca [...], en la parte que fue recurrido, por la que se establecieron los Lineamientos para el estudio y análisis de la documentación del Proceso Electoral..."

    TERCERO.- "Se ordena la destrucción de la documentación electoral, [...] la cual debe abarcar la totalidad de los paquetes electorales..."

    (...)

  9. Con fecha 30 de enero de 2001, a través de sesión ordinaria, el Consejo General del Instituto Federal Electoral, aprobó el Acuerdo CG07/2001, por el que se emiten criterios para que las Juntas Distritales Ejecutivas procedan a la destrucción de los sobres que contienen la documentación electoral de las elecciones federales de 2000.

  10. El 21 de octubre de 2003, en sesión ordinaria celebrada por el Consejo General del entonces Instituto Federal Electoral aprobó con el número CG431/2003, el Acuerdo por el que se emiten criterios para la destrucción y evaluación de los paquetes electorales que contienen la documentación electoral de las elecciones federales de 2003.

  11. Con fecha 13 de Octubre de 2004, el Consejo General del Instituto Federal Electoral, en sesión

    ordinaria emitió el Acuerdo CG149/2004, por el que se emiten criterios para la destrucción de los paquetes electorales que contienen la documentación electoral de las Elecciones Federales Extraordinarias, celebradas en los distritos electorales federales uninominales 06 del estado de Coahuila y 05 del estado de Michoacán.

  12. El 14 de julio de 2010, en sesión extraordinaria del Consejo General del entonces Instituto Federal Electoral, se aprobó el Acuerdo CG233/2010, mismo que contiene los "Lineamientos para la destrucción de los sobres que contienen los votos válidos, los votos nulos, las boletas sobrantes y la lista nominal del Proceso Electoral Federal 2008-2009".

  13. Con fecha 3 de octubre de 2012, a través de sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto referido, aprobó el Acuerdo CG659/2012, por el que se determina la realización de Estudios de la Documentación Electoral utilizada durante el Proceso Electoral Federal 2011-2012.

  14. En la misma sesión, se aprobó el Acuerdo CG660/2012 por el que se emiten los "Lineamientos para la destrucción de los votos válidos, los votos nulos, las boletas sobrantes y la Lista Nominal del Proceso Electoral Federal 2005-2006", así como el Acuerdo CG661/2012, por el que se aprueban los Lineamientos para la Destrucción de los Votos Válidos, los Votos Nulos y las Boletas Sobrantes del Proceso Electoral Federal 2011-2012.

  15. El 14 de noviembre de 2012, el Consejo General del Instituto Federal Electoral, en sesión extraordinaria, emitió el Acuerdo CG714/2012 por el que se atiende la petición formulada por el Comité de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas, para suspender la destrucción de las boletas electorales de la elección del 2 de julio de 2006.

  16. En la misma sesión, el Consejo General aprobó el Acuerdo CG715/2012 por el que se determina solicitar a comisiones, la realización de estudios técnicos y jurídicos a fin de determinar la viabilidad de practicar estudios a la documentación electoral utilizada durante el Proceso Electoral Federal 2005-2006.

  17. Con fecha 17 de enero de 2013, la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral presentó en sesión extraordinaria de la Comisión de Organización Electoral, el Informe preliminar sobre la destrucción de los votos válidos, los votos nulos y las boletas sobrantes del Proceso Electoral Federal 2011-2012, que complementará el Informe de la destrucción de la muestra separada para estudios y el resto de la documentación electoral de esas elecciones.

  18. El 22 de agosto de 2013, se recibió en la Oficialía de Partes de la oficina del Consejero Presidente del Consejo General del Instituto Federal Electoral, el oficio número DDH03462, de fecha 21 de agosto del año referido, suscrito por el C. Juan Manuel Gómez Robledo, Subsecretario para Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos de la Secretaría de Relaciones Exteriores, al que adjunta la comunicación G/SO 215/51 MEX (1) 2202/2012, enviada por la Secretaría de las Naciones Unidas, Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, en el que transmite el texto del Dictamen final emitido por el Comité de Derechos Humanos, del 18 de julio de 2013.

  19. El 29 de agosto de 2013, mediante escrito de fecha, el Lic. Álvaro de Lucio Ortega informó al Dr. Leonardo Valdés Zurita, Consejero Presidente del Instituto Federal Electoral, que con fecha 17 de diciembre de 2010 presentó una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, registrada bajo el número P-1810-10. En este tenor, el citado ciudadano adjunta copia simple de un oficio recibido con fecha del día 20 de junio de 2011, signado por el C. Santiago A. Cantón, Secretario Ejecutivo de ese organismo internacional, en el cual le indican que la denuncia se encuentra bajo estudio conforme a las normas reglamentarias vigentes; por lo anterior, solicita la suspensión de la destrucción de la documentación electoral del 2006.

  20. Con fecha 29 de agosto de 2013, en sesión ordinaria, el Consejo General del otrora, recibió el Estudio muestral de las boletas electorales en las elecciones federales de 2012: características del voto nulo en las elecciones de presidente, senadores y diputados.

  21. El fecha 2 de septiembre de 2013, el Consejo General del Instituto Federal Electoral, en sesión extraordinaria aprobó el Acuerdo CG238/2013 por el que queda sin efecto el punto primero del Acuerdo CG714/2012 por el que se atendió la petición formulada por el Comité de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas para suspender la destrucción de las boletas electorales de la elección del 2 de julio de 2006", y por el que modifica el Acuerdo CG660/2012 mediante el cual se emitieron "Lineamientos para la destrucción de los votos válidos, los votos nulos, las boletas sobrantes y la lista nominal del Proceso Electoral Federal 2005-2006"; en acatamiento a lo ordenado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación al resolver el Recurso de Apelación identificado bajo el número de expediente SUP-RAP-477/2012 y su acumulado SUP-RAP-491/2012.

  22. Con fecha 4 de septiembre 2013, a través de sesión Extraordinaria, el Consejo General del entonces Instituto Federal Electoral, aprobó el Acuerdo CG238/2013, por el que queda sin efecto el punto primero del

    Acuerdo CG714/2012 por el que se atendió "La petición formulada por el comité de derechos humanos de la organización de naciones unidas para suspender la destrucción de las boletas electorales de la elección del 2 de julio de 2006", y por el que modifica el Acuerdo CG660/2012 mediante el cual se emitieron "Los lineamientos para la destrucción de los votos válidos, los votos nulos, las boletas sobrantes y la lista nominal del Proceso Electoral Federal 2005-2006"; en estricto acatamiento a lo ordenado por la H. Sala...

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