Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se instruye a la Junta General Ejecutiva realizar las acciones necesarias para el desarrollo e implementación de una aplicación informática que contribuya al cumplimiento de las obligaciones de los partidos políticos y candidatos, así como de las atribuciones que en materia de fiscalización tiene el Instituto Nacional Electoral

Fecha de disposición02 Junio 2015
Fecha de publicación02 Junio 2015
EmisorINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
SecciónCUARTA. Organismos Autonomos

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG47/2015.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE INSTRUYE A LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA REALIZAR LAS ACCIONES NECESARIAS PARA EL DESARROLLO E IMPLEMENTACIÓN DE UNA APLICACIÓN INFORMÁTICA QUE CONTRIBUYA AL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS Y CANDIDATOS, ASÍ COMO DE LAS ATRIBUCIONES QUE EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN TIENE EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

ANTECEDENTES

  1. El 31 de enero de 2014 el Presidente de la República promulgó la Reforma Constitucional en Materia Político-Electoral, aprobada por el Congreso de la Unión y la mayoría de las legislaturas estatales.

  2. El 10 de febrero de 2014, mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, se reformó el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual dispone, en su Base V, Apartado A, párrafos primero y segundo, que el Instituto Nacional Electoral es un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los Partidos Políticos Nacionales y los ciudadanos; asimismo, es autoridad en la materia electoral, independiente en sus decisiones y funcionamiento y profesional en su desempeño, regido por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad.

  3. En el citado Decreto, en su artículo 41, Base V, Apartado B, penúltimo párrafo, se establece que corresponde al Consejo General del Instituto Nacional Electoral la fiscalización de las finanzas de los partidos políticos relativas a los Procesos Electorales, Federal y Local, así como de las campañas de los candidatos.

  4. El 23 de mayo de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en cuyo Libro Cuarto, Título Segundo, Capítulos Cuarto y Quinto, se establecen las facultades y atribuciones de la Comisión de Fiscalización y de la Unidad Técnica de Fiscalización respectivamente, así como las reglas para su desempeño y los límites precisos respecto de su competencia.

  5. En la misma fecha se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley General de Partidos Políticos, en la que se establece, entre otras cuestiones el régimen para la fiscalización de los partidos políticos.

  6. En sesión extraordinaria celebrada el 6 de junio de 2014, mediante Acuerdo INE/CG45/2014, se aprobó el Reglamento de Comisiones del Consejo General del Instituto Nacional Electoral.

  7. En la sesión extraordinaria referida en el antecedente anterior, mediante el Acuerdo INE/CG46/2014, se aprobó la integración de las Comisiones Permanentes y Temporales del Consejo General de este Instituto, así como del Órgano Garante de la Transparencia y el Acceso a la Información. Tratándose de la Comisión de Fiscalización se determinó que sería presidida por el Consejero Electoral Dr. Benito Nacif Hernández, e integrada por la Consejera Electoral Mtra. Beatriz Eugenia Galindo Centeno, y los Consejeros Electorales Lic. Enrique Andrade González, Dr. Ciro Murayama Rendón y Lic. Javier Santiago Castillo.

  8. El 17 de junio de 2014 se instaló la Comisión de Fiscalización del Consejo General del Instituto Nacional Electoral.

  9. El 2 de julio de 2014, en sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó el Acuerdo INE/CG85/2014 por el que se instruye a la Junta General Ejecutiva, bajo la coordinación de la Secretaría Ejecutiva, realizar los trabajos para el Desarrollo del Sistema en Línea de Contabilidad de los partidos políticos, aspirantes, precandidatos y candidatos.

  10. En sesión extraordinaria de 9 de julio de 2014, el Consejo General aprobó el Acuerdo INE/CG93/2014, por el cual se determinan normas de transición en materia de fiscalización.

  11. El 10 de julio de 2014, en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo INE/CG85/2014, la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral emitió el Acuerdo INE/JGE39/2014 por el que se aprobó el Plan de Trabajo para el Desarrollo del Sistema en Línea de Contabilidad de los partidos políticos, aspirantes, precandidatos y candidatos.

  12. En la misma fecha, de conformidad con lo señalado en los Acuerdos INE/CG85/2014 e INE/JGE39/2014, la Comisión de Fiscalización aprobó el Plan de Trabajo para el Desarrollo del Sistema en Línea de Contabilidad de los partidos políticos, aspirantes, precandidatos y candidatos.

  13. El 14 de julio de 2014, en sesión extraordinaria, el Consejo General aprobó el Acuerdo INE/CG98/2014, mediante el cual se autorizó el Plan de Trabajo para el Desarrollo del Sistema en Línea de Contabilidad de los partidos políticos, aspirantes, precandidatos y candidatos.

  14. Los días 05 y 06 de agosto del año 2014 se sostuvieron reuniones de trabajo con todos los partidos políticos, en donde se discutió la propuesta de diseño y alcances del Sistema en Línea Contabilidad de los partidos políticos, aspirantes, precandidatos y candidatos, y se recogieron las opiniones planteadas por los mismos.

  15. El 11 de agosto de 2014 la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral emitió el Acuerdo INE/JGE42/2014 por el que se aprobó la propuesta de Diseño y Alcances del Sistema en Línea de Contabilidad de los partidos políticos, aspirantes, precandidatos y candidatos, mismo que se remitió a la Comisión de Fiscalización para su discusión y aprobación.

  16. En la misma fecha, la Comisión de Fiscalización en sesión extraordinaria de carácter urgente, aprobó por unanimidad el proyecto de Acuerdo del Consejo General por el que se aprueba el Diseño y Alcances del Sistema en Línea de Contabilidad de los partidos políticos, aspirantes, precandidatos y candidatos para someterlo a consideración del Consejo General.

  17. El 13 de agosto de 2014 el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, mediante Acuerdo INE/CG120/2014, aprobó el Diseño y Alcances del Sistema en Línea de Contabilidad de los partidos políticos, aspirantes, precandidatos y candidatos.

  18. El 12 de agosto de 2014, en atención a la solicitud remitida por el encargado de despacho de la Unidad Técnica de Fiscalización, el Comité en Materia de Tecnologías de Información y Comunicaciones aprobó el dictamen para la contratación del servicio de implementación y soporte del Sistema de Contabilidad en Línea de los partidos políticos, aspirantes, precandidatos y candidatos.

  19. El 20 de agosto de 2014 el Subcomité Revisor de Convocatorias, en la Décimo Cuarta Sesión Extraordinaria aprobó la convocatoria al procedimiento de adquisición por invitación a cuando menos tres personas identificado con el número IA3-INE-016/2014.

  20. El 22 de agosto de 2014 el Instituto emitió la invitación a cuando menos tres personas IA3-INE-016/2014, a cuatro proveedores: Scytl México, S.R.L. de C.V.; Corporación de Servicios en Tecnologías de la Información, S.A. DE C.V.; Servicios Tecnología y Organización, S.A. de C.V.; Indra Sistemas México S.A. de C.V.

  21. El 11 de septiembre de 2014 el INE declaró desierta la invitación debido a que ninguna de las propuestas técnicas presentadas alcanzó la puntuación mínima necesaria para estar en condiciones de considerar la propuesta económica.

  22. El 12 de septiembre de 2014 se emitió la segunda convocatoria de la invitación a cuando menos tres personas a los mismos cuatro proveedores indicados en el antecedente XX, identificada como IA-INE-018/2014.

  23. El 29 de septiembre de 2014 la Dirección Ejecutiva de Administración emitió el fallo al procedimiento de invitación a cuando menos tres personas identificada con el numero IA-INE-018/2014, en el cual resultó adjudicado el consorcio encabezado por la empresa Scytl México, S. de R.L. de C.V. en participación conjunta con las empresas Scytl Secure Electronic Voting S.A., Soe Software Corporation INC, Cloud Date Processing and Storage S.A. de C.V. y Mainbit S.A de C.V.

  24. El 30 de septiembre de 2014 el Instituto Nacional Electoral celebró el contrato INE/SERV/024/2014, cuyo objeto fue la prestación del servicio para la implementación y soporte del Sistema de

    Contabilidad en Línea de los partidos políticos, aspirantes, precandidatos y candidatos.

  25. En la Cláusula Quinta de dicho contrato se estableció que los entregables del sistema se realizarían en los siguientes plazos:

    Proceso
    Fecha
    Entregables
    Entrega del Sistema (1ª etapa: módulo de contabilidad)
    14 de diciembre 2014
    Módulo de contabilidad
    Capacitación a funcionarios del INE y partidos políticos (1ª etapa: módulo de contabilidad)
    Del 15 de diciembre de
    2014 al 09 de enero de
    2015
    Acreditaciones de cursos
    de capacitación
    Puesta en operación del Sistema (1ª etapa: módulo de contabilidad)
    Tercera semana de
    enero de 2015
    Puesta en operación del
    Sistema (1ª Etapa: Módulo
    contabilidad)
    Entrega del Sistema (2ª etapa: módulo de fiscalización)
    14 de marzo de 2015
    Módulo de fiscalización
    Capacitación a funcionarios del INE y partidos políticos (2ª etapa: módulo de fiscalización)
    Del 15 al 27 de marzo
    de 2015
    Acreditaciones de cursos
    de capacitación
    Puesta en operación del Sistema (2ª etapa: módulo de fiscalización)
    30 de marzo de 2015
    Puesta en operación...

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