Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal, por el que se modifica el diverso ACU-500-15, relativo a la distribución del Financiamiento Público para Gastos de Campaña de los(as) Candidatos(as) Independientes que obtuvieron su registro para contender al cargo de Jefe(a) Delegacional o Diputado(a) a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal por el Principio de Mayoría Relativa, en el Proceso Electoral Ordinario 2014-2015

INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL

Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal, por el que se modifica el diverso ACU-500-15, relativo a la distribución del Financiamiento Público para Gastos de Campaña de los(as) Candidatos(as) Independientes que obtuvieron su registro para contender al cargo de Jefe(a) Delegacional o Diputado(a) a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal por el principio de mayoría relativa, en el Proceso Electoral Ordinario 2014-2015.

A n t e c e d e n t e s :

  1. El 10 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Constitución), en materia político-electoral, entre otras, el artículo 41 constitucional.

  2. El 23 de mayo de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Ley General).

  3. El 27 de junio de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Estatuto del Gobierno del Distrito Federal (Estatuto de Gobierno).

  4. El 27 y 30 de junio de 2014, se publicaron en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, los Decretos por los que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal (Código).

  5. El 7 de octubre de 2014, el órgano superior de dirección del Instituto Electoral del Distrito Federal (Instituto Electoral), emitió el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal por el que se aprueba la convocatoria dirigida a la ciudadanía y partidos políticos a participar en el Proceso Electoral Ordinario 2014-2015, para elegir Diputados a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y Jefes Delegacionales, cuya jornada electoral se celebrará el siete de junio de 2015", identificado con la clave alfanumérica ACU-55-14.

  6. El 11 de noviembre de 2014, mediante Acuerdo identificado con la clave ACU-69-14, el Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal (Consejo General) aprobó los Lineamientos para el registro de candidaturas independientes para los Procesos Electorales Ordinarios en el Distrito Federal y la Convocatoria dirigida a la ciudadanía del Distrito Federal interesada en obtener registro a las candidaturas independientes a los cargos de Jefatura Delegacional y Diputaciones a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (Asamblea Legislativa), en el Proceso Electoral Local Ordinario 2014-2015.

  7. El 19 de noviembre de 2014, se emitió el Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) por el que expide el Reglamento de Fiscalización y se abroga el Reglamento de Fiscalización del 4 de julio de 2011, identificado con clave INE/CG263/2014.

  8. El 22 de diciembre de 2014, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015, en el cual se encuentra integrado el correspondiente a este Instituto Electoral.

  9. Con fecha 9 de enero de 2015, el Consejo General aprobó el Acuerdo por el que se determina el Financiamiento Público para Gastos de Campaña de los Partidos Políticos y Candidatos Independientes a ejercer en el Proceso Electoral Ordinario 2014-2015, identificado con clave ACU-04-15.

  10. El 9 de enero de 2015, el Consejo General aprobó el Acuerdo por el que se determina el Tope de Gastos de Campaña para Diputados a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y Jefes Delegacionales, en el Proceso Electoral Ordinario 2014-2015, identificado con clave ACU-05-15.

  11. El 1 de marzo de 2015, se emitió el Acuerdo del Consejo General del INE por el que se aprueba la facultad de atracción respecto del criterio general de interpretación relativo a la obligatoriedad de constituir una asociación civil para la rendición de cuentas y fiscalización de las campañas electorales de los Candidatos Independientes con efecto en el Distrito Federal, Nuevo León y Querétaro, con clave INE/CG77/2015.

  12. Con fecha 1 de marzo de 2015, se emitió el Acuerdo del Consejo General del INE por el que se aprueba el criterio general de interpretación relativo a la obligatoriedad de constituir una asociación civil para la rendición de cuentas y fiscalización de las campañas electorales de los Candidatos Independientes con efecto en el Distrito Federal, Nuevo León y Querétaro, con clave INE/CG78/2015.

  13. El 3 de marzo de 2015, el órgano superior de dirección de este Instituto Electoral, aprobó los Dictámenes de la Dirección Ejecutiva de Asociaciones Políticas (Dirección Ejecutiva) relativos a que los(as) ciudadanos(as) relacionados(as) en el Antecedente XIV del presente Acuerdo, cumplieron con el mínimo de firmas de apoyo requerido para su registro como candidatos(as) independientes a Jefe(a) Delegacional o Diputado(a) a la Asamblea Legislativa, en el Proceso Electoral Ordinario 2014-2015, en términos del Acuerdo identificado con la clave ACU-30-15.

  14. El 13 de abril de 2015, el Consejo General y los Consejos Distritales correspondientes, aprobaron los acuerdos mediante los cuales, se otorgaron los registros condicionados a las fórmulas de candidatos(as) independientes siguientes:

    No. Candidatos Independientes Que integran la formula

    Distrito Acuerdo

    1 Judith Barrios Bautista Propietario VII CDVII/ACU-01/15

    María Acela Moyeda Huerta Suplente

    2 Efraín Morales Sánchez Propietario XXI CDXXI/ACU-01/15

    Larisa Palmira Velarde Méndez Suplente

    3 Edgar Adán Montero Alarcón Propietario...

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