Acuerdo del Consejo General por el que se aprueba la modificación al Catálogo de Unidades Territoriales 2022, así como al Marco Geográfico de Participación Ciudadana 2022, en términos de lo informado por la Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios, y Comunidades Indígenas Residentes en la Ciudad de México. (IECM/ACU-CG-003/2023)

72 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 23 de enero de 2023

INSTITUTO ELECTORAL

Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México, por el que se aprueba la modificación al Catálogo de Unidades Territoriales 2022, así como al Marco Geográfico de Participación Ciudadana 2022, en términos de lo informado por la Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios, y Comunidades Indígenas Residentes en la Ciudad de México. (IECM/ACU-CG-003/2023)

A n t e c e d e n t e s :

I. El 03 de agosto de 2010, mediante Acuerdo ACU-22-10, el Consejo General del entonces Instituto Electoral del Distrito Federal (Consejo General), aprobó el Catálogo de Colonias y Pueblos Originarios del Distrito Federal, correspondiente al Marco Geográfico de Participación Ciudadana que contenía 1,775 colonias y 40 Pueblos Originarios.

II. La primera elección de Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos se celebró el domingo 24 de octubre de 2010, los cuales duraron en su encargo hasta 2013.

III. Derivado de la modificación de límites delegacionales entre Tláhuac-Xochimilco y Tlalpan -Xochimilco, conforme a lo establecido en los Acuerdos (CG71/2013) y (CG72/2013), del Consejo General del otrora Instituto Federal Electoral, publicados en el Diario Oficial de la Federación los días 4 y 5 de abril de 2013, este órgano máximo de dirección local, aprobó el 23 de mayo de 2013, mediante el Acuerdo ACU-20-13, el Marco Geográfico Electoral que contemplaba 5,539 secciones electorales.

IV. El 22 de mayo de 2013, la Diputación Permanente de la entonces Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó un Punto de Acuerdo de urgente y obvia resolución, mediante el cual, por única ocasión, para la elección concurrente de Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos, así como Consulta Ciudadana sobre Presupuesto Participativo 2014, determinó que se realizara con la cartografía utilizada en 2010 en los casos de TláhuacXochimilco.

V. El 31 de mayo de 2013, mediante Acuerdo ACU-23-13 del Consejo General, se aprobó el Marco Geográfico de Participación Ciudadana 2013, con 1,753 Colonias y 40 Pueblos Originarios.

Los límites entre las delegacionales Tláhuac y Xochimilco, para efectos de participación ciudadana, fueron considerados tomando en cuenta el criterio de identidad, de modo que fortaleciera el arraigo, el sentido de pertenencia y la idea de comunidad que tienen los habitantes del Pueblo Originario de Santiago Tulyehualco (Barrios de San Sebastián y San Isidro), así como de la colonia Olivar Santa María, a la entonces delegación Xochimilco.

VI. El 01 de septiembre de 2013, se realizó la segunda elección de Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos, de forma conjunta con la Consulta Ciudadana en materia de Presupuesto Participativo 2014.

VII. El 21 de abril de 2016, mediante Acuerdo ACU-30-16 del Consejo General aprobó el Marco Geográfico de Participación Ciudadana, que se aplicaría en la elección de Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos 2016, de la Ciudad de México, con 1,775 colonias y 40 Pueblos Originarios.

VIII. El 25 de mayo de 2016, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Decreto con el que el pleno de la Asamblea Legislativa aprobó la reforma al Artículo Décimo Tercero Transitorio de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, en la cual se determinó la incorporación de cuatro Pueblos Originarios de la entonces delegación La Magdalena Contreras: La Magdalena Atlitic, San Jerónimo Aculco-Lídice, San Bernabé Ocotepec y San Nicolás Totolapan; y otros cuatro de la otrora delegación Cuajimalpa de Morelos: San Pedro Cuajimalpa, San Pablo Chimalapa, San Lorenzo Acopilco y San Mateo Tlatenango; los cuales serían considerados como Pueblos Originarios de esta Ciudad de México, para efecto de elegir un Consejo de los Pueblos en cada uno.

IX. El 06 de junio de 2016, el Consejo General emitió el Acuerdo ACU-36-16, por el que se ajustó el Marco Geográfico de Participación Ciudadana 2016, aprobado mediante acuerdo ACU-30-16, derivado del Decreto por el cual se reformó el Artículo Décimo Tercero Transitorio de la Ley de Participación, que se aplicaría en la elección de Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos de 2016.

X. El 04 de agosto de 2016, el pleno del entonces Tribunal Electoral del Distrito Federal resolvió el juicio electoral TEDF-JEL-026/2016, promovido por los Comités Ciudadanos de la Colonias Cuajimalpa I y Cuajimalpa II, en el sentido de revocar el Acuerdo ACU-36-16, para el efecto de que se emitiera otro de manera fundada y motivada, sobre el Marco Geográfico que se aplicaría para la elección de los Comités Ciudadanos y los Consejos de los Pueblos de 2016, en atención a las modificaciones realizadas por la Asamblea Legislativa, en específico sobre el Pueblo de San Pedro Cuajimalpa.

XI. El 11 de agosto de 2016, las entonces Comisiones Unidas de Educación Cívica y Capacitación, de Organización y Geoestadística Electoral y de Participación Ciudadana del Instituto Electoral, aprobaron la Convocatoria a la Ciudadanía de las Colonias CUAJIMALPA I y CUAJIMALPA II, correspondientes a las secciones electorales 780, 781, 782, 783, 784, 790, 791, 792, 793, 799, 800 y 801, de la otrora Delegación Cuajimalpa de Morelos, para participar en la Consulta para obtener elementos de identidad que permitieran delimitar el territorio del Pueblo Originario "SAN PEDRO CUAJIMALPA", en acatamiento a la sentencia dictada por el Tribunal Electoral en el expediente TEDF-JEL-026/2016.

XII. Los días 9, 10 y 11 de agosto de 2016, 200 ciudadanas y ciudadanos residentes de las otrora colonias SAN JERONIMO LIDICE I, SAN JERONIMO LIDICE II y SAN JERONIMO ACULCO (PBLO), presentaron ante el entonces Instituto Electoral del Distrito Federal igual número de juicios para la protección de los derechos político-electorales en contra del Acuerdo ACU-36-16, los cuales fueron turnados para su atención y trámite respectivos al entonces Tribunal Electoral del Distrito Federal.

XIII. El 21 de agosto de 2016, el Instituto Electoral realizó la Consulta sobre la delimitación territorial que debía corresponder al Pueblo Originario de "SAN PEDRO CUAJIMALPA" y que se aplicaría al Marco Geográfico para la Elección de Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos 2016 y para la Consulta Ciudadana sobre Presupuesto Participativo 2017.

XIV. El 25 de agosto de 2016, el Consejo General del Instituto aprobó modificar el Acuerdo ACU-36-16 por el que se ajustó el Marco Geográfico de Participación Ciudadana 2016, aprobado mediante acuerdo ACU-36-16, derivado del Decreto por el cual se reforma el Artículo Décimo Tercero Transitorio de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, que se aplicará en la elección de Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos de 2016, en acatamiento a la sentencia dictada por el entonces Tribunal Electoral del Distrito Federal, en el juicio electoral identificado con el número de expediente TEDF-JEL-026/2016.

En este Acuerdo se llegó a la conclusión de que el Pueblo de SAN PEDRO CUAJIMALPA se compone con la fusión del territorio que integraban las Colonias CUAJIMALPA I y CUAJIMALPA II. En tal sentido, el Marco Geográfico de Participación Ciudadana 2016, se conformó con 1,764 Colonias y 48 Pueblos Originarios.

XV. El 25 de agosto de 2016, el pleno del Tribunal Electoral resolvió los juicios electorales identificados con los números de expedientes TEDF-JLDC-2240/2016 y ACUMULADOS, TEDF-JLDC-2241/2016 y ACUMULADOS, TEDF-JLDC-2242/2016 y ACUMULADOS, TEDF-JLDC-2243/2016 y ACUMULADOS, TEDF-JLDC-2244/2016 y ACUMULADOS, en el sentido de revocar el Acuerdo ACU-36-16, para los efectos de emitir otro de manera fundada y motivada, sobre el Marco Geográfico que se aplicaría para la elección de los Comités Ciudadanos y los Consejos de los Pueblos de 2016, en atención a las modificaciones realizadas por la Asamblea Legislativa, en específico sobre el Pueblo de SAN JERONIMO ACULCO-LIDICE.

XVI. El 30 de agosto de 2016, el Consejo General mediante el Acuerdo ACU-51-16, aprobó la Convocatoria a la ciudadanía de las Unidades Territoriales antes conocidas como SAN JERONIMO LIDICE I, SAN JERONIMO LIDICE II y SAN JERONIMO ACULCO (PBLO), correspondientes a las secciones electorales 2977, 2978, 2980, 2981, 2982, 2983, 2998, 2999, 3000, 3001, 3002, 3003, 3004, 3005, 3006, 3007, 3026, 3028, 3029, 3030 y

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3032, de la otrora Delegación La Magdalena Contreras, a participar en la Consulta para obtener elementos de identidad que permitieran delimitar el territorio del Pueblo Originario "SAN JERÓNIMO ACULCO-LIDICE" en acatamientos a las sentencias dictadas.

XVII. El 16 de octubre de dos mil dieciséis, el Instituto Electoral realizó la consulta a la ciudadanía de las otrora colonias SAN JERONIMO LIDICE I, SAN JERONIMO LIDICE II y SAN JERONIMO ACULCO (PBLO), en la que se obtuvieron resultados de identidad para apoyar los trabajos de delimitación del Pueblo Originario de SAN JERÓNIMO ACULCO-LIDICE.

XVIII. El 19 de octubre de 2016, las Comisiones Unidas de Educación Cívica y Capacitación, de Organización y Geoestadística Electoral y de Participación Ciudadana, conocieron, opinaron favorablemente y aprobaron el Dictamen sobre la delimitación territorial del Pueblo Originario de "SAN JERONIMO ACULCOLIDICE" (CUECyC-OyGE-PC-28-2016) y el Anteproyecto de Acuerdo correspondiente.

XIX. El 21 de octubre de 2016, el Consejo General aprobó modificar el Acuerdo ACU-36-16 por el que se ajustó el Marco Geográfico de Participación Ciudadana 2016, aprobado mediante Acuerdo ACU-30-16, derivado del Decreto por el cual se reformó el Artículo Décimo Tercero Transitorio de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, que se aplicaría en la elección de Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos de 2016, en acatamiento a las sentencias dictadas por el otrora Tribunal Electoral del Distrito Federal en los juicios electorales identificados con los números de expedientes...

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