Acuerdo del Consejo Consultivo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos mediante el cual se aprueba la modificación del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Fecha de publicación08 Octubre 2021
SecciónUNICA. Organismos Autonomos
EmisorCOMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
ACUERDO del Consejo Consultivo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos mediante el cual se aprueba la modificación del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
ACUERDO del Consejo Consultivo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos mediante el cual se aprueba la modificación del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
ACUERDO DEL CONSEJO CONSULTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.
MA. DEL ROSARIO PIEDRA IBARRA, Presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 102 apartado B de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos; 5 último párrafo, 6 fracción X, 15 fracciones I y III, 17 y 19 fracciones I y II de la Leyde la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; y 18 y 40 del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y
CONSIDERANDO
Que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos es un Organismo que cuenta con autonomía de gestión y presupuestaria, personalidad jurídica y patrimonio propios, con base en lo dispuesto en el artículo 102, apartado "B" de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que éste establece sus propias disposiciones y lineamientos normativos para cumplir con las funciones que le han sido encomendadas;
Que el 12 de agosto de 2003, se emitió el acuerdo del Consejo Consultivo mediante el cual se expidió el Reglamento Interno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de septiembre de 2003 y entró en vigor el 1 de enero de 2004;
Que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, armoniza el Reglamento Interno en cumplimiento de las obligaciones previstas por la LeyGeneral de Comunicación Social, vigente a partir del 11 de mayo de 2018 y que de manera expresa, en su artículo 30, establece que, los Órganos a los que la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos les otorga autonomía, deberán prever en su Reglamento Interior, el mecanismo para la elaboración, aprobación y registro de las Estrategias y Programas Anuales de Comunicación Social;
Que se requiere precisar funciones y atribuciones para optimizar la operación interna de la Comisión Nacional, a fin de regular el gasto en materia de Comunicación Social, estableciendo lo pertinente relativo a la designación de la Secretaría Administradora de la Comisión Nacional, en términos de la LeyGeneral de Comunicación Social, que, en razón de la naturaleza de las funciones y atribuciones del Órgano o Unidad Administrativa designado para tal efecto, haga las veces de ésta;
Que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos se encuentra comprometida con el cabal cumplimiento de su función institucional, en razón de las obligaciones constitucionales y convencionales en materia de la protección, defensa y promoción de los derechos humanos, por lo que resulta oportuno el fortalecimiento y optimización de sus Oficinas Foráneas;
Que con fecha 19 de noviembre del 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Federal de Austeridad Republicana, la cual, en su artículo 1, párrafo segundo, refiere que, los Poderes Legislativo y Judicial, así como los órganos constitucionales autónomos tomarán las acciones necesarias para dar cumplimiento a la referida Ley, de acuerdo con la normatividad aplicable a cada uno de ellos, cuando se les asignen recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación;
Que para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Federal de Austeridad Republicana, el 10 de marzo del 2021, se emitieron las Normas en Materia de Austeridad de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, mismas que establecen en su numeral 4.1. que, se deberán ajustar las estructuras orgánicas y ocupacionales de conformidad con los principios de racionalidad y austeridad de la Comisión Nacional, eliminando todo tipo de duplicidades;
Que para efectos de lo anterior, es preciso eliminar las duplicidades que actualmente realiza la Secretaría Técnica del Consejo Consultivo y que, por Leyde la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, le competen a la Secretaría Ejecutiva de esta Comisión Nacional; por ende y en aras de fortalecer la observancia al bloque de constitucionalidad y a la progresividad de los derechos humanos, la Secretaría Ejecutiva, entre otras funciones, tendrá a su cargo la elaboración de propuestas de políticas públicas encaminadas a la protección y defensa, así como de promoción y difusión de los derechos humanos;
Que es necesario agilizar los trámites internos de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, para una mejor protección y defensa de los derechos humanos de las personas quejosas y agraviadas, por lo cual, se debe definir la manera en que se realizarán las notificaciones de los diversos documentos generados en la tramitación de los asuntos competencia de este órgano constitucional autónomo;
Que el artículo de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos establece que todas las autoridades tienen la obligación, entre otras, la de proteger los derechos humanos y el deber de prevenir las violaciones a éstos; por lo tanto, en las medidas cautelares o precautorias que solicite la Comisión Nacional, se requiere que éstas se lleven a cabo a la brevedad posible, para evitar la consumación irreparable de violaciones a derechos humanos, o la producción de daños de difícil reparación al agraviado o víctima. Así como, para ser oportunas dichas medidas, deben solicitarse bajo el principio de buena fe y sin prejuzgar sobre la veracidad de los hechos;
Que es obligación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos proporcionar un marco jurídico acorde con los estándares de protección a los derechos humanos de las personas quejosas y agraviadas, en irrestricto cumplimiento del artículo de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos, que permita el acceso a la justicia con perspectiva de género, enfoque de inclusión, interseccionalidad y garantía del derecho a la verdad;
Que es necesario consolidar la armonización normativa de la Comisión Nacional, para dar cabal cumplimiento al artículo Constitucional, en el marco normativo institucional acorde con principios y estándares de derechos humanos, en este caso, del Reglamento Interno de la Comisión Nacional, derivando de ello en instrumentos recomendatorios acordes a las obligaciones del Estado mexicano. Por lo que la reforma que se propone permitirá atender a dichas obligaciones, así como proteger los derechos humanos de todas las personas víctimas que han sido parte de un procedimiento de queja que ha concluido en una recomendación;
Que en materia de planeación y evaluación, en el cumplimiento de la misión institucional se requiere de un área que concentre la planeación, el seguimiento y cumplimiento de los programas de trabajo de los Órganos y Unidades Administrativas de la Comisión Nacional de manera estratégica, con un monitoreo puntual que permita detectar las debilidades de manera oportuna, para fortalecer los programas y, con ello, se cumplan las metas planeadas de manera eficiente, por lo que se propone el cambio de denominación y redefinición de funciones de la Dirección General de Planeación y Análisis por la de Dirección General de Planeación y Estrategia Institucional;
Que la demanda de las víctimas hace necesario la existencia de un área encargada de organizar, planear, analizar y evaluar de manera integrada y profesional, los servicios de especialidades científicas y técnicas requeridos por las áreas sustantivas de la Comisión Nacional, para dar certeza en la emisión de pruebas y la integración de los expedientes, mediante la creación de una Coordinación General de Especialidades Científicas y Técnicas;
Que el nuevo modelo organizacional requiere fortalecer el control interno sobre los recursos humanos y materiales, así como la planeación y evaluación interna, lo que hace necesario propiciar un mejor control respecto de los programas, el seguimiento de las metas institucionales y el gasto administrativo de la Comisión Nacional, lo que plantea cambiar la denominación y funciones de la Ofici...

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