Acuerdo por el que se da a conocer el cupo para importar azúcar en 2004

EmisorSecretaría de Economía

ACUERDO por el que se da a conocer el cupo para importar azúcar en 2004.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

FERNANDO DE JESUS CANALES CLARIOND, Secretario de Economía, con fundamento en los capítulos VII del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, IV del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Costa Rica y IV del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Nicaragua, y en los artículos 4o. fracción III, 5o. fracción V, 6o., 17, 20, 23 y 24 de la Ley de Comercio Exterior; 9o. fracción III, 26, 31, 32, 33 y 35 de su Reglamento, 1 y 5 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que la industria azucarera nacional requiere de una reserva estratégica para garantizar el abasto interno de azúcar, equivalente a 35 días de consumo nacional;

Que la oferta nacional de azúcar podría llegar a ser insuficiente, por lo que sería necesario complementarla con importaciones, a efecto de que las industrias que la utilizan en sus procesos productivos no resulten afectadas;

Que el artículo único del Decreto por el que se establece el arancel-cupo para la importación de azúcar, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2004, da a conocer el arancel-cupo, aplicable a las siguientes fracciones arancelarias 1701.11.01, 1701.11.02, 1701.99.01, 1701.99.02 y 1701.99.99, cuando el importador cuente con certificado de cupo expedido por la Secretaría de Economía;

Que Promotora Azucarera, S.A. de C.V. es una sociedad mercantil constituida con fundamento en lo dispuesto por los artículos 29 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 75 de la Ley de Instituciones de Crédito, y 30 de la Ley Orgánica de Nacional Financiera, S.N.C. y ésta realiza operaciones de comercialización de azúcar a través de su Fideicomiso Comercializador;

Que el procedimiento de asignación del cupo que se trata en el presente Acuerdo, es un instrumento de la política sectorial para el abasto nacional, y

Que la medida a que se refiere el presente ordenamiento, cuenta con la opinión favorable de la Comisión de Comercio Exterior, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL...

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