Acuerdo del Comisionado Estatal de Seguridad Ciudadana del Estado de México por el que se establece el grado policial tope de ingreso, así como la homologación de grados para el desempeño de cargos administrativos de estructura o de dirección dentro de la Comisión Estatal de Seguridad Ciudadana del estado de México

Página 2 4 de agosto de 2016
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
LICENCIADO EDUARDO VALIENTE HERNÁNDEZ, EN MI CARÁCTER DE COMISIONADO ESTATAL DE SEGURIDAD
CIUDADANA Y CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 78 Y 86 BIS DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 1, 13, 15 Y 16 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; 1 FRACCIÓN IV, 2, 3, 4, 6 FRACCIÓN VI, 14 FRACCIÓN III, 16
APARTADO A, FRACCIONES III, VIII, XXVIII Y XXXVI Y 104 DE LA LEY DE SEGURIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO; 1,
3 FRACCIONES III Y XXV, 5, 6, 8 FRACCIONES II, XII, XXVIII, XXXIV Y XXXV Y SEXTO TRANSITORIO DE LA LEY QUE
CREA LA COMISIÓN ESTATAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL ESTADO DE MÉXICO; 1, 2, 3, 11 Y 12
FRACCIONES XI, XIII Y XVIII, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA COMISIÓN ESTATAL DE SEGURIDAD
CIUDADANA DEL ESTADO DE MÉXICO; Y,
C O N S I D E R A N D O
Que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, las entidades federativas y los municipios de conformidad
Que la Ley de Seguridad del Estado de México contempla a la Carrera Policial, como un sistema de carácter obligatorio y
permanente, conforme al cual se establecen los lineamientos que definen los procedimientos de reclutamiento, selección,
ingreso, formación, certificación, permanencia, evaluación, promoción y reconocimiento de los integrantes de las
Instituciones Policiales del Estado de México.
Que la integración, desarrollo y funcionamiento del Servicio Profesional de Carrera Policial constituye uno de los
instrumentos más importantes para consolidar la profesionalización integral de los integrantes de las instituciones de
seguridad pública del Estado, que contribuirá a mejorar la eficiencia del servicio y a promover una cultura de seguridad
pública que se traduzca en niveles de mayor confianza y credibilidad de la ciudadanía.
Que el Reglamento del Servicio Profesional de Carrera Policial, instrumento jurídico que tiene por objeto regular la Carrera
Policial como el sistema de carácter obligatorio y permanente de acuerdo con los lineamientos que definen los
procedimientos de planeación, ingreso, convocatoria, reclutamiento, selección, formación inicial, nombramiento,
certificación, plan individual de carrera, reingreso, permanencia, formación continua, evaluación, reconocimientos,
promoción, renovación de la certificación, licencias, permisos y comisiones, separación, remoción o baja, régimen
disciplinario y recursos de los Integrantes de la Comisión Estatal de Seguridad Ciudadana del Estado de México, de
conformidad con lo establecido en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la Ley de Seguridad del
Estado de México, el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y demás normatividad aplicable en la
materia.
En este sentido, el Grado Policial Tope de Ingreso permiten que los integrantes, de acuerdo a su preparación académica, se
encuentren en posibilidades de tener una categoría superior, como reconocimiento a dicho nivel académico. No obstante,
deberán cumplir con los demás requisitos de ingreso, como lo son el curso básico de formación policial, tal y como lo señala
el citado Reglamento.
.
Por otro lado, el Grado Policial Homologado, como lo especifica el numeral 24 del documento en cita, estará limitado en su
ejercicio al plazo que dure la comisión o designación, sin que ello represente una contraprestación económica superior a la
del grado que estuviesen ocupando.
Por otro lado, es importante precisar que el Grado Policial Homologado responde a la realidad que impera en la Comisión
Estatal de Seguridad Ciudadana del Estado de México, toda vez que dentro de la estructura autorizada para este órgano
desconcentrado, se cuenta con la asignación de plazas administrativas de direcciones de área y direcciones generales.
Bajo este contexto, dichas plazas serán homologadas en cuanto refiere al grado, más no a la percepción económica de
contraprestación, el cual se podrá ostentar mientras se tenga el encargo.
En este sentido resulta necesario establecer los grados policiales topes de ingreso, así como los grados homologados que
se otorgará a los integrantes de la Comisión Estatal de Seguridad Ciudadana en el ejercicio de sus funciones.

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