Acuerdo que autoriza la venta de lotes de la segunda etapa del fraccionamiento 'Los Naranjos', de los cuales forman parte las manzanas 4,5,6,7,8,9,10 y 11. Municipio de Colón, Qro.

3 de septiembre de 2021 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 40173
GOBIERNO MUNICIPAL
MUNICIPIO DE COLÓN, QRO.
El suscrito Ciudadano Lic. Sócrates Alejandro Valdez Rosales, Secretario del Ayuntamiento de Colón, Qro.,
en uso de las facultades que me confiere el artículo 47 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
Querétaro, hago constar y
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 12 (doce) de marzo de 2008 (dos mil ocho), asentada por el
No. de Acta No. 079, el H. Ayuntamiento de Colón, Qro., aprobó por Unanimidad de votos el Acuerdo que se
transcribe textualmente a continuación:
AUTORIZACIÓN DE VENTA DE LOTES DE LA 2DA. ETAPA DEL FRACCIONAMIENTO “LOS NARANJOS”.
VISTOS PARA RESOLVER Autorización que solicita el C. EDUARDO LOPEZ OTAMENDI, Representante de la
empresa denominada “DESARROLLO PIONERO S.A. DE C. V.” presentado con fecha 1 de Febrero del año dos
mil ocho, para la venta de lotes del fraccionamiento “Los Naranjos ” en el Municipio de Colón Qro. ETAPA DOS
del proyecto ya publicado en el diario Oficial con fecha 17 de Mayo del año 2002,en el cual se le autoriza ejecución
de Obras y Urbanización en dos etapas y venta provisional de lotes, la cual surtió efectos legales al día siguiente
de su Publicación . - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -CONSIDERANDO.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
I.- Que corresponde al H. Ayuntamiento del Municipio de Colón, Qro., de conformidad con lo dispuesto por los
Artículos 8 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 78 de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro Arteaga , Artículos 27, 30, 31 y 47 y demás relativos de la
Ley para la Organización Política y Administrativa del Municipio Libre del Estado de Querétaro, Artículos 14, 15,
16 y demás relativos del Código Urbano del Estado de Querétaro y ante la petición realizada ante éste H.
Honorable Cabildo adjuntando el plano del proyecto del fraccionamiento que se autorizó en sus dos etapas,
trámite necesario para dar inicio a la venta de lotes de la segunda etapa del fraccionamiento “Los Naranjos”.- - -
II.- Que mediante publicación de 17 de Mayo del año 2002 en el diario oficial (según anexo), se documentó la
autorización de impacto ambiental que otorgó la Secretaria de Desarrollo Sustentable en el proyecto, el dictamen
de uso de suelo debidamente autorizado por la Secretaria de Desarrollo Urbano y Obras públicas, la factibilidad
de condiciones de agua potable autorizado por la Comisión Estatal del Agua, la autorización de visto bueno de la
Dirección de Desarrollo Urbano y Vivienda respecto al proyecto de lotificación del fraccionamiento, así como la
Sesión de Cabildo de 11 de Abril del año 2002, en donde se realizó la aprobación del convenio para el pago de
obligaciones del fraccionador como áreas de donación, las cuales se documentan en la publicación previamente
citada y en el plano que se anexa al presente acuerdo, por último dada la autorización de la Secretaria de
Desarrollo Urbano y Obras Públicas emitió el dictamen para la urbanización del proyecto en dos etapas a
ejecutar.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
III.- Considerando que el proyecto publicado en el diario oficial de 17 de Mayo del año 2002, en tabla que describe
los lotes y manzanas de las etapas a ejecutar describe dos veces el lote 1 de la manzana 4 como área de
donación, es posible aclarar la publicación con la mención que las áreas de Donación según se aprecia en el
plano anexo corresponde a lote 1 ( uno) a 12 ( doce) de la manzana 4 (Cuatro), así como el Lote 13 (trece) de la
manzana 4 (cuatro) y que en la tabla de lotes aparecen dos lotes 1 de la Manzana cuatro, cuando en realidad se
trata del lote 13 y que en el texto de la publicación se describe.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
IV.- Tomando en cuenta que el destino de las áreas de Donación a favor del Municipio conservan una limitación
por cuanto a su destino, la publicación citada señala que dichas áreas no deberán de enajenarse, entendiendo
como tal la restricción a la Donación o cualquier otro tipo de transmisión que altere dicha área, es posible aclarar
esa restricción, ya que según se aprecia en Sesión de Cabildo de fecha 31 de Marzo del año 2005, el área
correspondiente a manzana 6 lote 1 y 2 fue donado a la Institución ISSSTE, la cual al día de hoy ha realizado
obra en los lotes otorgados, por lo cual los integrantes del H. Cabildo ratifican la donación realizada a la clínica
ISSSTE, obra que ya está terminada. Y desaparece esa restricción por cuanto al traslado de dominio, quedando

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