Acuerdo por el cual se autoriza la Venta de Lotes de la Etapa 3 del Fraccionamiento denominado 'Residencial Santa Fe'; ubicado en el km. 3+100 de la Carretera a Tlacote, Municipio de Corregidora, Qro.

21 de septiembre de 2018 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 34193
GOBIERNO MUNICIPAL
El que suscribe, Ciudadano, Licenciado Samuel Cárdenas Palacios, Secretario del Ayuntamiento de
Corregidora, Qro., de conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 fracción XII del Reglamento Interior del
Ayuntamiento de Corregidora, Qro., y en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 15 fracciones I, IV
y V del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Corregidora, Querétaro, hago constar
y
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 12 (doce) de junio de 2018 (dos mil dieciocho), el H.
Ayuntamiento de Corregidora, Qro., aprobó el Acuerdo por el cual se autoriza la Venta de Lotes de la Etapa
3 del Fraccionamiento denominado “Residencial Santa Fe”; ubicado en el km. 3+100 de la Carretera a
Tlacote, Municipio de Corregidora, Qro., solicitado por la empresa Desarrollos Santa Fe, S.A. de C.V.,
mismo que se transcribe textualmente a continuación:
“Miembros Integrantes del H. Ayuntamiento:
Con fundamento legal en lo dispuesto por los artículos 115 fracciones II y V, incisos d) y f) de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 30 fracción II,
inciso d) de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; 1, 13 Fracciones I, II, VII y XX, 131, 136, 145,
184, 186, 189, 197, 198, 199, 200, 201, 202, 203 y demás relativos del Código Urbano del Estado de Querétaro;
15 fracción XVII, 29, 34 y 47 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., 5, 15, 18 y 27 del
Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Corregidora, Qro., corresponde al H.
Ayuntamiento de Corregidora, Qro., conocer y resolver el Acuerdo por el cual se autoriza la Venta de Lotes
de la Etapa 3 del Fraccionamiento denominado “Residencial Santa Fe”; ubicado en el km. 3+100 de la
Carretera a Tlacote, Municipio de Corregidora, Qro., solicitado por la empresa Desarrollos Santa Fe, S.A.
de C.V., cuyo expediente administrativo se encuentra radicados ante la Secretaría del Ayuntamiento bajo el
números DAC/CAI/043/2018
C O N S I D E R A N D O
1. Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 115 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos los municipios son gobernados por un Ayuntamiento y la competencia que se otorga al gobierno
municipal se ejercerá de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno
del Estado.
2. Asimismo el artículo 115 fracción II párrafo Segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos establece que los municipios se encuentran facultados para emitir y aprobar disposiciones que
organicen la administración pública municipal así como para regular las materias, procedimientos,
funciones y servicios públicos de su competencia como lo es lo relativo al Desarrollo Urbano.
3. Que el artículo 186 del Código Urbano del Estado de Querétaro, establece las siguientes etapas en cuanto
al proceso de un fraccionamiento se refiere:
Artículo 186. El procedimiento de autorización de fraccionamientos se conforma de ETAPAS que
se otorgarán de forma sucesiva, a la conclusión de cada una de éstas; siendo las siguientes:

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