Acuerdo que autoriza la transmisión gratuita en favor del Municipio de San Juan del Río, de una superficie de 1,590.353 m2, correspondiente a la Fracción 3, del inmueble identificado con Clave Catastral 160100101025044, ubicado en Álvaro Obregón S/N, Col. Centro, en el Municipio de San Juan del Río, Qro.; así como la licencia de ejecución de obras de urbanización y la nomenclatura de dicha vialidad.

Pág. 10860 PERIÓDICO OFICIAL 8 de mayo de 2020
GOBIERNO MUNICIPAL
DEPENDENCIA:
SECRETARÍA DEL H.
AYUNTAMIENTO
SECCIÓN
CABILDO
RAMO:
CERTIFICACIONES
N° DE OFICIO:
SHA/0103/2020
La que suscribe Lic. Liliana San Martín Castillo, Secretaria del Ayuntamiento Constitucional de San Juan del Río,
Qro., con fundamento en las facultades que me confiere el artículo 47 de la Ley Orgánica Municipal del Estado
de Querétaro.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
---------------------------------------------------------------------Certifica:-------------------------------------------------------------------
Que mediante Sesión Ordinaria de cabildo de fecha 31 de enero de 2020, en el octavo punto del orden del día,
se emitió el siguiente acuerdo: -----------------------------------------------------------------------------------------------------------
VIII. Dictamen que emite para su aprobación la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, respecto del
escrito suscrito por el C. Pedro Francisco Garfias Alcántara, Administrador Único de la persona moral
Elemento Inmobiliario S.A. de C.V., mediante el cual solicita autorización de la donación en favor de este
Municipio, respecto de un predio de su propiedad ubicado en Calle Álvaro Obregón, Col. Centro, en este
Municipio, que se desprende del predio identificado mediante la clave catastral 160100101025044, a efecto
de que sea destinada como vialidad pública.--------------------------------------------------------------------------------------
------------------------------------------------------------------------Acuerdo-----------------------------------------------------------------
Primero.- Por unanimidad, y con fundamento en lo establecido en el artículo 115, fracción V, inciso d), el artículo
27, párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; la Ley General de Asentamientos
Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en su artículo 4, en su artículo 6, en su artículo 11,
fracción IV; la Constitución Política del Estado de Querétaro, en su numeral 35; el Código Urbano del Estado de
Querétaro, en su artículo 2, fracciones I, II, VI, VII y VIII, en su artículo 8, en su artículo 10, fracciones I y III; la
Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, en su numerales 30, fracción XVIII; el artículo 42 de del
Reglamento de Interior del Ayuntamiento del Municipio de San Juan del Río, Qro.; se aprueba el Dictamen que
emite la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, por lo cual se otorgan las siguientes autorizaciones:-
I. Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización;------------------------------------------------------------------------
II. Aceptación de la donación de la vialidad;------------------------------------------------------------------------------------
III. Nomenclatura;--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Correspondientes a la Fracción 3, del inmueble identificado con Clave Catastral 160100101025044,
ubicado en Álvaro Obregón S/N, Col. Cent ro, en este Municipio de San Juan del Río, Qro., el cual fuera
solicitado por el C. Pedro Francisco Garfias Alcántara, en su carácter de Administrador Único de
“Elemento Inmobiliario, S.A. de C.V.”; Dictamen que se inserta en este momento a partir de sus
considerandos:---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
“CONSIDERANDOS-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
I. Que el artículo 115, fracción V, inciso d) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece
como competencia de los municipios la facultad de autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo en su
respectiva jurisdicción territorial. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------
II.- Que la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, establece que
todas las personas sin distinción de sexo, raza, etnia, edad, limitación física, orientación sexual, tienen derecho a
vivir y disfrutar ciudades y Asentamientos Humanos en condiciones sustentables, resilientes, saludables,
productivos, equitativos, justos, incluyentes, democráticos y seguros. ---------------------------------------------------------
A efecto de lo anterior, esta Ley, en su artículo 4, precisa que la planeación, regulación y gestión de los
asentamientos humanos, Centros de Población y la ordenación territorial, deben conducirse en apego a los
siguientes principios de política pública: ------------------------------------------------------------------------------------------------
Derecho a la ciudad. Garantizar a todos los habitantes de un Asentamiento Humano o Centros de Población
el acceso a la vivienda, infraestructura, equipamiento y servicios básicos, a partir de los derechos reconocidos
por la Constitución Política de los Estados Unidos M exicanos y los tratados internacionales suscritos por México
en la materia; -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Accesibilidad universal y movilidad. Promover una adecuada accesibilidad universal que genere cercanía y
favorezca la relación entre diferentes actividades urbanas con medidas como la flexibilidad de Usos del suelo
compatibles y densidades sustentables, un patrón coherente de redes viales primarias, la distribución jerarquizada

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