Acuerdo por el que se Autoriza al Titular de la Secretaría de Trabajo, Previsión Social y Productividad a Celebrar Acuerdos y Convenios en el Ámbito de su Competencia.

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Gobernador del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Javier Duarte de Ochoa, Gobernador del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 50 párrafo cuarto de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 8 fracción VII, 9 fracción V, 12 fracción VII, 22 Bis y 22 Ter de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; y

C O N S I D E R A N D O

  1. Que el Gobernador del Estado, en su calidad de Titular del Poder Ejecutivo, cuenta con las facultades que expresamente le otorga el artículo 49 fracción XVII de la Constitución Política Estatal, para celebrar convenios y contratos en los diversos ramos de la Administración Pública con los gobiernos federal, estatales o municipales, así como con entidades descentralizadas, personas físicas o morales de carácter público o privado.

  2. Que el titular del Poder Ejecutivo para el despacho de los asuntos de su competencia cuenta con las dependencias centralizadas y entidades paraestatales que señala la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado.

  3. Que con el propósito de agilizar las acciones de la Administración Pública, el párrafo cuarto del artículo 50 de la Constitución Política del Estado, otorga a los Titulares de las dependencias y entidades la facultad de celebrar acuerdos y convenios en el ámbito de su competencia, con la autorización escrita del Ejecutivo.

Por lo anterior, he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO POR EL CUAL SE AUTORIZA AL TITULAR DE LA SECRETARÍA DE TRABAJO, PREVISIÓN SOCIAL Y PRODUCTIVIDAD A CELEBRAR ACUERDOS Y CONVENIOS EN EL ÁMBITO DE SU COMPETENCIA.

Único. Se autoriza al Titular de la Secretaría de Trabajo, Previsión Social y Productividad, a celebrar acuerdos y convenios en el ámbito de su competencia y conforme a la normatividad aplicable.

T R A N S I T O R I O S Artículos 675 a 678

Primero. Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial, órgano de Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

EDICTOS Y ANUNCIOS

LICENCIADA LAURA GÓMEZ CRUZ DE HERNÁNDEZ

NOTARÍA PÚBLICA NO. 8.POZA RICA, VER. ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

AVISO NOTARIAL En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 675 del Código de Procedimientos Civiles del Estado, se hace constar que por instrumento público 27,599 de fecha 26 de febrero del año 2015, otorgado ante esta notaría a mi cargo, los señores Alba Esmeralda Pulido Azuara, Judith Pulido Azuara, Elí Pulido Azuara, Ruth Pulido Azuara, Othoniel Pulido Azuara, Ana Maribel Pulido Azuara, Elda Magdalena Pulido Azuara, Leda Guadalupe Pulido Azuara, Rebeca Ceil Pulido Azuara y Aviud Pulido Azuara, todos por su propio derecho aceptaron la herencia, reconociéndose entre sí sus derechos hereditarios, y la señora Judith Pulido Azuara el cargo de albacea de la sucesión testamentaria de la finada Guadalupe Azuara Sánchez o Guadalupe Esmeralda Azuara Azuara o Guadalupe Azuara, y como albacea procederá a formular el inventario de los bienes de la herencia.

Para su publicación por dos veces de diez en diez días en la Gaceta Oficial del estado y periódico La Opinión de esta ciudad.

Poza Rica de Hidalgo, Ver., a 6 de marzo del año 2015

Licenciada Laura Gómez Cruz de Hernández, titular de la Notaría Pública número Ocho.Rúbrica.

Marzo 25. Abril 3 898

LICENCIADO DANIEL CORDERO GÁLVEZ.NOTARÍA

PÚBLICA NO. 16.NOGALES, VER.

ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

SEGUNDO AVISO NOTARIAL En cumplimiento al artículo seiscientos setenta y ocho del Código de Procedimientos Civiles del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, doy a conocer que los señores Juan José, Isabel, Gabriela, Emilia y Jesús, todos de apellidos Sandoval Velasco, solicitaron al suscrito intervenir en el procedimiento intestamentario extrajudicial a bienes de sus padres, quienes en vida llevaran los nombres de Jesús Sandoval Santacruz (padre) y Cipriana Velasco Espinoza y/o Cripriana Velazco Espinoza (madre), manifestándome además, bajo formal protesta de decir verdad, son las únicas personas que tienen derecho a heredar.

Nogales, Ver., a 6 de febrero del año dos mil quince

Licenciado Daniel Cordero Gálvez, Notaría Dieciséis, Nogales, Ver.Rúbrica.

Artículo 678

del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Veracruz, 2 (dos) publicaciones de diez en diez días en la Gaceta Oficial y en un periódico de mayor circulación.

Marzo 25. Abril 3 899

LICENCIADO DANIEL CORDERO GÁLVEZ.NOTARÍA

PÚBLICA NO. 16.NOGALES, VER.

ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

AVISO NOTARIAL DE SUCESIÓN

SEGUNDA Y ÚLTIMA PUBLICACIÓN

Por escritura número 3995 (tres mil novecientos noventa y cinco) de fecha 29 de noviembre del año dos mil catorce, los señores Carmen Sánchez Sánchez, María del Carmen Solano Sánchez, Luis Omar Solano Sánchez, Jesús Edgar Solano Sánchez, Ángel Manuel Solano Sánchez y Erika Solano Sánchez, otorgaron el inicio del procedimiento intestamentario extrajudicial a bienes de quien en vida llevara el nombre de Ángel Solano Ramírez, así como las siguientes diligencias: I. Información testimonial ad perpétuam de hecho conocido para acreditar el derecho a heredar; II. Declaración notarial de derecho a heredar; III. Aceptación y reconocimiento de derechos hereditarios; IV. La cesión de derechos hereditarios; V. Designación de albacea, aceptación del cargo y protesta. Asimismo, la señora Carmen Sánchez Sánchez aceptó el cargo de albacea, manifestando que procedería a formular inventario y avalúo correspondiente.

Licenciado Daniel Cordero Gálvez, titular de la Notaría número Dieciséis de la decimoquinta demarcación notarial, Nogales, Ver.Rúbrica.

SEGUNDA Y ÚLTIMA PUBLICACIÓN

Por escritura número 3911 (tres mil novecientos once) de fecha seis de noviembre del año dos mil catorce, los señores María Angélica González Reyna, María Angélica Arceo González, Jaime Óscar Arceo González y Luis Felipe Arceo González,

con la comparecencia de sus testigos, los señores Pedro Cassou Amador, María de Guadalupe Solís Sansores y Fabiola López Meléndez, otorgaron el inicio del procedimiento sucesorio intestamentario extrajudicial a bienes de quien en vida llevara el nombre de Jaime Arceo Parra y en consecuencia las siguientes diligencias: I. Información testimonial ad perpétuam de hecho conocido para acreditar el derecho a heredar; II. Declaración notarial de derecho a heredar; III. Aceptación y reconocimiento de derechos hereditarios; IV. Cesión de derechos hereditarios; V. Reconocimiento de única y universal heredera; VI. Designación de albacea, aceptación del cargo y protesta. Asimismo, la señora María Angélica González Reyna aceptó el cargo de albacea, manifestando que procedería a formular inventario y avalúo correspondiente.

Licenciado Daniel Cordero Gálvez, titular de la Notaría número Dieciséis de la decimoquinta demarcación notarial, Nogales, Ver.Rúbrica.

Artículo 675

del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Veracruz, 2 (dos) publicaciones de diez en diez días en la Gaceta Oficial y en un periódico de mayor circulación.

Marzo 25. Abril 3 900

LICENCIADO DANIEL CORDERO GÁLVEZ.NOTARÍA

PÚBLICA NO. 16.NOGALES, VER.

ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

AVISO NOTARIAL DE SUCESIÓN

Artículo 675

del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Veracruz, 2 (dos) publicaciones de diez en diez días en la Gaceta Oficial y en un periódico de mayor circulación.

Marzo 25. Abril 3 901

LICENCIADO DANIEL CORDERO GÁLVEZ.NOTARÍA

PÚBLICA NO. 16.NOGALES, VER.

ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

SEGUNDO AVISO NOTARIAL En cumplimiento al artículo seiscientos setenta y ocho del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, doy a conocer que los señores Raúl Gasga Hernández y Julieta Gasga Hernández, solicitaron al suscrito intervenir en el procedimiento intestamentario extrajudicial a bienes de su padre, quien en vida llevara el nombre de Raúl Natividad Gasga León, manifestándome además, bajo formal protesta de decir verdad, son las únicas personas que tienen derecho a heredar.

Nogales, Ver., a 30 de enero del año dos mil quince

Licenciado Daniel Cordero Gálvez, Notaría Dieciséis, Nogales, Ver.Rúbrica.

Artículo 678

del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Veracruz, 2 (dos) publicaciones de diez en diez días en la Gaceta Oficial y en un periódico de mayor circulación.

Marzo 25. Abril 3 902

LICENCIADA OLGA REBECA LÓPEZ NASSAR

NOTARÍA PÚBLICA NO. 13.COATZACOALCOS, VER.ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

AVISO NOTARIAL La señora Guadalupe Jiménez Martínez inició ante mi fe la sucesión intestamentaria extrajudicial a bienes de su finado esposo, el señor Víctor Solano Rodríguez, para los efectos a que se refiere el artículo 678 del Código Procesal Civil reformado del Estado, se publica este aviso dos veces de diez en diez días en la Gaceta Oficial del estado y en el periódico Diario del Istmo que se edita en esta ciudad.

Coatzacoalcos, Ver., a 25 de febrero de 2015

Licenciada Olga Rebeca López Nassar, notario público número trece.Rúbrica.

Marzo 25. Abril 3 903

PODER JUDICIAL

JUZGADO 6º DE 1ª INSTANCIA.COATZACOALCOS,

VER.ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

E D I C T O Se hace saber que en el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Coatzacoalcos, Veracruz, con domicilio en avenida Zaragoza 711 colonia Centro, se encuentra radicado el expediente 1788/2013/IV, juicio ordinario civil promovido por Joaquín Cruz Gutiérrez y María Isolina o Ysolina García Pérez, en contra de Miguel García Blanco y otros, demandando la nulidad de escritura pública y otras prestaciones, lo anterior por haberse ordenado emplazar por edictos al demandado Roberto Ocampo del Ángel, para que en el término de nueve días contados a partir del siguiente al de la última publicación de los edictos ordenados, comparezca ante este H. Juzgado Sexto de Primera Instancia, con domicilio en la avenida Ignacio Zaragoza setecientos once, colonia Centro, código postal 96400, a dar contestación a la demanda instaurada...

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