Acuerdo por el cual se autoriza la Relotificación de la Sección 8 perteneciente al fraccionamiento 'Vista Real', la cual junto con la Sección 9, forman una superficie total de 138,429.88 m2. Municipio de Corregidora, Qro.

Pág. 25796 PERIÓDICO OFICIAL 6 de julio de 2018
GOBIERNO MUNICIPAL
La que suscribe, Ciudadana, Licenciada Ma. Elena Duarte Alcocer, Secretaria del Ayuntamiento de
Corregidora, Qro., de conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 fracción XII del Reglamento Interior del
Ayuntamiento de Corregidora, Qro., y en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 15 fracciones I,
IV y V del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Corregidora, Querétaro, hago
constar y
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 30 (treinta) de enero de 2018 (dos mil dieciocho), el H.
Ayuntamiento de Corregidora, Qro., aprobó el Acuerdo por el cual se autoriza la Relotificación de la
Sección 8 perteneciente al fraccionamiento “Vista Real”, la cual junto con la Sección 9, forman una
superficie total de 138,429.88 m2, solicitado por la empresa Inmobiliaria M y Construcciones S.A. de
C.V., mismo que se transcribe textualmente a continuación:
“Miembros Integrantes del H. Ayuntamiento:
Con fundamento legal en lo dispuesto por los artículos 115 fracción V, incisos a) y d) de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 30 fracción II, inciso
d), 121 y 122 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; 1, 14 Fracción II, 13 Fracciones I, XII, XIII
y XIX, 17, 82, 83, 109, 111, 113, 114, 118, 119, 143, 147, 154 Fracción III, 156 y 167 y demás relativos del
Código Urbano para el Estado de Querétaro, vigente hasta el día 30 de Junio de 2012 y en términos del Artículo
Sexto transitorio del actual Código Urbano; 5, 15, 18, 25 y 27 del Reglamento Orgánico de la Administración
Pública del Municipio de Corregidora, Qro., 15 fracción XVII, 29, 34 y 47 del Reglamento Interior del
Ayuntamiento de Corregidora, Qro., corresponde a este H. Ayuntamiento conocer y resolver el Acuerdo por el
cual se autoriza la Relotificación de la Sección 8 perteneciente al fraccionamiento “Vista Real”, la cual
junto con la Sección 9, forman una superficie total de 138,429.88 m2, solicitado por la empresa
Inmobiliaria M y Construcciones S.A. de C.V., cuyo expediente administrativo obra en la Secretaría del
Ayuntamiento bajo el número DAC/CAI/099/2017 y
C O N S I D E R A N D O
1. Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 115 fracción I de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos los municipios son gobernados por un Ayuntamiento y la competencia que se otorga al
gobierno municipal se ejercerá de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el
gobierno del Estado.
2. Asimismo el artículo 115 fracción II párrafo Segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos establece que los municipios se encuentran facultados para emitir y aprobar disposiciones que
organicen la administración pública municipal así como para regular las materias, procedimientos,
funciones y servicios públicos de su competencia como lo es lo relativo al Desarrollo Urbano.
3. En cuanto al tema de Relotificación, los siguientes artículos del Código Urbano del Estado de Querétaro,
establecen lo siguiente:
Artículo 149. El desarrollador podrá solicitar a la autoridad competente, la relotificación de los
desarrollos inmobiliarios cuando éstos no rebasen la densidad autorizada en los programas
de desarrollo urbano donde se ubique el predio a desarrollar; acreditando al efecto los
requisitos previstos en el presente Código.
En caso de haber modificaciones respecto de superficies vendibles, vialidades y equipamientos,
se hará el ajuste técnico correspondiente, así como el cobro de los derechos y otorgamiento de
garantías, a cuyo efecto deberá emitirse la autorización correspondiente.

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