Acuerdo por el que se autoriza la Relotificación, Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización y Nomenclatura de las Vialidades de nueva creación del Polígono 1, del Fraccionamiento Industrial 'Parque industrial Querétaro', ubicado en el Km 28.5 de la carretera federal 57 Querétaro-San Luis Potosí, Delegación Municipal Santa Rosa Jáuregui. Municipio de Querétaro, Qro.

Pág. 21440 PERIÓDICO OFICIAL 2 de noviembre de 2017
GOBIERNO MUNICIPAL
LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA, SECRETARIO DEL
AYUNTAMIENTO, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47
FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 20 FRACCIÓN IX
DEL REGLAMENTO INTERIOR DE AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 26 de Septiembre del 2017, el Honorable Ayuntamiento del
Municipio Querétaro, aprobó el Acuerdo por el que se Autoriza la Relotificación, Licencia de Ejecución de Obras
de Urbanización y Nomenclatura de las Vialidades de nueva creación del Polígono 1, del Fraccionamiento
Industrial “Parque industrial Querétaro”, ubicado en el Km 28.5 de la carretera federal 57 Querétaro-San Luis
Potosí, Delegación Municipal Santa Rosa Jáuregui, el que textualmente señala:
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II Y V INCISOS A, D Y F DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 2; 30 FRACCIÓN II INCISO D Y F
Y 38 FRACCIÓN VIII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 149 DEL
CÓDIGO URBANO PARA EL ESTADO DE QUERÉTARO; ARTÍCULO 73 DEL CÓDIGO MUNICIPAL DE
QUERÉTARO; 22, 23 PRIMER PÁRRAFO, 25, 28 Y 34 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL
AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO.
C O N S I D E R A N D O
1. El artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los
Municipios están investidos de personalidad jurídica y manejan su patrimonio; en esa misma disposición
constitucional y en el artículo 30 fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro se contempla
que, los Ayuntamientos, como órgano de gobierno de aquéllos, son competentes para aprobar los bandos de
policía y gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus
respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, que regulen las materias,
procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y que aseguren la participación ciudadana y
vecinal.
2. En términos de lo que establece el artículo 149 del Código Urbano el desarrollador podrá solicitar a la
autoridad competente, la relotificación de los desarrollos inmobiliarios cuando éstos no rebasen la densidad
autorizada en los programas de desarrollo urbano donde se ubique el predio a desarrollar.
3. Mediante escritos de fechas 29 de mayo, 26 de junio, 5 de julio y 10 de agosto todos de 2017, dirigidos al Lic.
Rafael Fernández de Cevallos y Castañeda, Secretario del Ayuntamiento del Municipio de Querétaro, la
persona moral denominada “Promociones Industriales de Querétaro”, S. A. de C. V., a través de su
Representante Legal Lic. Rubén Pozas Gutiérrez, solicita la Autorización del Proyecto de Relotificación,
Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización y Nomenclatura para las vialidades de nueva creación, del
Fraccionamiento Industrial denominado “Parque Industrial Querétaro”, Polígono 1, ubicado en el Km. 28.5 de la
Carretera Federal 57 Querétaro-San Luis Potosí, perteneciente a la Delegación Municipal Santa Rosa Jáuregui;
radicándose en la Secretaría del Ayuntamiento, bajo el número de expediente 11/DSRJ F6.

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