Acuerdo por el que se autoriza la relotificación del asentamiento humano denominado 'Altos del Salitre', delegación municipal Epigmenio González. Municipio de Querétaro, Qro.

Fecha de publicación18 Marzo 2022
Fecha de disposición18 Marzo 2022
Número de Gaceta19
18 de marzo de 2022 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 5821
GOBIERNO MUNICIPAL
M. EN D. JESÚS ROBERTO FRANCO GONZÁLEZ, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN EJERCICIO DE
LA FACULTAD QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47 FRACCIÓN IV, DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL
DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 20 FRACCIÓN IX DEL REGLAMENTO INTERIOR DE AYUNTAMIENTO DE
QUERÉTARO;
C E R T I F I C O:
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 22 de febrero de 2022, el Honorable Ayuntamiento del Municipio
de Querétaro, aprobó el Acuerdo por el que se Autoriza la Relotificación del Asentamiento Humano Denominado
“Altos del Salitre”, Delegación Municipal Epigmenio González, que a la letra señala:
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II Y V INCISOS A, D Y F DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 2; 30 FRACCIÓN II INCISO D, F Y 38 FRACCIÓN VIII,
DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 149 DEL CÓDIGO URBANO PARA EL
ESTADO DE QUERÉTARO; ARTÍCULO 73 DEL CÓDIGO MUNICIPAL DE QUERÉTARO; 22, 23 PRIMER
PÁRRAFO, 25, 28 Y 34 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO, Y:
C O N S I D E R A N D O:
1. El artículo 115 fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los
Municipios están investidos de personalidad jurídica y manejan su patrimonio; en esa misma disposición
constitucional y en el artículo 30 fracción I, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro se contempla que,
los Ayuntamientos, como órgano de gobierno de aquéllos, son competentes para aprobar los bandos de policía y
gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas
jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, que regulen las m aterias, procedimientos,
funciones y servicios públicos de su competencia y que aseguren la participación ciudadana y vecinal.
2. Con el objeto de regularizar los asentamientos humanos que han ido creciendo de manera irregular, es decir fuera
del marco legal aplicable y de conformidad con la Ley para la Regularización de los Asentamientos Humanos
Irregulares del Estado de Querétaro, aprobada con fecha 19 de marzo de 2009 por la LV Legislatura del Estado de
Querétaro, publicada en el periódico oficial del estado “La Sombra de Arteaga” número 20 de fecha 20 de Marzo de
2009, instrumento jurídico que tiene como finalidad dar certeza jurídica de propiedad de los lotes que ya se
encuentran ocupados por los particulares, permitiendo avanzar en los procesos de regularización y escrituración del
Asentamiento Humano.
3. Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 16 de Diciembre de 2008, y con la finalidad de otorgar certeza
jurídica a los habitantes de este Municipio al Regularizar el Asentamiento Humano Irregular Denominado “Altos del
Salitre”, ubicado en las parcelas 126 y 127 P 1/1 del Ejido San Pablo, el H. Ayuntamiento del Municipio de Querétaro,
aprobó el Acuerdo relativo al Cambio de Uso de Suelo a Habitacional con Densidad de Población de 300 Hab/Ha,
para la parcela 127 Z-1 P1/1, Ejido San Pablo, Delegación Municipal Epigmenio González, por cuanto ve a la parcela
126 Z-1 P 1/1, se encuentra en zona destinada a uso habitacional con densidad de población de 200 Hab/Ha. de
conformidad con el Plan Parcial de Desarrollo Urbano de la Delegación Municipal Epigmenio González, aprobado
en sesión ordinaria de cabildo de fecha 11 de Diciembre de 2007.
4. En fecha 14 de agosto del año 2012, el Ayuntamiento del Municipio de Querétaro aprobó el Acuerdo de cabildo
relativo a la Autorización de Regularización del Asentamiento Humano Denominado “Altos del Salitre” ubicado en
las Parcelas 126 y 127 P 1/1 del Ejido San Pablo, Delegación Municipal Epigmenio González, con una superficie de
124, 791.45.
La regularización del Asentamiento Humano denominado “Altos del Salitre” ubicado en las parcelas 126 y 127 Z-1
P1/1, del Ejido San Pablo, con superficie de 124,791.45 m2, se autorizó por ser parte del Programa de Regularización
de Asentam ientos Humanos Irregulares ubicados en el Municipio de Querétaro, aprobado mediante Acuerdo de
Cabildo de fecha 22 de junio del año 2010, y de conformidad con el Convenio de Colaboración para el Desarrollo
Urbano y la Regularización Integral de Asentamiento Humano del Municipio de Querétaro.

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