Acuerdo que autoriza la Regularización del Asentamiento Humano denominado ―Jardines de la Corregidora‖, ubicado en la Parcela 105 Z-1 P3/6 del Ejido El Pueblito, Municipio de Corregidora, Qro.

Pág. 14836 PERIÓDICO OFICIAL 24 de julio de 2015
GOBIERNO MUNICIPAL
El que suscribe, Ciudadano, Licenciado Miguel Angel Melgoza Montes, Secretario del Ayuntamiento de
Corregidora, Qro., de conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 fracción XII del Reglamento Interior del
Ayuntamiento de Corregidora, Qro., y en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 15 fracciones I,
IV y V del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Corregidora, Querétaro, hago
constar y
C E R T I F I C O
Que en Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha 05 (cinco) de junio de 2015 (dos mil quince), el H.
Ayuntamiento de Corregidora, Qro., aprobó el Acuerdo que autoriza la Regularización del Asentamiento
Humano denominado “Jardines d e la Co rregidora”, ubicado en la Parcela 105 Z-1 P3/6 del Ejido El
Pueblito, Municipio de Corregidora, Qro., solicitado por la Comisión para la Regularización de la
Tenencia de la Tierra (CORETT), mismo que se transcribe textualmente a continuación:
“Miembros Integrantes del H. Ayuntamiento:
Con fundamento legal en lo dispuesto por los artículos 115 fracción V, incisos a) y d) de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción VIII, 6 y 9 fracciones I, III y X de la Ley General de Asentamientos
Humanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 30 fracción II, inciso d), 121 y 122 de la Ley
Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; 1, 13, 14 fracción III, 17, 21, 22, 28, 32, 82 al 99, 109 al 118, 140
al 170, 237, 250 y demás relativos y aplicables del Código Urbano para el Estado de Querétaro abrogado en
correlación al Artículo Sexto Transitorio del mismo ordenamiento en vigor; 5, 15, 18 y 25 del Reglamento
Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Corregidora, Qro; 15 fracción XVII, 29, 34 y 47 del
Reglamento Interior del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., corresponde a este H. Ayuntamiento conocer y
resolver el Acuerdo que autoriza la Regularización del Asentamiento Humano denominado “Jardines de
la Corregidora”, ubicado en la Parcela 105 Z-1 P3/6 del Ejido El Pueblito, Municipio de Corregidora, Qro.,
solicitado por la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra (CORETT) , cuyo expediente
administrativo obra en la Secretaría del Ayuntamiento bajo el número DAC/CAI/132/2014, y
C O N S I D E R A N D O
1. Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 115 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos los municipios son gobernados por un Ayuntamiento y la competencia que se otorga al gobierno
municipal se ejercerá de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno
del Estado.
2. Asimismo el artículo 115 fracción II párrafo Segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos establece que los municipios se encuentran facultados para emitir y aprobar disposiciones que
organicen la administración pública municipal así como para regular las materias, procedimientos,
funciones y servicios públicos de su competencia como lo es lo relativo al Desarrollo Urbano.
3. Que el artículo 2 fracción VIII de la Ley General de Asentamientos Humanos, define al Desarrollo Urbano
como el proceso de planeación y regulación de la fundación, conservación, mejoramiento y
crecimiento de los centros de población.
4. En relación al tema en estudio, el artículo 5 fracciones I y IV de la Ley General de Asentamientos Humanos
señala:
“ARTICULO 5o.- Se considera de utilidad pública:
I. La fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de pobl ación; …
IV. La regularización de la tenencia de la tierra en los centros de población; …”

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