Acuerdo que autoriza recibir en donación las Fracciones 1 y 3 del predio rústico ubicado en Los Olvera, Rancho Cimatario, Municipio de Corregidora, Qro., mismas que hacen una superficie total de 2,179.39 m2, asimismo autoriza su reconocimiento como vialidad, su nomenclatura y la Licencia de Ejecución de Obras para su Urbanización.

Pág. 8332 PERIÓDICO OFICIAL 22 de mayo de 2015
GOBIERNO MUNICIPAL
El que suscribe, Ciudadano, Licenciado Miguel Angel Melgoza Montes, Secretario del Ayuntamiento de
Corregidora, Qro., de conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 fracción XII del Reglamento Interior del
Ayuntamiento de Corregidora, Qro., y en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 15 fracciones I,
IV y V del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Corregidora, Querétaro, hago
constar y
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 24 (Veinticuatro) de marzo de 2015 (dos mil quince), el H.
Ayuntamiento de Corregidora, Qro., aprobó el Acuerdo que autoriza recibir en Donación las Fracciones 1 y
3 del predio rústico ubicado en Los Olvera, Rancho Cimatario, Municipio de Corregidora, Qro., mismas
que hacen una superficie total de 2,179.39 m², asimismo autoriza su reconocimiento como vialidad, su
nomenclatura y la Licencia de Ejecución de Obras para su Urbanización, solicitado por “Valle Dorado
Deinpa” S.A.P.I. de C.V., mismo que se transcribe textualmente a continuación:
“Miembros Integrantes del H. Ayuntamiento:
Con fundamento legal en lo dispuesto por los artículos 115 fracción V, incisos a) y d) de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción VIII, 6 y 9 fracciones I, III y X de la Ley General de Asentamientos
Humanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 30 fracción II, inciso d), 121 y 122 de la Ley
Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; 1, 10, 11 fracción I, 13, 15 fracción I, 16, 18, 40, 41, 130 al 151,
156, 160 al 165, 178, 181, 184 al 194 y demás relativos y aplicables del Código Urbano del Estado de
Querétaro; 15 fracción XVII, 29, 34 y 47 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., 5, 15,
18 y 27 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Corregidora, Qro., corresponde,
a éste H. Ayuntamiento conocer y resolver el Acuerdo que autoriza recibir en Donación las Fracciones 1 y 3
del predio rústico ubicado en Los Olvera, Rancho Cimatario, Municipio de Corregidora, Qro., mismas
que hacen una superficie total de 2,179.39 m², asimismo autoriza su reconocimiento como vialidad, su
nomenclatura y la Licencia de Ejecución de Obras para su Urbanización, solicitado por “Valle Do rado
Deinpa” S.A.P.I. de C.V., cuyo expediente administrativo se encuentra radicado ante la Secretaría del
Ayuntamiento bajo el número DAC/CAI/156/2014 y
C O N S I D E R A N D O
1. Que el artículo 115 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que
los municipios son gobernados por un Ayuntamiento y la competencia que se otorga al gobierno
municipal se ejercerá de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno
del Estado.
2. Asimismo el artículo 115 fracción II párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos señala que los municipios se encuentran facultados para emitir y aprobar disposiciones que
organicen la administración pública municipal así como para regular las materias, procedimientos,
funciones y servicios públicos de su competencia como lo es lo relativo al Desarrollo Urbano.
3. En correlación a lo anterior y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 2 fracción VIII de la Ley
General de Asentamientos Humanos, se entiende por Desarrollo Urbano al proceso de planeación y
regulación de la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población.
4. Que la Ley General de Asentamientos Humanos establece en su artículo 6 que las atribuciones que en
materia de ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y de desarrollo urbano de los
centros de población tiene el Estado, serán ejercidas de manera concurrente por la Federación, las
entidades federativas y los municipios, en el ámbito de la competencia que les determina la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR