Acuerdo que autoriza el Programa de Obra Anual del Ejercicio 2015 respecto al Programa Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del DF (FORTAMUN - DF) del Ramo XXXIII; Programa Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM); Programa Aportaciones Federales para Entidades Federativas (AFEF); y del Ramo 23 los Programas de Infraestructura Deportiva, Cultura y FOPEDEP, Municipio de El Marqués, Qro.

17 de abril de 2015 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 5733
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA, SECRETARIO DEL
AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 47, FRACCION IV, DE LA LEY
ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERETARO.
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 01 de abril de 201 5 dos mil quince, el Ayuntamiento de El Marqués aprobó el
Acuerdo que autoriza el Programa de Obra Anual del Ejercicio 2015 respecto al Programa Fondo de Aportaciones para el
Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del DF (FORTAMUN DF) del Ramo XXXIII;
Programa Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM); Programa Aportaciones Federales para Entidades Federativas (AFEF); y
del Ramo 23 los Programas de Infraestructura Deportiva, Cultura y FOPEDEP, el cual señala:
“…CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS; 35 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 25, 37, 39, Y 41, DE LA LEY DE
COORDINACIÓN FISCAL; 30 FRACCIONES I Y VII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
QUERÉTARO; 28 Y 29 DE LA LEY DE PLANEACIÓN DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 15 DE LA LEY DE OBRA
PÚBLICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 30 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE EL
MARQUÉS; Y
C O N S I D E R A N D O
1. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
los Municipios están dotados de autonomía, poseen personalidad jurídica, patrimonio propio y los ayuntamientos se
encuentran facultados para aprobar las disposiciones administrativas de carácter general que regulen l as materias,
procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia.
2. Que el Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal (COPLADEM) del municipio de El Marqués es un órgano
de planeación con atribuciones y funciones bien delimitadas, encargado de conducir las estrategias de planeación y
consecución de los objetivos para el desarrollo integral del Municipio de El Marqués.
3. Que conforme a lo dispuesto por el artícul o 28 de la Ley de Planeación del Estado de Querétaro el COPLADEM es el
órgano rector del proceso de planeación en el Municipio, de acuerdo a los lineamientos estatales sobre la materia, en donde
el Presidente Municipal será el responsable de coordinar este proceso. Asimismo, el artículo 29 del mismo ordenamiento
legal señala que las funciones principales del COPLADEM son:
“I. Operar la acciones derivadas de la políticas y directrices de planeación en el municipio;
II. Coordinar las acciones de planeación del desarrollo a nivel municipal;
III. Promover la participación social en las tareas de planeación;
IV. Elaborar el Plan Municipal de Desarrollo y sus programas con la participación de los diversos sectores de la
sociedad y las dependencias gubernamentales;
V. Llevar a cabo la evaluación del Plan Municipal de Desarrollo;
VI. Fungir como órgano de coordinación con las dependencias de los gobiernos federal y estatal;
VII. Aprobar aquellos programas que impacten en la planeación municipal;

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