Acuerdo por el que se autoriza el Programa de apoyo vehicular '¡Bájate del Padrón Vehicular!'.

Fecha de disposición31 Octubre 2022
Fecha de publicación31 Octubre 2022
Número de Gaceta75
31 de octubre de 2022 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 25161
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE FINANZAS
L.A. Gustavo Arturo Leal Maya, Secretario de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, en
ejercicio de las facultades previstas por los artículos 1, 3, 19 fracción II, 22 primer párrafo, fracciones II,
III y XLI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro; 5 del Reglamento Interior de la
Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, y:
Considerandos
1. Que, de conformidad con lo dispuesto por el primer párrafo y sus fracciones II, III y LXI del artículo 22 de
la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, la Secretaría de Finanzas del Poder
Ejecutivo del Estado de Querétaro es la dependencia encargada de la administración financiera y tributaria
de la hacienda pública del Estado y le corresponde recaudar las contribuciones, productos y
aprovechamientos estatales; vigilar el cumplimiento de las leyes, reglamentos y demás disposiciones de
carácter fiscal aplicables en el Estado, así como ejercer y cumplir, en el ámbito de su competencia, con
las demás facultades y obligaciones que le señalen las leyes y los reglamentos aplicables en el Estado.
2. Que, en términos de lo consagrado en los párrafos primero y último del artículo 3 de la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de Querétaro, se desprende que las autoridades estatales promoverán, entre
otros aspectos, el desarrollo y el fortalecimiento de la familia, para lo cual resulta del todo trascendental
el aspecto económico, a cuyo efecto se establece que el Estado, como rector garante del desarrollo
integral y sustentable, es el encargado de generar las condiciones necesarias que fortalezcan e incentiven
el crecimiento económico de las familias queretanas.
3. Que, en ese mismo orden de ideas, el Poder Ejecutivo Estatal, como agente propiciador del ejercicio de
las libertades y de los derechos reconocidos en la citada Carta Magna, considera prioritario establecer
mecanismos que impulsen el desarrollo de la economía, a través de los instrumentos de los que dispone
conforme al orden jurídico vigente, determinados en función de las características particulares de los
sectores a los que se destinen, resultando razonable e idóneo priorizar desde el ámbito de competencia
de esta Secretaría de Finanzas, el establecimiento de medidas que coadyuven a mitigar la vulnerabilidad
económica en la que, las familias pudieran verse inmersas, por cuanto respecta a los integrantes
susceptibles de ser destinatarios de dichas medidas en función de su particular situación jurídica frente al
fisco estatal.
4. Que, la ejecución de las acciones del presente Programa, se llevará a cabo con la finalidad de apoyar a
las y los queretanos conforme a la prioridad que se determine en función de las consideraciones descritas
en líneas precedentes.
5. Que, la Ley de Coordinación Fiscal tiene por objeto coordinar el sistema fiscal de la Federación con las
entidades federativas, así como, con los municipios y demarcaciones territoriales, para establecer la
participación que corresponda a sus haciendas públicas en los ingresos federales; distribuir entre ellos
dichas participaciones; fijar reglas de colaboración administrativa entre las diversas autoridades fiscales;
entre otros. Para lo cual, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá celebrar convenio con las
entidades que soliciten adherirse al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal que establece dicha Ley.
Asimismo, en términos de lo dispuesto en el artículo 10-E de la Ley de Coordinación Fiscal, las entidades
que hubiesen suscrito el Convenio antes referido, y que estén adheridas al Sistema Nacional de
Coordinación Fiscal, deberán llevar un registro estatal vehicular, que se integrará con los datos de los
vehículos que los contribuyentes inscriban o registren en la circunscripción territorial de cada entidad.
6. Que, en fecha 29 de julio del 2015, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Convenio de
Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado entre el Gobierno Federal, por conducto
de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Estado de Querétaro, el cual, de igual forma, se publicó
en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Som bra de Arteaga”, en fecha 03 de
agosto de 2015.

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