Acuerdo por el que se autoriza el programa 'Adelante, Trabajemos por Regularizar tu Predio', así como sus lineamientos. Municipio de San Juan del Río, Qro.

30 de septiembre de 2022 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 23307
GOBIERNO MUNICIPAL
DEPENDENCIA:
SECRETARÍA DEL
H. AYUNTAMIENTO
SECCIÓN
CABILDO
RAMO:
CERTIFICACIONES
N° DE OFICIO:
SHA/0484/2022
El que suscribe Lic. Sergio Arturo Rojas Flores, Secretario del Ayuntamiento Constitucional de San Juan del Río,
Qro., con fundamento en las facultades que me confiere el artículo 47 de la Ley Orgánica Municipal del Estado
de Querétaro.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
--------------------------------------------------------------------Certifica:--------------------------------------------------------------------
Que mediante la Sesión Ordinaria de cabildo de fecha 08 de abril de 2022, en el tercer punto del orden del día,
se emitió el siguiente acuerdo: ------------------------------------------------------------------------------------------------------------
III. Propuesta y en su caso aprobación, que presenta el C. Presidente Municipal Constitucional, Lic.
Roberto Carlos Cabrera Valencia, a fin de que se autorice el Programa “Adelante, Trabajemos por
Regularizar tu Predio”, as como sus lineamientos, cuyo objetivo es la regularización de Asentamientos
Humanos Irregulares, del municipio de San Juan del Río, Querétaro.----------------------------------------------------
----------------------------------------------------------------------Acuerdo-------------------------------------------------------------------
Primero.- Por unanimidad, y con fundamento en lo establecido en los artículos 115 fracción II, de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Querétaro; 30 y 31, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; 8, 9, 103, 104 y 105, del Reglamento
Interior del Ayuntamiento del Municipio de San Juan del Río, Qro.; se aprueba la propuesta realizada por el C.
Presidente Municipal, Lic. Roberto Carlos Cabrera Valencia, por lo cual se autoriza el Programa “Adelante,
Trabajemos por Regularizar tu Predio”, as como sus lineamientos, cuyo objetivo es la regularización de
Asentamientos Humanos Irregulares, del municipio de San Juan del Río, Querétaro; Propuesta que se
inserta en este momento a partir de sus considerandos:---------------------------------------------------------------------------
“CONSIDERANDO--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
1.- La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los párrafos primero, segundo y tercero del Artículo 1
reconoce y determina que toda persona gozará de los derechos humanos reconocidos por la propia Constitución, los tratados
internacionales de los que forme parte el Estado Mexicano y la obligación ineludible de todas las autoridades de promover,
respetar, proteger y garantizar los derechos humanos conforme a los principios de universalidad, interdependencia
indivisibilidad y progresividad. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
2.- A su vez, el artículo 4 Constitucional, establece como parte de los derechos humanos que toda persona tiene derecho a
disfrutar de vivienda digna y decorosa; en base a ello, el artículo 27, refiere que el Estado tendrá en todo tiempo el derecho
de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, en este sentido, el de regular, en beneficio
social, el aprovechamiento de los elementos susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de
la riqueza pública, buscando y con el principal objetivo del mejoramiento de las condiciones de vida de la población. -----------
3.- Que el artículo 115 fracción II de la Carta Magna, establece que los Municipios están investidos de personalidad jurídica y
manejan su patrimonio; en esa misma disposición constitucional y en el artículo 30 fracción I de la Ley Orgánica Municipal del
Estado de Querétaro se contempla que, los Ayuntamientos, como órgano de gobierno de aquéllos, son competentes para
aprobar los bandos de policía y gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general
dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, que regulen las materias,
procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y que aseguren la participación ciudadana y vecinal. -------
4.- El artículo 1 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, ordena que las
normas básicas e instrumentos de gestión de observancia ge neral, para ordenar el uso del territorio y los asentamientos
humanos en el país, deben generarse con pleno respeto a los derechos humanos, así como el cumplimiento de las
obligaciones que tiene el Estado para promoverlos, respetarlos, protegerlos y garantizarlos plenamente. ---------------------------
5.- Asimismo, el artículo 5 de la Ley en cita, señala que toda política pública de ordenamiento territorial, desarrollo y planeación
urbana deberá observar los principios señalados en el artículo 4 del mi smo ordenamiento legal, sin importar el orden de
gobierno de donde emana. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
6.- En la “Ley para la Regularización de Asentamientos Humanos Irregulares, Predios Urbanos, Predios Rústicos, Predios
Familiares y Predios Sociales del Estado de Querétaro”, publicada en fecha 13 de enero de 2017, en el Periódico Oficial de

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