Acuerdo que autoriza la modificación del Programa Desarrollo Municipal, respecto al Programa de Obra Pública del Ejercicio 2015, y propuesta de Modificación al Presupuesto de Egresos 2015. Municipio de El Marqués, Qro.

8 de enero de 2016 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 319
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO
DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 47, FRACCION IV, DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
QUERETARO.
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 22 de julio de 2015 dos mil quince, el Ayuntamiento de El Marqués aprobó el Ac uerdo que
Autoriza la Modificación del Programa Desarrollo Municipal respecto al Programa Desarrollo Municipal respecto al Programa de Obra
Pública del Ejercicio 2015, y propuesta de Modificación al Presupuesto de Egresos 2015, el cual señala:
“…CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 22,
23, 33 Y 70 DE LA LEY PARA EL MANEJO DE LOS RECURSOS PÚBLICOS DEL ESTADO DE QUERÉTARO, 30, FRACCIÓN XI Y XII,
32, FRACCION II, 38, FRACCIONES II Y III, 40, FRACCIÓN I, DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 48,
53, 55, 56, Y DEMÁS RELATIVOS APLICABLES DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE EL MARQUÉS, Y EN BASE
A LOS SIGUIENTES:
C O N S I D E R A N D O
1. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos los Municipios
están dotados de autonomía, poseen personalidad jurídica, patrimonio propio y los ayuntamientos se encuentran facultados para aprobar
las disposiciones administrativas de carácter general que regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su
competencia.
2. Que el Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal (COPLADEM) del municipio de El Marqués es un órgano de planeación con
atribuciones y funciones bien delimitadas, encargado de conducir las estrategias de planeación y consecución de los objetivos para el
desarrollo integral del Municipio de El Marqués.
3. Que conforme a lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley de Planeación del Estado de Querétaro el COPLADEM es el órgano rector del
proceso de planeación en el Municipio, de acuerdo a los lineamientos estatales sobre la materia, en donde el Presidente Munic ipal será el
responsable de coordinar este proceso. Asimismo, el artículo 29 del mismo ordenamiento legal señala que las funciones principales del
COPLADEM son:
“I. Operar la acciones derivadas de la políticas y directrices de planeación en el municipio;
II. Coordinar las acciones de planeación del desarrollo a nivel municipal;
III. Promover la participación social en las tareas de planeación;
IV. Elaborar el Plan Municipal de Desarrollo y sus programas con la participación de los diversos sectores de la sociedad y las
dependencias gubernamentales;
V. Llevar a cabo la evaluación del Plan Municipal de Desarrollo;
VI. Fungir como órgano de coordinación con las dependencias de los gobiernos federal y estatal;
VII. Aprobar aquellos programas que impacten en la planeación municipal;
VIII. Elaborar y presentar la propuesta de obra municipal;
IX. Verificar que se realicen las acciones derivadas de los diversos convenios que suscriba el municipio en materia de
planeación, y
X. Promover programas y proyectos especiales en materia de planeación de acuerdo a directrices dictadas por el presidente
municipal.”.
4. Que para la participación del municipios en las recaudaciones federales, se establecen las aportaciones como recursos económicos
que la Federación transfiere a las haciendas públicas de los municipios, condicionando su gasto a la consecución y cumplimien to de los
objetivos que para cada tipo de aportación establece la Ley; tal es el caso de los Fondos de Aportaciones Federales del Ramo 33, que
tiene por objeto apoyar a los municipios en la operación de recursos destinados a la obra pública de infraestructura s ocial así como su
fortalecimiento.
5. Que el Programa de Obra Anual se constituye precisamente por las obras y acciones que se realizan con recursos del Ramo XXXIII,
del Ramo 23, y otros Programas Federales, que son asignados por la Federación al Municipio, así como con recursos propios municipales
establecidos dentro del Programa DESARROLLO MUNICIPAL, con la finalidad de beneficiar directamente a los diversos sectores de la
población, principalmente de aquellos que se encuentran en condiciones de rezago social.
6. Que el artículo 15 de la Ley de Obra Pública del Estado de Querétaro establece que es obligación de los municipios elaborar los
programas anuales de obra pública con base en las políticas, objetivos y prioridades de la planeación del desarrollo municipal.
7. Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 6 de mayo de 2015 dos mil quince, el Ayuntamiento de El Marqués aprobó el Acuerdo
que Autoriza el Programa de Obra Anual 2015 de Desarrollo Municipal, asentado en acta AC/019/2014-2015.
8. Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 03 de junio de 2015 dos mil quince, el Ayuntamiento de El Marqués aprobó el Acuerdo
que Autoriza que Autoriza la Modificación del Programa de Obra Anual 2015, respecto a los Programas Fondo de Aportaciones Federales
para Entidades Federativas (AFEF); Fondo de Aportaciones Múltiples; FOPEDEP y Desarrollo Municipal, asentado en acta AC/021/2014-
2015.
9. Que mediante oficio número DOPM-1306/2015, la Ing. Ma. Leonor Hernández Montes, Secretario Técnico del Comité de Planeación
para el Desarrollo Municipal (COPLADEM), remitió al Lic. Rafael Fernández de Cevallos y Castañeda, Secretario del Ayuntamiento, con el
objetivo de que sea sometido a consideración del pleno del Ayuntamiento de El Marqués, la propuesta de Modificación al Programa
Desarrollo Municipal respecto al Programa de Obra Pública del Ejercicio 2015, y propuesta de Modificación al Presupuesto de Egresos
2015, siendo la siguiente:

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