Acuerdo por el que se autoriza la modificación a la normatividad por zonificación, para el predio identificado con la clave catastral 14 01 001 17 944 053, delegación municipal Josefa Vergara y Hernández. Municipio de Querétaro, Qro.

20 de mayo de 2022 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 12403
GOBIERNO MUNICIPAL
M. EN D. JESÚS ROBERTO FRANCO GONZÁLEZ, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN EJERCICIO DE
LA FACULTAD QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47 FRACCIÓN IV, DE LA LEY ORGÁNICA
MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 20 FRACCIÓN IX, DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL
AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO;
C E R T I F I C O:
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 24 de agosto de 2021, el Honorable Ayuntamiento del Municipio
de Querétaro, aprobó el Acuerdo por el que se Autoriza la Modificación a la Normatividad por Zonificación, para
el predio identificado con la clave catastral 14 01 001 17 944 053, Delegación Municipal Josefa Vergara y
Hernández, el que textualmente señala:
“…CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIONES I PRIMER PÁRRAFO, II Y V INCISOS A Y
D, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 2, 30 FRACCIÓN II INCISO
A Y D, 38 FRACCIÓN VIII, DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 1 FRACCIÓN
II, 28 FRACCIÓN IV, 135, 324, 343 FRACCIÓN III, DEL CÓDIGO URBANO DEL ESTADO DE QUERÉTARO;
25, 28 FRACCIÓN II Y 34, DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO, Y:
C O N S I D E R A N D O:
1. El artículo 115 fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los
Municipios están investidos de personalidad jurídica y manejan su patrimonio; y en el artículo 30 fracción I, de la
Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, se contempla que, los Ayuntamientos, como órgano de gobierno
de aquéllos, son competentes para aprobar los bandos de policía y gobierno, reglamentos, circulares y
disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus jurisdicciones, que organicen la
administración pública, que regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su
competencia y que aseguren la participación ciudadana y vecinal.
2. En términos de lo que establece la fracción V incisos a y d, del precepto Constitucional citado, los Municipios,
están facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de Desarrollo Urbano, así como
autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones
territoriales.
3. Las modificaciones a la normatividad por zonificación, se refieren a la posibilidad de modificación de las
mismas, de acuerdo a lo que establecen los Planes Parciales Delegacionales correspondientes y a la
Normatividad por Zonificación que rige a los mismos y a cada uso de suelo.
4. Mediante escrito recibido en la Secretaría del Ayuntamiento con fecha 03 de diciembre del año 2020, signado
por el C. José Orozco Lima, Representante Legal de “Momentum Grupo Empresarial 30M” S.A. de C.V., solicita
respecto del inmueble propiedad de su representada identificado como Avenida Fray Luis de León número 7072,
Fraccionamiento Colinas del Cimatario, Delegación Municipal Josefa Vergara y Hernández, con clave catastral
14 01 001 17 944 053, la modificación a la norm atividad por zonificación, respecto del Coeficiente de Utilización
de Suelo (CUS) de 3.60 a 3.85; pretensión radicada en el expediente 188/DAI/2020.
5. Se acredita la personalidad del solicitante, así como la propiedad del inmueble en estudio a través de los
siguientes instrumentos públicos:
Mediante la escritura pública número 14,091, de fecha 10 de julio del año 2008, pasada ante la fe del
licenciado Oscar A. Caso Barrera V., notario público titular de la notaría pública número 17, del Estado
de México, se hizo constar la constitución de la Sociedad denominada “Momentum Grupo Empresarial
30M”, S.A de C.V., documento inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado
de México, bajo el folio mercantil electrónico 18211/9, de fecha 22 de octubre de 2009.

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