Acuerdo por el que autoriza la modificación de coeficiente de utilización de suelo (CUS), coeficiente de ocupación de suelo (COS), y de altura máxima permitida, para el predio ubicado en avenida Antea N° 1088, identificado con clave catastral 14 01 001 22 211 007, Delegación Municipal Félix Osores Sotomayor. Municipio de Querétaro, Qro.

26 de agosto de 2016 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 10759
GOBIERNO MUNICIPAL
LICENCIADO RAFAEL FERNÁNDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA, SECRETARIO DEL
AYUNTAMIENTO, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47
FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 20 FRACCIÓN IX
DEL REGLAMENTO INTERIOR DE AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 28 de junio de 2016 dos mil dieciséis, el Honorable
Ayuntamiento del Municipio Querétaro, aprobó el Acuerdo por el que autoriza la modificación de Coeficiente de
Utilización de Suelo (CUS), Coeficiente de Ocupación de Suelo (COS) y de altura máxima permitida, para el
predio ubicado en avenida Antea N° 1088, identificado con clave catastral 14 01 001 22 211 007, Delegación
Municipal Félix Osores Sotomayor, el que textualmente señala:
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 115 FRACCIONES I PRIMER PÁRRAFO, II Y V INCISOS A Y D
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 2, 30 FRACCIÓN II INCISO
A Y D, 38 FRACCIÓN VIII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 1
FRACCIÓN II, 28 FRACCIÓN IV, 135, 324, 343 FRACCIÓN III DEL CÓDIGO URBANO DEL ESTADO DE
QUERÉTARO; 25, 28 FRACCIÓN II Y 34 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE
QUERÉTARO, Y
C O N S I D E R A N D O
1. El artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los
Municipios están investidos de personalidad jurídica y manejan su patrimonio; en esa misma disposición
constitucional y en el artículo 30 fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro se contempla
que, los Ayuntamientos, como órgano de gobierno de aquéllos, son competentes para aprobar los bandos de
policía y gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus
respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, que regulen las materias,
procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y que aseguren la participación ciudadana y
vecinal.
2. En términos de lo que establece la fracción V, incisos a y d, del precepto Constitucional citado, los
Municipios, están facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de Desarrollo Urbano
Municipal, así como autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus
jurisdicciones territoriales.
3. Los cambios de utilización de suelo, coeficiente de ocupación de suelo y cambios de altura de construcción
se refieren a la posibilidad de modificación de estos, de acuerdo a los Planes Parciales Delegacionales,
atendiendo a la utilización del suelo de un predio y a la altura de la edificación del mismo.
4. Ahora bien, el artículo 326 del referido Código Urbano, contempla que la autoridad competente podrá
autorizar la modificación del uso de suelo de un predio o de una edificación, de conformidad con los programas
aprobados para la zona donde se ubique, previo dictamen técnico emitido por la autoridad municipal y, en su
caso, por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado, documentos que
deberán estar fundados y motivados en la factibilidad de servicios y los estudios inherentes y necesarios al
proyecto en particular.
5. En atención a la solicitud dirigida a la Secretaría del Ayuntamiento, de fecha 14 de abril 2016, el Arq.
Eduardo Casares Montero, Apoderado Legal del C. Víctor David Mena Aguilar, en su carácter de fiduciario, en
representación de la sociedad mercantil denominada “QUERÉTARO BUSINESS PARK”, SOCIEDAD
ANÓNIMA PROMOTORA DE INVERSIÓN DE CAPITAL VARIABLE, solicitando la modificación del Coeficiente
de Utilización de Suelo (CUS) A 6.7, así como del Coeficiente de Ocupación de suelo (COS) a 0.85 y la altura
de la construcción de 49.30 metros, para el predio ubicado en Avenida Antea N° 1088, identificado con clave
catastral 14 01 001 22 211 007, y superficie de 9,908.63 m2, Delegación Félix Osores Sotomayor, Municipio de
Querétaro, Qro.; radicándose tal solicitud en la Secretaría del Ayuntamiento bajo el expediente número
083/DAI/2016.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR