Acuerdo por el que se autoriza la modificación del Coeficiente de Ocupación del Suelo (COS) de 0.6 a 0.8 y del Coeficiente de Utilización del Suelo (CUS) de 1.8 a 6, Altura Máxima de 7.5 metros a 29 metros, y autorización para desarrollar una edificación de 8 niveles que considera la planta baja y el primer nivel para actividades comerciales y de servicios (oficinas), y seis niveles restantes para ubicar un total de 24 viviendas (4 viviendas por nivel), en el predio ubicado en Calle Roncopollo S/N, Fraccionamiento Las Brujas; Delegación Municipal Centro Histórico. Municipio de Querétaro, Qro.

10 de junio de 2016 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 7495
GOBIERNO MUNICIPAL
LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN
EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY
ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 20 FRACCIÓN IX DEL REGLAMENTO INTERIOR DE
AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 03 de mayo de 2016 dos mil dieciséis, el Honorable Ayuntamiento
del Municipio Querétaro, aprobó el Acuerdo por el que se Autoriza la modificación del Coeficiente de Ocupación del
Suelo (COS) de 0.6 a 0.8 y del Coeficiente de Utilización del Suelo (CUS) de 1.8 a 6, Altura Máxima de 7.5 metros a
29 metros, y autorización para desarrollar una edificación de 8 niveles que considera la planta baja y el primer nivel
para actividades comerciales y de servicios (oficinas), y seis niveles restantes para ubicar un total de 24 viviendas (4
viviendas por nivel), en el predio ubicado en Calle Roncopollo S/N, Fraccionamiento Las Brujas; Delegación Municipal
Centro Histórico, el que textualmente señala:
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 115 FRACCIONES I PRIMER PÁRRAFO, II Y V INCISOS A Y D DE
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 2, 30 FRACCIÓN II INCISO A Y D,
38 FRACCIÓN VIII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 1 FRACCIÓN II, 28
FRACCIÓN IV, 135, 324, 343 FRACCIÓN III DEL CÓDIGO URBANO DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 25, 28
FRACCIÓN II Y 34 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO, Y
C O N S I D E R A N D O
1. El artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los
Municipios están investidos de personalidad jurídica y manejan su patrimonio; en esa misma disposición
constitucional y en el artículo 30 fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro se contempla que,
los Ayuntamientos, como órgano de gobierno de aquéllos, son competentes para aprobar los bandos de policía y
gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas
jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, que regulen las materias, procedimientos, funciones
y servicios públicos de su competencia y que aseguren la participación ciudadana y vecinal.
2. En términos de lo que establece la fracción V, incisos a y d, del precepto Constitucional citado, los Municipios,
están facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de Desarrollo Urbano Municipal, así
como autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones
territoriales.
3. Los cambios de utilización de suelo y cambios de altura de construcción se refieren a la posibilidad de
modificación de estos, de acuerdo a los Planes Parciales Delegacionales, atendiendo a la utilización del suelo de un
predio y a la altura de la edificación del mismo.
4. Mediante escrito dirigido a la Secretaría del Ayuntamiento, la ciudadana Elva Angelina González Hernández,
solicita la modificación del Coeficiente de Ocupación del Suelo (COS) de 0.6 a 0.8 y del Coeficiente de Utilización del
Suelo (CUS) de 1.8 a 6, Altura Máxima de 7.5 metros a 29 metros, y autorización para desarrollar una edificación de
8 niveles que considera la planta baja y el primer nivel para actividades comerciales y de servicios (oficinas), y seis
niveles restantes para ubicar un total de 24 viviendas (4 viviendas por nivel), en el predio ubicado en Calle Roncopollo
S/N, Fraccionamiento Las Brujas; Delegación Municipal Centro Histórico; radicándose tal solicitud en la Secretaría del
Ayuntamiento bajo el expediente número 271/DAI/2015.
5. La solicitante acredita la propiedad del predio, mediante Escritura Pública número 17,467 de fecha 28 de diciembre
de 2009, pasada anta la fe de la Licenciada Virginia Ortiz Arana, Notaria Titular número 32, de la Demarcación
Notarial de Querétaro, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Querétaro, bajo el
Folio Real número 71440/3 de fecha 12 de enero de 2012.
6. Mediante oficio SAY/DAI/124/2016 de fecha 22 de enero de 2016, la Secretaría del Ayuntamiento, solicitó la
Opinión Técnica a la Secretaría de Desarrollo Económico, Planeación Urbana y Ecol ogía, derivado de la petición

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