Acuerdo que autoriza la modificación del avance de obra del fraccionamiento 'Estrella de Alondra', a favor de la empresa Huimilpan Inmobiliaria URSA, S.A. de C.V., respecto de los lotes y macrolotes de terreno que integran el fraccionamiento de tipo residencial, con una superficie total de 48,241.91 m2. Municipio de Huimilpan, Qro.

15 de abril de 2016 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 4677
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO ING. JAYME MARTÍNEZ SAAVEDRA, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE
LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL
DEL ESTADO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C A
Que en la Sesión Ordinaria de Cabildo No. 9 de fecha 3 tres de marzo del 2016, dentro del quinto punto
de la orden del día, el H. Ayuntamiento de Huimilpan aprobó la “AUTORIZACIÓN A LA SOLICITUD DE
CAMBIO DE AVANCE DE OBRA”, el cual señala textualmente:
…H. AYUNTAMIENTO DE HUIMILPAN:
CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 115 FRACCIÓN V INCISOS D) Y F) DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 35 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
DE QUERÉTARO; 1 Y 2; 30 FRACCIÓN II INCISO D) Y F) Y 38 FRACCIÓN VIII DE LA LEY ORGÁNICA
MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 1°, 13 FRACCIÓN I, II, III Y IV 16 FRACCIONES I, VI, VII, 143,
144, 145, Y 149, 150, 162, 163 DEL CÓDIGO URBANO PARA EL ESTADO DE QUERÉTARO; 73 DEL
CODIGO MUNICIPAL DE QUERÉTARO; 22, 23 PRIMER PÁRRAFO, Y
ANTECEDENTES
1. Que corresponde al H. Ayuntamiento del Municipio de Huimilpan, Estado de Querétaro de conformidad con
lo dispuesto por el Artículo 115 fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
Artículos 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 6, 9, fracción II, III, X, XV, y 15 de la Ley
General de Asentamientos Humanos; 1, 10, 11, 13, 15, 16, 18, 19, 25, 26,27, 29, 30, 31, 40, 41, 42, 48, 52,
61, 62, 63, 64, 65, 66, 68, 69, 70, 71, 72, 79, 80, 82, 87, 88, 90, 91, 100, 101, 103, 104, 105, 106, 107, 111,
114, 130, 131, 132, 138, 143, 144, 152, 154, 178, 318, 323, 324, 325, 326, 327, 328, 346, 347, 351, 360,
497, 514, y demás aplicables del Código Urbano del Estado de Querétaro; 27, 30, fracción II incisos d) y f),
31, 38, fracción VIII, 47, 121 y 122 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, determinar el uso
de suelo dentro de esta demarcación territorial.
2. Que corresponde al H. Ayuntamiento de Huimilpan, Estado de Querétaro, a través de la Dirección de Obras
Públicas, Desarrollo Urbano y Ecología, controlar y vigilar la utilización del suelo en sus jurisdicciones
territoriales de acuerdo a los Planes y Programas de Desarrollo Urbano Municipal, declaratorias de uso,
destino y reservas territoriales debidamente aprobados, publicados e Inscritos en el Registro Público de la
Propiedad que corresponda, así como otras Leyes o Reglamentos aplicables.
3. Mediante escritura pública número 15,818 de fecha 18 de marzo del 2008, pasada ante la fe del Notario
Titular de la Notaría Pública número 2 de la Ciudad de Amealco, Querétaro e inscrita en el Registro Público
de Comercio bajo el Folio Mercantil 390-4, se hace constar el contrato de sociedad por el cual se constituyó
la empresa HUIMILPAN INMOBILIARIA URSA, S.A. DE C.V.
4. La empresa HUIMILPAN INMOBILIARIA URSA, S.A. DE C.V. adquirió mediante escritura pública número
16,185 de fecha 3 de septiembre de 2008, otorgada ante la fe del Notario Titular de la Notaría Pública
número 2 de Amealco, Querétaro e inscrita en el Registro Público de la Propiedad de Amealco, Querétaro
bajo el Folio Real número 17382 operación 2 de fecha 16 de junio de 2010, la propiedad de un terreno
ubicado sobre la calle 5 de mayo de la Cabecera del Municipio de Huimilpan, Querétaro, el cual cuenta con
una superficie de 48,241.91m2 y que se identifica con la clave catastral 08 01 001 01 084 998.
5. La Dirección de Obras Públicas, Desarrollo Urbano y Ecología del Municipio de Huimilpan, emitió con fecha
21 de julio de 2008 mediante dictamen número DUS/028/2008 por el cual se consideró factible el uso de
suelo de tipo habitacional con una densidad poblacional de 100 habitantes por hectárea para el inmueble
referido en al punto inmediato anterior y sobre el cual se están desarrollando el Fraccionamiento “Estrella
de Alondra”.

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