Acuerdo por el que se autoriza llevar a cabo los trámites legales y administrativos para Concesionar el Servicio Público de recolección, traslado y valorización de residuos sólidos urbanos y de manejo especial de origen doméstico, comercial, industrial y de servicios.

16 de octubre de 2015 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 23055
GOBIERNO MUNICIPAL
El suscrito Ciudadano, Lic. Miguel Angel Melgoza Montes, Secretario del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., en
uso de las facultades que me confiere el artículo 15 fracciones I, IV y V del Reglamento Orgánico de la Administración
Pública del Municipio de Corregidora, Querétaro, hago constar y;
C E R T I F I C O
Que en Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha 15 (quince) de septiembre de 2015 (dos mil quince), el H.
Ayuntamiento de Corregidora, Qro., aprobó el Acuerdo por el que se autoriza llevar a cabo los trámites legales y
administrativos para Concesionar el Servicio Público de recolección, traslado y valorización de residuos
sólidos urbanos y de manejo especial de origen doméstico, comercial, industrial y de servicios, mismo que se
transcribe textualmente a continuación:
“Miembros Integrantes del H. Ayuntamiento:
Con fundamento legal en lo dispuesto por los artículos 115 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 30 fracciones I y XXXIII, 85 y 86 de la Ley
Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; 21 fracciones VI y XXIV del Reglamento Orgánico de la Administración
Pública del Municipio de Corregidora, Qro.,15 fracción VI y 29 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de
Corregidora., Qro., y 10 del Reglamento de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de
Servicios del Municipio de Corregidora. Qro., el H. Ayuntamiento de Corregidora, Qro., es competente para conocer y
resolver el Acuerdo por el que se autoriza llevar a cabo los trámites legales y administrativos para
Concesionar el Servicio Público de recolección, traslado y valorización de residuos sólidos urbanos y de
manejo especial de origen doméstico, comercial, industrial y de servicios, y:
C O N S I D E R A N D O
1. Que en términos de lo dispuesto por el artículo 115 fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos los municipios son gobernados por un Ayuntamiento y la competencia que se otorga al
gobierno municipal se ejercerá de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el
gobierno del Estado. De igual forma se señala que los municipios se encuentran facultados para emitir y aprobar
disposiciones que organicen la administración pública municipal así como para regular las materias,
procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia.
2. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos confiere a los Municipios las siguientes funciones y
servicios públicos:
a) Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales;
b) Alumbrado público.
c) Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos;
d) Mercados y centrales de abasto.
e) Panteones.
f) Rastro.
g) Calles, parques y jardines y su equipamiento;
h) Seguridad pública, en los términos del artículo 21 de esta Constitución, policía preventiva
municipal y tránsito; e
i) Los demás que las Legislaturas locales determinen según las condiciones territoriales y
socio-económicas de los Municipios, así como su capacidad administrativa y financiera.
3. Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 115 fracciones II y IV, párrafo primero de la Constitución
55 fracción XVI del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., es facultad de este Municipio
manejar, conforme a la ley, su patrimonio y administrar libremente su Hacienda, la cual se formará de los
rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las
legislaturas establezcan a su favor, correspondiendo así mismo vigilar, a través del Presidente Municipal y de los
órganos de control que se establezcan por parte del propio Ayuntamiento, la correcta aplicación del Presupuesto
de Egresos.

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