Acuerdo por el que se autoriza el Incremento de Densidad de Población, así como la Modificación a la Normatividad por Zonificación respecto del Coeficiente de Ocupación de Suelo (COS), Coeficiente de Utilización de Suelo (CUS), Coeficiente de Absorción de Suelo (CAS) y Altura Máxima Permitida, para el proyecto que se pretende desarrollar en el predio ubicado en Anillo Vial II Fray Junípero Serra, S/N, Fraccionamiento La Vista Residencial, identificado con clave catastral 14 01 084 01 163 003, Delegación Municipal Epigmenio González. Municipio de Querétaro, Qro.

Pág. 14318 PERIÓDICO OFICIAL 7 de junio de 2019
GOBIERNO MUNICIPAL
M. EN D. JESÚS ROBERTO FRANCO GONZÁLEZ, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN EJERCICIO DE
LA FACULTAD QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA
MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 20 FRACCIÓN IX DEL REGLAMENTO INTERIOR DE
AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 26 de marzo del 2019 dos mil diecinueve, el Honorable
Ayuntamiento del Municipio Querétaro, aprobó el Acuerdo por el que se Autoriza el Incremento de Densidad de
Población, así como la Modificación a la Normatividad por Zonificación respecto del Coeficiente de Ocupación de
Suelo (COS), Coeficiente de Utilización de Suelo (CUS), Coeficiente de Absorción de Suelo (CAS) y Altura
Máxima Permitida, para el proyecto que se pretende desarrollar en el predio ubicado en Anillo Vial II Fray Junípero
Serra, S/N, Fraccionamiento La Vista Residencial, identificado clave catastral 14 01 084 01 163 003, Delegación
Municipal Epigmenio González, el que textualmente señala:
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIONES I PRIMER PÁRRAFO, II Y V INCISOS A Y D
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 2, 30 FRACCIÓN II INCISO
A Y D, 38 FRACCIÓN VIII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 1 FRACCIÓN
II, 28 FRACCIÓN IV Y VI, 326 DEL CÓDIGO URBANO DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 25, 28 FRACCIÓN II
Y 34 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO, Y
C O N S I D E R A N D O
1. El artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los
Municipios están investidos de personalidad jurídica y manejan su patrimonio; en esa misma disposición
constitucional y en el artículo 30 fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro se contempla
que, los Ayuntamientos, como órgano de gobierno del aquéllos, son competentes para aprobar los bandos de
policía y gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus
respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, que regulen las materias,
procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y que aseguren la participación ciudadana y
vecinal.
2. En términos de lo que establece la fracción V, incisos a y d, del precepto Constitucional citado, los Municipios
están facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de Desarrollo Urbano Municipal, así
como autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones
territoriales. Por lo que en ejercicio de su autonomía, tiene la facultad de establecer el mecanismo para promover
el ordenamiento de su territorio, así como el uso equitativo y racional del suelo.
3. Los incrementos de densidad de población, así como la modificación a la normatividad por zonificación, se
refieren a la posibilidad de modificación de estos, de acuerdo a los Planes Parciales Delegacionales.
4. Mediante escrito ingresado en la Secretaría del Ayuntamiento, en fecha 13 de febrero de 2019, signado por el
licenciado Roberto Flores Fernández, en su carácter de representante legal de la persona moral denominada
“Inmuebles El Salvador”, S.A. de C.V., solicita: “INCREMENTO DE DENSIDAD DE POBLACIÓN para 170
Departamentos y MODIFICAR la Normatividad por Zonificación de los Coeficientes de Construcción de los
COEFICIENTES para poder desarrollar LOS 170 DEPARTAMENTOS, UNA PLAZA COMERCIAL Y DE
SERVICIOS CON OFICINAS Y UN HOTEL en el predio que tiene una superficie de 19,168.31 m2, con clave
catastral 140108401163003 y con dirección Anillo Vial II Fray Junípero Serra S/N en el Fraccionamiento la Vista
Residencial en la Delegación Epigmenio González, la MODIFICACIÓN consiste en el INCREMENTO del COS
de 0.80 máximo y del CUS de 3.00 como máximo, la disminución del CAS a 0.10 y una Altura Máxima de 20
niveles (75.60 ml) para lo cual solicito la Modificación de Coeficientes de Construcción para desarrollar el proyecto
y continuar con el uso de suelo actual de CORREDOR URBANO (COU).”; derivado de la solicitud la Secretaría
del Ayuntamiento radicó el expediente número 015/DAI/2019.

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