Acuerdo por el que se autoriza al H. Ayuntamiento de Chinampa de Gorostiza, Ver., a celebrar Convenio para Contratar un Financiamiento o Arrendamiento puro, para realizar diversos Proyectos de Alumbrado Público Municipal

Fecha de publicación31 Julio 2013
EstadoVeracruz
MunicipioChinampa de Gorostiza
Página 2 GACETA OFICIAL Miércoles 31 de julio de 2013
GOBIERNO DEL ESTADO
———
PODER LEGISLATIVO
Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.—
Poder Legislativo.—Estado Libre y Soberano de Veracruz de
Ignacio de la Llave.
La Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Con-
greso del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de
la Llave, en uso de la facultad que le confieren los artículos 33
fracción XVI inciso g) y 38 de la Constitución Política local;
103 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI
inciso g) y 47 segundo párrafo de la Ley Orgánica del Poder
Legislativo; 75 y 78 del Reglamento para el Gobierno Interior
del Poder Legislativo; y en nombre del pueblo, expide el
siguiente:
A C U E R D O
Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de
Chalma, Veracruz de Ignacio de la Llave, a celebrar convenio
para contratar un financiamiento o arrendamiento puro hasta
por la cantidad de $2’746,880.00 (dos millones setecientos
cuarenta y seis mil ochocientos ochenta pesos 00/100 M. N.),
más intereses y gastos financieros inherentes a este tipo de
financiamiento, con la empresa Financiera Local, S.A. de C.V.,
SOFOM, E. N. R., o cualquier institución bancaria que ofrezca
las mejores condiciones crediticias, para contratar los servi-
cios de la empresa ISA Corporacion de Construcciones, S. A.
de C. V., y realizar el proyecto de eficiencia energética en el
alumbrado público municipal, consistente en el suministro e
instalación de materiales y equipos destinados al ahorro ener-
gético en el sistema de alumbrado público municipal, de acuer-
do con el proyecto presentado a esta soberanía. Los montos
afectados de las participaciones federales para cubrir el pago
del financiamiento o arrendamiento puro, deberán ser cubier-
tos contable y financieramente por ese municipio, con el aho-
rro que se obtendrá del programa, a fin de no aumentar su gas-
to público.
Segundo. El plazo del contrato del financiamiento será
como máximo cuarenta y dos meses, incluyendo los periodos
de disposición y amortización del crédito, quedando en garan-
tía o fuente de pago las participaciones presentes y futuras,
que en ingresos federales le correspondan al municipio que
sean susceptibles de destinarse a dichos fines, en los térmi-
nos de la normatividad de la materia, garantía que deberá ins-
cribir en el Registro de Deuda Pública de este Honorable Con-
greso del Estado, así como en el Registro de Obligaciones y
Empréstitos de Entidades Federativas y Municipios de la Se-
cretaría de Hacienda y Crédito Público.
Tercero. Se autoriza a la Secretaría de Finanzas y
Planeación del Gobierno del Estado, a descontar mensualmen-
te de las participaciones federales a que tiene derecho ese mu-
nicipio, las amortizaciones de capital e intereses pactadas, con
el fin de dar cumplimiento al contrato del financiamiento.
Cuarto. Comuníquese esta determinación al titular de la
Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado
y al presidente municipal de Chalma, Veracruz de Ignacio de la
Llave, para su conocimiento y efectos procedentes.
Quinto. Publíquese en la Gaceta Oficial, órgano del
Gobierno del Estado.
Dado en el salón de sesiones de la LXII Legislatura del
Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa-
Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los cinco días del
mes de junio del año dos mil trece.
Eduardo Andrade Sánchez
Diputado presidente
Rúbrica.
Martha Lilia Chávez González
Diputada secretaria
Rúbrica.
folio 894
Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.—
Poder Legislativo.—Estado Libre y Soberano de Veracruz de
Ignacio de la Llave.
La Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Con-
greso del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de
la Llave, en uso de la facultad que le confieren los artículos 33
fracción XVI inciso g) y 38 de la Constitución Política local;
103 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI
inciso g) y 47 segundo párrafo de la Ley Orgánica del Poder
Legislativo; 75 y 78 del Reglamento para el Gobierno Interior
del Poder Legislativo; y en nombre del pueblo, expide el
siguiente:
A C U E R D O
Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de
Chinampa de Gorostiza, Veracruz de Ignacio de la Llave, a ce-
lebrar convenio para contratar un financiamiento o arrenda-
miento puro hasta por la cantidad de $2’751,520.00 (dos mi-
llones setecientos cincuenta y un mil quinientos veinte pesos
00/100 M. N.), más intereses y gastos financieros inherentes
a este tipo de financiamiento, con la empresa Financiera Lo-
cal, S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R., o cualquier institución ban-
caria que ofrezca las mejores condiciones crediticias, para con-
tratar los servicios de la empresa ISA Corporacion de Cons-
trucciones, S. A. de C. V., y realizar el proyecto de eficiencia

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