Acuerdo por el que se autoriza a la Empresa “MARHNOS VIVIENDA”, S.A.P.I DE C.V., la modificación parcial al diverso acuerdo de autorización por sustitución de equipamiento del conjunto urbano denominado “Vista Bosques”, ubicado en el municipio de Ocoyoacac, Estado de México

20 de noviembre de 2015
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Página 1 I
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y METROPOLITANO
INGENIERA
ANA XIMENA TORRES BETANCOURT
REPRESENTANTE LEGAL DE
"MARHNOS VIVIENDA", S.A.P.I. de C.V.
PRESENTE.
Me refiero al escrito recibido con el folio número
3243/15,
mediante el cual solicita a la Dirección General de
Operación Urbana, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano, la Modificación parcial
del diverso acuerdo por el que se autorizó el conjunto urbano denominado
"VISTA BOSQUES",
ubicado en el
Municipio de Ocoyoacac, Estado de México, por sustitución de Equipamiento Urbano, y
CONSIDERANDO
Que por Acuerdo de la titular de la Dirección General de Operación Urbana, publicado en el Periódico Oficial
"Gaceta del Gobierno"
del Estado de México, el cinco de septiembre de dos mil catorce, se autorizó a su
representada el conjunto urbano denominado
"VISTA BOSQUES",
sobre una superficie de 85,070.25 m2, para
el desarrollo de 277 viviendas, localizado en el Municipio de Ocoyoacac, Estado de México.
Que mediante Escritura Pública No. 9,218 el cinco de noviembre del dos mil catorce, tirada ante la fe del Notario
Público No. 150, del Estado de México, se llevó a cabo la protocolización del acuerdo de autorización del
conjunto urbano de referencia, quedando inscrita en el Instituto de la Fundación Registra! del Estado de México,
Oficina Registra! de Lerma con fecha veinticuatro de marzo del dos mil quince.
Que en el diverso acuerdo de autorización del Conjunto Urbano denominado
"VISTA BOSQUES",
ubicado en
el Municipio de Ocoyoacac, Estado de México, en el Acuerdo
SEGUNDO,
se establecieron las obras de
Equipamiento Urbano siguientes:
A).
UN
AULA
DE JARDÍN DE NIÑOS,
con sus respectivos anexos y servicios sanitarios, en ci
jardín de niños público más próximo al desarrollo o en el jardín de niños que determine !a
autoridad competente del Municipio de Ocoyoacac, previa aprobación de los programas
arquitectónicos por parte de la Dirección General de Operación Urbana.
B).
CINCO AULAS DE ESCUELA PRIMARIA O SECUNDARIA
con sus respectivos anexos, en la
escuela pública más próximo al desarrollo o en su caso en el que determine la autoridad
competente del Municipio de Ocoyoacac, con aprobación de la Dirección General de Operación
Urbana.
C).
OBRAS DE EQUIPAMIENTO URBANO BÁSICO
por 69.00 M2 (SESENTA Y NUEVE
METROS CUADRADOS) de construcción, que conforme lo establece el artículo 60 del
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, se determi,I.ar
por la Secretaría de Desarrollo Urbano por conducto de la Dirección General de Operación
Urbana, quien definirá asimismo los programas arquitectónicos correspondientes, y que podrán
consistir en las siguientes: unidad médica, biblioteca pública, casa de la cultura, escuela de
artes, auditorio, casa hogar para menores, casa hogar para ancianos, centro de integración
juvenil, centro integral de servicios de comunicaciones, plaza cívica, gimnasio deportivo,
lechería, caseta o comandancia de policía, guardería infantil, escuela especial para atípicos u
otros que al efecto se determinen. La Secretaría podrá autorizar que la obligación de ejecutar
obras de equipamiento urbano básico, sea canalizada la construcción del equipamiento urbano
regional que se tenga previsto en el municipio o, en su caso, en la zona o región donde se
localice este desarrollo, en la proporción que resulte.
D).
JARDÍN VECINAL, ZONA DEPORTIVA Y JUEGOS INFANTILES.
Jardín Vecinal
de 1,108.00 M2 (UN MIL CIENTO OCHO METROS CUADRADOS) de
superficie.
Zona Deportiva
de 1,330.00 M2 (UN MIL TRESCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS)
de superficie.

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