Acuerdo por el que se autoriza a la empresa “Homex Atizapán”, S.A. de C.V., la modificación parcial al diverso acuerdo por el que se autorizó el conjunto urbano denominado “Rincón de la Montaña”, ubicado en el municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México

Página 2 31 de marzo de 2016
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y METROPOLITANO
LPU. JUAN LUIS PINAL MEDRANO
REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA
“HOMEX ATIZAPÁN”, S.A. DE C.V.
P R E S E N T E:
Me refiero al escrito recibido con el folio número 3670/15, mediante la cual solicita a la Dirección
General de Operación Urbana, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano, la
Modificación parcial del diverso acuerdo por el que se autorizó el conjunto urbano denominado
“RINCÓN DE LA MONTAÑA”, ubicado en el Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México,
por sustitución de Equipamiento Urbano, y
C O N S I D E R A N D O
Que por Acuerdo de la entonces Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, publicado en el
periódico oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México, el once de marzo del dos mil cinco, se
autorizó a su representada el conjunto urbano denominado “RINCÓN DE LA MONTAÑA”, localizado
en el Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.
Que mediante Escritura Pública No. 35,005 de fecha veintinueve de marzo del dos mil cinco, tirada
ante la fe del Notario Público No. 24 del Estado de México, se protocolizó la autorización del conjunto
urbano de referencia, quedando inscrita en el registro Público de la Propiedad, bajo las partidas No.
771 a 809, del volumen 1760, libro primero, sección primera de fecha dieciocho de mayo del dos mil
seis.
Que en el diverso acuerdo de autorización del conjunto urbano denominado “RINCÓN DE LA
MONTAÑA”, ubicado en el Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, en el Punto
SEGUNDO, se establecieron entre otras obligaciones, la realización de las siguientes obras de
Equipamiento Urbano, con su respectivo programa arquitectónico:
A). JARDÍN DE NIÑOS de 9 aulas, en una superficie de terreno de 2,988.00 M2 (DOS MIL
NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS), con una superficie de
construcción de 1,188.00 M2 (UN MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO METROS
CUADRADOS).
. . .
B). ESCUELA PRIMARIA de 22 aulas, en una superficie de terreno de 6,380.00 M2 (SEIS
MIL TRESCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS), con una superficie de
construcción de 2,376.00 M2 (DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS METROS
CUADRADOS)
. . .
C). JARDÍN VECINAL de 6,784.00 m2 (SEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO
METROS CUADRADOS).

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