Acuerdo por el que se autoriza a la empresa “Consorcio de Ingeniería Integral”, S.A. de C.V., el conjunto urbano de tipo habitacional medio denominado “Toscana III”, ubicado en el municipio de Toluca, Estado de México

Página 2 12 de mayo de 2016
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y METROPOLITANO
CIUDADANO
CARLOS ANTONIO ÁVILA VIVEROS
REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA
“CONSORCIO DE INGENIERÍA INTEGRAL”, S.A. DE C.V.
P R E S E N T E
Me refiero al formato y escrito recibidos con números de folios ACU-004/2016 y 1769, respectivamente, mediante los
cuales solicitó a esta Dirección General de Operación Urbana dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano y
Metropolitano, autorización para llevar a cabo el conjunto urbano de tipo habitacional medio denominado “TOSCANA
III”, para desarrollar 308 viviendas, en terrenos con superficie de 66,567.84 M² (SESENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS
SESENTA Y SIETE PUNTO OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS), ubicado en Carretera Federal Toluca-
Naucalpan número 214, Lote 3, San Pedro Totoltepec, Toluca, Estado de México, y
C O N S I D E R A N D O
Que el Código Administrativo del Estado de México, en su artículo 5.3 fracción XVII, define al conjunto urbano como
“la modalidad que se adopta en la ejecución del desarrollo urbano que tiene por objeto estructurar o reordenar, como
una unidad espacial integral, el trazo de la infraestructura vial, la división del suelo, las normas de usos,
aprovechamientos y destinos del suelo, las obras de infraestructura, urbanización y equipamiento urbano, la ubicación
de edificios y la imagen urbana de un predio ubicado en áreas urbanas o urbanizables”.
Que el mismo ordenamiento legal, en su artículo 5.38 fracción VIII, establece que la autorización del conjunto urbano
comprenderá según el caso, las autorizaciones relativas a los condominios, subdivisiones, fusiones y apertura,
ampliación o modificación de vías públicas, usos específicos del suelo y sus normas de aprovechamiento, cambios de
uso del suelo, de densidad de vivienda, coeficiente de ocupación del suelo, coeficiente de utilización del suelo y altura
de edificaciones.
Que se encuentra acreditada la constitución de su representada, según consta en la Escritura Pública No. 26,894 de
fecha veintisiete de enero de mil novecientos setenta y siete, otorgada ante la fe del Notario Público No. 32 del Distrito
Federal, México, la cual se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad Sección Comercio, del Distrito
Federal, México, bajo el No. 49, Volumen 1021, Libro 3° de fecha veintidós de abril de mil novecientos setenta y siete.
Que mediante la Escritura Pública No. 11,914 de fecha veintinueve de noviembre de mil novecientos noventa y tres,
otorgada ante la fe del Notario Público No. 1 de El Oro, Estado de México, la cual se encuentra inscrita en el Registro
Público de la Propiedad Sección Comercio, del Distrito Federal, México, bajo el Folio Mercantil No. 18852 de fecha
veinticinco de enero de mil novecientos noventa y cuatro, se hizo constar la protocolización del Acta de Asamblea
General Extraordinaria de la Sociedad, en la cual se determinó entre otros puntos, ampliar los objetos sociales, por lo
que la empresa puede llevar a cabo entre otros actos, construir, edificar, ejecutar, instalar, reparar y adaptar toda
clase de obras y construcciones, como casas, edificios, viviendas populares, condominios, escuelas, comercios, así
como, fraccionar toda clase de terrenos urbanos y sub-urbanos y ejecutar toda clase de obras de urbanización.
Que se encuentra acreditada su personalidad jurídica, según Escritura Pública No. 4,417 de fecha catorce de
noviembre de dos mil catorce, otorgada ante la fe del Notario Público No. 154 del Estado de México.
Que se acreditó la propiedad del terreno objeto de desarrollo mediante la Escritura Pública No. 97,480 de fecha
veintinueve de julio de dos mil catorce, otorgada ante la fe del Notario Público No. 7 del Estado de México, inscrita en
la Oficina Registral de Toluca, Estado de México, con el folio real electrónico número 00161289 de fecha seis de
octubre de dos mil catorce.
Que se acreditó la posesión del terreno objeto de desarrollo mediante Instrumento No. 22,319 de fecha once de
febrero de dos mil dieciséis, otorgada ante la fe del Notario Público No. 71 del Estado de México, inscrita en la Oficina
Registral de Toluca, Estado de México, con el folio real electrónico número 00161289 de fecha siete de marzo de dos
mil dieciséis.
Que la Comisión Estatal de Desarrollo Urbano y Vivienda, a través de la Dirección General de Operación Urbana,
expidió la Constancia de Viabilidad del proyecto que nos ocupa, mediante oficio No. 224020000/0221/2016 de fecha
dos de febrero del dos mil dieciséis.

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