Acuerdo por el cual se autoriza el Cambio de Uso de Suelo a Comercial y de Servicios (CS) con la Densidad de Población que requiera el Proyecto, así como la Modificación a la Normatividad por zonificación, respecto de la altura máxima permitida, para la fracción 1, resultante de la fracción 2, del predio rústico ubicado en 'El Refugio' Delegación Municipal Epigmenio González, Municipio de Querétaro.

Pág. 27960 PERIÓDICO OFICIAL 27 de julio de 2018
GOBIERNO MUNICIPAL
LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN
EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA
MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉT ARO Y 20 FRACCIÓN IX DEL REGLAMENTO INTERIOR DE AYUNTAMIENTO
DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo c elebrada el 15 de mayo de 2018, el Honorable Ayuntamiento del Municipio Querétaro,
aprobó el Acuerdo por el que se Autoriza el Cambio de Uso de Suelo a Comercial y de Servicios (CS), con la Densidad de
Población que requiera el Proyecto, así como la Modificación a la Normatividad por Zonificación, respecto de la Altura
Máxima Permitida, para la fracción 1 resultante de la fracción 2 del Predio Rústico ubicado en “El Refugio” Delegación
Municipal Epigmenio González, el que textualmente señala:
HONORABLE AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO:
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIONES I PRIMER PÁRRAFO, II Y V INCISO A Y D DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 2, 30 FRACCION II INCISOS A Y D, 38
FRACCIÓN VIII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 1 FRACCION II, 28 FRACCIONES
IV Y 326 DEL CÓDIGO URBANO DEL ESTADO DE QUERÉTARO, 1, 25, 28 FRACCION II Y 34 DEL REGLAMENTO
INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO, Y
C O N S I D E R A N D O
1. El artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los Municipios
están investidos de personalidad jurídica y manejan su patrimonio; en el artículo 30 fracción I de la Ley Orgánica Municipal
del Estado de Querétaro se contempla que, los Ayuntamientos, como órgano de gobierno de aquéllos, son competentes
para aprobar los bandos de policía y gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia
general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, q ue regulen las
materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia.
2. En términos de lo que establece la fracción V, incisos a y d, del precepto Constitucional citado, los Municipios están
facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de Desarrollo Urbano Municipal, así como autorizar,
controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales. Por lo que en
ejercicio de su autonomía, tiene la facultad de establecer el mecanismo para promover el ordenamiento de su territorio, así
como el uso equitativo y racional del suelo.
3. El Plan de Desarrollo Municipal y los Planes de Desarrollo Urbano Delegacional expedidos por el H. Ayuntamiento
están conformados por el conjunto de estudios, políticas, normas técnicas, líneas de acción y disposiciones jurídicas
relativas a la ordenación y regulación de los asentamientos huma nos, así como la fundación, conservación, mejoramiento,
consolidación y crecimiento de los centros de población en el territorio del Municipio, los cuales son susceptibles de
modificación cuando existen variaciones sustanciales que les dieron origen, surjan técnicas diferentes que permitan una
realización más satisfactoria o sobrevengan causas de interés social que les afecte, entre otras.
4. La Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, establece en sus artículos 121 al 128, los alcances de los Planes
de Desarrollo Urbano Municipal y su posibilidad de modificación.
5. Las modificaciones a los Planes Parciales de Desarrollo Urbano Delegacionales, pueden ser solicitados por todo aquel
particular que acredite su legítimo interés jurídico, basados en las disposiciones de la Ley General de Asentamientos
de Querétaro.

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