Acuerdo por el que se autoriza el Cambio de Uso de Suelo a Comercial y de Servicios, así como la Densidad de población necesaria que requiera el proyecto, para una fracción del predio identificado con Clave Catastral 140100141181012, ubicado en la Ex Hacienda de la Solana, Fracción II, en la Delegación Municipal Santa Rosa Jáuregui. Municipio de Querétaro, Qro.

27 de abril de 2018 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 12559
GOBIERNO MUNICIPAL
LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA, SECRETARIO DEL
AYUNTAMIENTO, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47
FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 20 FRACCIÓN IX
DEL REGLAMENTO INTERIOR DE AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 16 de enero de 2018 dos mil dieciocho, el Honorable
Ayuntamiento del Municipio Querétaro, aprobó el Acuerdo por el que Se Autoriza el Cambio de Uso de Suelo a
Comercial y de Servicios, así como la Densidad de población necesaria que requiera el proyecto, para una
fracción del predio identificado con Clave Catastral 140100141181012, ubicado en la Ex Hacienda de la
Solana, Fracción II, en la Delegación Municipal Santa Rosa Jáuregui, el que textualmente señala:
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 115 FRACCIONES I PRIMER PÁRRAFO, II Y V INCISOS A Y D
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 2, 30 FRACCIÓN II INCISO
A Y D, 38 FRACCIÓN VIII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 1
FRACCIÓN II, 28 FRACCIÓN IV, 135, 324, 343 FRACCIÓN III DEL CÓDIGO URBANO DEL ESTADO DE
QUERÉTARO; 25, 28 FRACCIÓN II Y 34 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE
QUERÉTARO, Y
C O N S I D E R A N D O
1. El artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los
Municipios están investidos de personalidad jurídica y manejan su patrimonio; en esa misma disposición
constitucional y en el artículo 30 fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro se contempla
que, los Ayuntamientos, como órgano de gobierno de aquéllos, son competentes para aprobar los bandos de
policía y gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de
sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, que regulen las materias,
procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y que aseguren la participación ciudadana y
vecinal.
2. En términos de lo que establece la fracción V, incisos a y d, del precepto Constitucional citado, los
Municipios, están facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de Desarrollo Urbano
Municipal, así como autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus
jurisdicciones territoriales.
3. Los cambios de uso de suelo y cambios de altura de construcción se refieren a la posibilidad de modificación
de estos, de acuerdo a los Planes Parciales Delegacionales, atendiendo a la utilización del suelo de un predio y
a la altura de la edificación del mismo.
4. Mediante escrito de fecha 08 de diciembre de 2017, dirigido a la Secretaría del Ayuntamiento, el Ing. Enrique
de Anda Cortés, Representante Legal de la C. Margarita de Anda Cortés, solicita el Cambio de Uso de Suelo,
para una superficie de 2,375.30 m2 del predio identificado con Clave Catastral 140100141181012, ubicado en
la Delegación Municipal Santa Rosa Jáuregui, con la finalidad de llevar a cabo un proyecto Habitacional,
Comercial y Servicios, radicándose dicha solicitud bajo el expediente número 354/DAI/2017.

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