Acuerdo que autoriza el cambio de uso de suelo de las parcelas 7, 8, 76, 77, 78, 89, 90, 93, 94, 95 y 103, ubicadas en los Ejidos de La Loma y El Colorado; las Parcelas 1690, 1692, 1693, 1694, 1695, 1696, 1697 y 1698, del Ejido La Cañada, Hoy Villa del Marqués del Águila; y las parcelas 70 y 72 del Ejido El Paraíso, pertenecientes al Municipio de El Marqués, Qro.

17 de febre ro de 2017 LA SOMBRA D E ARTEAGA Pág. 4081
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO GASPAR ARANA ANDRADE, SECRETARIO DEL
AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 47,
FRACCION IV, DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERETARO.
C E R T I F I C A
Que en Acta de Cabildo numero AC/020/2011-2012 de fecha 16 de mayo de 2012, como
tercer asunto general, se aprobó por parte del H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., el
dictamen emitido por la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, relativo a la solicitud de
los CC. Lic. Gastón Jury Arce y el Arq. Jorge Antonio Benítez Alonso, Apoderados de
“Fraccionadora La Romita, S. A. de C. V.”, “Multi Inmuebles, S.A. de C.V.” y “Promociones
Habitacionales del Centro de México, S. A. de C.V.”, relativa al Cambio de Uso de Suelo de
las Parcelas 7, 8, 76, 77, 78, 89, 90, 93, 94, 95 y 103, ubicadas en los Ejidos de La Loma y El
Colorado; las Parcelas 1690, 1692, 1693, 1694, 1695, 1696, 1697 y 1698, del Ejido La
Cañada, Hoy Villa del Marqués del Águila; y las parcelas 70 y 72 del Ejido El Paraíso,
pertenecientes a éste Municipio de El Marqués, Qro.; la cual en su parte conducente señala:
“…TERCER ASUNTO GENERAL.
OFERENTE: Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología.
ASUNTO: solicitud de los CC. Lic. Gastón Jury Arce y el Arq. Jorge Antonio Benítez Alonso,
Apoderados de “Fraccionadora La Romita, S. A. de C. V.”, “Multi Inmuebles, S.A. de C.V.” y
“Promociones Habitacionales del Centro de México, S. A. de C.V.”, relativa al Cambio de Uso de
Suelo de las Parcelas 7, 8, 76, 77, 78, 89, 90, 93, 94, 95 y 103, ubicadas en los Ejidos de La Loma y
El Colorado; las Parcelas 1690, 1692, 1693, 1694, 1695, 1696, 1697 y 1698, del Ejido La Cañada,
Hoy Villa del Marqués del Águila; y las parcelas 70 y 72 del Ejido El Paraíso, pertenecientes a éste
Municipio de El Marqués, Qro.
El Secretario del Ayuntamiento manifiesta: “…Hago del conocimiento del Pleno que se recibió en la
secretaría del ayuntamiento el dictamen emitido por la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología,
relativo a la solicitud de los CC. Lic. Gastón Jury Arce y el Arq. Jorge Antonio Benítez Alonso,
Apoderados de “Fraccionadora La Romita, S. A. de C. V.”, “Multi Inmuebles, S.A. de C.V.” y
“Promociones Habitacionales del Centro de México, S. A. de C.V.”, relativa al Cambio de Uso de
Suelo de las Parcelas 7, 8, 76, 77, 78, 89, 90, 93, 94, 95 y 103, ubicadas en los Ejidos de La Loma y
El Colorado; las Parcelas 1690, 1692, 1693, 1694, 1695, 1696, 1697 y 1698, del Ejido La Cañada,
Hoy Villa del Marqués del Águila; y las parcelas 70 y 72 del Ejido El Paraíso, pertenecientes a éste
Municipio de El Marqués, Qro., en relación a lo anterior, y en razón de que se ha hecho entrega de la
referida iniciativa a cada uno de los integrantes de este Ayuntamiento, respetuosamente se s olicita,
en caso de existir alguna moción para su lectura y discusión, se informe a esta Secretaría…”
Al no haber intervenciones, y una vez que se conoce el contenido de dicho Dictamen, el Secretario
del Ayuntamiento la somete a votación del Pleno resultando APROBADO POR UNANIMIDAD.
El Secretario del Ayuntamiento da por agotado este punto.
Se transcribe a continuación dicho Dictamen:

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